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o al A A A 3 AA $56 Seccion 4. al Articulo 42 lo un precepto de Santa Obediencia , obtenido a inflancias del Reverendiísimo Padre Fray Francif- co de Zamora. Aqui en elta fu Refpuefta Apolo- gelita ,camtd la Palinodia,en la Pagín. 38. mu- mero 81. pintandonos la dicha Bula muy de di- verío modo, que nosla havia pintado en dicho £u Tratado Moral, en el lugar citado , reconve= nido, y convencido de lo que yo le dixe Lobre ello, en nucliro Apologetico, a pag. 366. á BUM. 146» ad 153. donde le puede ver. Ejto aduervertido affemosá la refpuefa. . ñ 1 e a fégundo , que la tal Bula de Pio 1V. como coníta de tu narrativa , le pidió por parte de dicho Reverendiísimo Padre Fray Fran- cilco de Zamora , porque algunos Religiotos , y Religiofas de los fujetos a dicho Reverendifsimo Gencral » folian elegir orros Confcílores , fuera de los deputados por los Provinciales , in ¿llorum - forsan contemptum (como alli fe dice) por lo qual lu Santidad : Nefub pratextu faculsatis eligendi Confefforem bujufmodi , ad illicita prolabantur, O Regularis difcipline inde fequatur diffolaurio, dice quiere poner remedio, ibi: Providere vo- lentes , Dc. 952 Con que todas las lobredichas claufulas eltan antes dela difpoliriva , que ella comien- za delde las palabras figuientes: Huja/modi fup- plicationibus , autboritase Apoftolica ,tenare pra- Jfentium , fatuimus , O ordinamus ¿quod de ca- tero nullus , Oc. Y manda con precepto de Santa Obediencia: Ne per Cruciatam , aut per: alia confeffonalia pofstns Fratres, aut Monsales aliis confiteri., nifé de Generalis , five Provincia- lis Mimiftri licensia petita , O obtenta. Con que todo lo que dexamos dicho arriba , 4numer. 941. ad 948. inclu/iwe y es aplicable aqui (y lo mil- olo que diremos en la tercera relpuefa )con que de dicha Bula de Pio 1V. nada puede inferir el Padre Olmo y ¿favor delo que aqui pretende, ubiex diétis pateb. 953 Yademás de lo dicho ,lo pruebo aísi, Porquefi el wmilmo Pio 1V.un año defpues de el fobredicho Breve , concedió uva Bula (la qual queda cranferipea arriba , num. 863. )en que dio facultad ¿todos los Religiofos , y Recligiolas que la tomaíleo , para que finlicencia de [os Superio- res pudieflen elegir el Confeflor que ¡quilieílen , y que elte les pudielle abíolver de tudos fus peca- dos , por mas graves , y enormes que fueflen, pues el tal Breve fue obtenido por el Reverendiísimo Padre Zamora ,en diez dias del mes de Julio del año de mil quinientos y fefenta , que fue el prime- ro de (u Pontificado: y la tal Bala la concedio di- cho Pio 1V. en el año de mil quinientos y fetenta y uno ,como arriba fe dixo. Cómo cabe , ni es verifimil., que dicho Pontifice. juzgue , que la tal conceísion ceda en derrimento grave de los Reli- giolos , que eslo que prerende probar aqui el Pas dre Olmo, y para lo que nos alego en el num. 97. pag. 116.lasciautulas tan ponduradas del Padre Miranda. 954 Mas, delpues de la dicha Bula de Pio Quarro , expedida un año deípues de el fobre.. dicho precepto impuelto por el miímo : pregan. to al Padre Olmo ,queé fuerza tendrá, 0 puede rener el dicho precepto impuelto por el miímo un año antes ? Ningana y ninguna ,ut ex fe pa. bet ¡ergo y SiC» RESPUESTA TERCERA, 955 A Ntes de relponder 4 lo que el Reverendo Padre Oi¡mo nos di. ceaquí , ácerca de la Bula de Gregorio Decimo Quinto, es de advertir : Que lo miímo nos dixo fu Paternidad Reverenda ¿en fu Tratado Moral, pagina 125. numero 6. in princip. por las palabras figuientes, Pruebo lo quarto el affumpro. Por- que el Pontifice Gregorio Decimo Quinto, dice eo fu Bula: Cum ratio dobtat, O experimento coma pertum J5t , Religionibus valde pernttiofum exifa sere ,ut corum Religiofís licitum /5e confefarium fbi eligere. Y el Papa Inocencio Oétavo ,que d eltár franca efta puerta : Daretur Fratribus ,0cca. Jo peccandi , O non modicum periculum anima. rum fuarum. 956 Y en el miímo namero 6. pagina 127. en la prueba de la menor de la confir= macion de dicha dodtrina : explicando las di. chas palabras de la Bula de Gregorio Decimo Quinto: Religionibus valde pernictofum exiflere, us corum Religiofís licitum /5e confe/ffarium Jibi eligere , dice ¿conviene a faber , que dicha opi. nion es cauía de relaxacion en los fubditos, con daño , y conocido rieígo de lus concien= cias. Y añade , que es propolicion definida de muchos Pontifices ( Mirenfi es barro ejfa aña. didura ) elpecialmente de Inocencio Oétavo, en las dichas palabras de fu Coníftitucion , que las buelve 4 repetir : y de ai infiere la confe. quencia figuiente : luego , O los Pontifices mintieron ( que no dirán ) O es (in duda, que dicha opinion /e opone inmediatamente a la perfeccion , y obfervancia de el efhado Rega. lar, y es contraria a las buenas cofumbres , faz na doctrina de los Concilios , y Conffituciones Pon- tificias» 957 Afsidicho Reverendo Padre Olmo.en dí-. cho numero Íexto : elto advertido ( y dexando las re(pucltas, que yo le diá cerca del ler Difinicio. nestas dichas, las quales le pueden vér en nueí- tro Apolegetico, a pag. poo ad 130.) lo que yo le refpondi a las dichas Bulas , 2 pagim. 211. 4n4m.13 24d 437.( y lo miímo le repito aora) es lo liguiente. : 958 Relpondo ., que en dichos De- cretos Pontificios fe: deben diltinguir elias dos colas ; Nempé , la concluñion, y fo prin- cipal ; y la razon, y fundamento, por que [e movieron 4 expedir los tales Decreros : la con- clafioa , y fin principal fue el. prohibir 4 los .
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