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Numero 108. de cóncederíe, Mi decirfe ,fean indecorofos ¿como puede cl Reverendo Padre Olmo , preguntarlo 4 los muchos , y graviísimos Theologos de fu Sagrada Familia de la Oblervancia : eri g)> UC.” 930 Mas, pregunto al Reverendo Padre Ol: mo, Gel Sumo Pontifice expidielle una concefsion; ó una Bula ,en que concedicile libertad de pe- car , y que fut Je un incendio de muchos pecados, (que eslo que el Padre Miranda dice , le fegui- tia , fi por la Bula de la Crozada los Regulares pu- diellen fer ablucltos de qualeflquiera pecados te- fervados, lin licencia de Lus Prelados. ) Pregunto, digo , la tal concefsion feria equidad, O iniquidad? Pecaríiz el Pontifice que expidiefñie la tal Bula , en gue concedie/Je libertad de pecar ,y que fuefJe un incendio grave de muchos pecados ¿O no pecaria en eo > Havria con que cohonellar , el dar libera tad de pecar , Oc? Padre mio , del dicho reparo, que Vucíla Parernidad Reverenda hace , me pa- rece le reirán quantos lo entiendan , viendo to- do lo que yo dixe , y el modo con que lo dixe : er= go , ác: 931 Confirmafe lo dicho , porque aunque es de Fe , que la Divina voluntad es formal- mente la miíma reétitud, y que no puede que: rer cola ,que no fea reótifsima , fantifsima , y conforme a razon ;de aqui empero, no fe (1 gue, que no pecaria fi hicielle alguna cola con» tra la reóta razon , fino folo fe figue, que no pueda querer, ni producir femejante ado. Por lo qual los Santos Padres , y Theologos, quan= do enfeñan , que Dios no puede mentir ; Nec per fe mec per alium , feu cum alio ymunca dixeron; que (i miatiellen no pecaria, O que la mentira en orden á Dios no fea ilicica. AÍsi, pues, aunque no lc puede decir,quelos Samos Pontifices que hicie- ron las concefsiones, que yo refiero , obraron ini. quamente; pero fi dichos Pontifices hicieflen ala guna conceísion ,enlas quales concedie/fJen liber. 33d de pecar , y que fuefJen incendio de muchos pe- cados , no le podria decir , que las tales conceÍsiow nes fucflenjuttas, fino potis iuiquas: Y afsi folo fe (gue de ai, que las tales concefsiones Pontifi- cias que yo reficro, no contienen , ni conceden lá bertad de pecar, ni que Ícan incendio de muchos pecados, ni en detrimento grave de las Religio= nes y 0 Religiofos , ú de la difciplina Religiofa, y Obfervancia Regular, que era el afíerto que yo pretendia probar , y probaba con las tales concel. liones ; ergo , ácc. Y para que el Reverendo Padre Olmo fe delengañe , de que las tales voces no fon indecó- rolas , hallará las mifmas en el Religiofiísimo, y doctifsimo Padre Caftro Palao, tom. 4. trad?, 25. de Bulla Cruciate ,difput. unica, punt? 3. $. 2. mamero 5. pagina mibi 234. donde relpon- diendo 4 los argumentos de el doétiísimo Padre Suarez , dice lo mifmo (y con las mifinas vo- ces que yo ) cuyas palabras fon á la letra como fe iguen. Pur. VÍ, YA 553 ad e »»1 Ad rationem nego, Pontificem nov os » rein fpecie concelfurum hanc facultatem Re- » ligiofis. Concefsit utique , ut lic Reéligioñ excl » tarentar ad [ublidium ferendam beilo contra »»Eccleñz inímicos, Ec fides dilataretur: neque »» illa concelsio , que in vi privilegii revocabi- s»lis fic, cedere poreft in grave Religiouis de- »»trimentum ( Note bien el Padre Ulmo lo que 1/6 figue.) alias imigué proceísilec Pivs IV. ans »» no 1561. qui Bullam hoc: tenore conceísic, »» Prout Joann. de Salas, quefi. ultim. im expli. ,€4b. Bulle y reflatur fe vidifte (pone las pala» »bras dedicha Bulla , que quedan tranferiptas aria »» iba, num. 863.y defpues profigue como Je fa 131€. ) Ar non elt afirmandum , Poncificem ja 3» hac concelsione peccaville , Sc.) Repare, die g0 , el Padre Olmo, en aquella clavíula: 4/ids ináo que procefsiffes Pims IV. Y en elta ultima: Armor eh affirmandum Pontificem in bac tobcefsiome pec cavi/fe. Que fon de las que yo ulo ca dicho argue MEnto , y verá ño fer san lindecorofas cómo lu Paz ternidad nos las pinta eu fu parentelis + Y fi todas vía perúiftiere en tenerlas por tales; dará motivo de rifa á los inceligences, ) 932 Mi Reverendo Padre Olmo, mejor fuera; que Vuella Paternidad Reverenda refpoidicii ál fobredicho mi argumento”, 4 que no ha refpondi? do , pues la refpuelta de Vucila Paternidad antes le confirma , que enerva sy fe dexaflc de femejarn: tes reparos y que parecen 'indignos de un tán gratiz de Macltro , y Lector General. Ycon ejlo pa/femos 4low numeros 109. 110. Y 111. ) Numcró 109. 110. y 111. $ 933 Profiguiendo el Reverendo Padre Olmo, en el mamero 109. pagina 113. dice á la lecra lo que fe figoe: Alo que díce, que la tal con? celsion no cede en detrimento grave de Reli. giolos, Sic. Refpondo, que es contra lo deter minado (y muy expreflo) por los Sumos Pon- tifices , como vimos de Inocencio Olavo, paz gina 37. numero 75. que hablando de la concel= lion, dice: Quía mon modicum periculumo im minet añimarum. Fratrum , (Oc. Y Pio 1V. dá por razon, del por que les prohibe el flo de la Cruzada : Quia fub pratexta eligendi Confefforem. bujufmodi , ad illicisa prolabantur, O'c. ( Vide ibi,, mum. S1.) Y no lolo cíto , fino que todos los Pon= tifices , ponderan el gran menofcabo de la Regu- lar diíciplina , cofa (dice Gregorio Decimo Quinto ) que ha manifeltado la razon , y la cxpe- riencia: Cam ratio doceat; O experimento coma pertum /5s , Religionibms valde pernitiofum exifie- re, ut earum Religiofís licitum fí5 Confeffarinm fi» bi eligere. Luego es falíiísimo , y contra lo de- terminado por tantos SumosPontifices , lo que dice el Reverendo Padre Torrecilla , gue la tal concefsion no cede en detrimento de los Religion Jos. Muy buena doáriva por cierto, iitevtar ina Aaa t110= 14 ES 1 i - E A AS A

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