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Numero 3 4. y Se. daen ufo, pues aun no eftaba formada , fino que comenzaba a formarfe con'dichas palabras ; elias empero no apelaban fobre si miíma , ni el fenti- miento eta de si proprias ¿ideft, de no eltár recibi- daen ufo, ut ex fe patet , fino de los crimines que alli le exprellan,y á cuya puvicion fe ordenaba. 814 Lo miímo digo, y por las miímas razo: pes de la Bula de Paulo V. pues cfta era la primera que huvo ¿cercade dicho punto para los Reynos de Portugal , y de los Algarves ( como aquella lo havia ido para los Reynos de Efpaña:ni efta men- cionaba a aquella , ni aqueila a elta;5 porque eran jodependentes la una de la otra,y cada una de ellas fe ordenaba a diverfos Reynos, que la otra 54 cer- ca delo qual le vea lo dicho arriba , mum. 312. y 314+ y en ellas mifmas , á donde alli me remito, 815 Pero al contrario paíía en las Bulas de Clemente VIIL Paulo Y. y Urbano VIIL de que hablael muy doéto Juan Martinez de Prado; pues eran gencrales para todos los Religiofos , y Reli- giofas (y cada una) excluyen a todos los Regulares de una miíma cofa, mempd , delindulco de la Cru. zada, en quanto al articulo de elegir Confellor pa ralos refervados. Mas Urbano VIII en el primer $. de lu Bula refiere la dicha exclufion de Clemen- te VlIL. y luego inmediatamente enel $. 2. pone las dichas palabras de fentimiento por ver que aquello , no obltante , fe praéticaba lo contrario. Neate arriba la refpueña 2. 4 num. 329. por toda ella. Quien, pues, havrá, por principiante que fea en los rudimentos Logicos,que diga puede ha- ver ilacion de aquello a eíto , y de las palabras de Pio 1V. y Paulo V. en fus Bulas ,¿ las de Urbano ¡Vill. en la foya , aunque materialinente lean unas miímas? Confiderelo qualquiera, que yo'por mi parte a qu. Iquiera elijo por Juez arbicro de la ral ilacion: luego aunque aquellas palabras de Pio IV, y de Paulo V. quandó dicen, cada uno'en lu Bula: Se non fine animi moleffia accepif/e, no infinúen no ellár las dichas Bulas en Efpaña- recibidas en ufo: infinúalo empero Urbano VIII en la fuya, quando dice: Se non fine animi moleffia id audivi//e, como bien dicho Macítro Prado. 816 Lo fobredicho es a la letra lo que yo le relpondiá los exemplares que nos alega el Padre Macítro Olmo en fu Tratado Moral, 4 pag. 100. num.z1.tranícripto á la letra arriba ¿ mum. 806, Véa , pues , aora qualquiera que medianamente lo entienda , (li mi refpuelta es adequada, ono alo que dicho Padre Olmo nos alego en dicho »am, 31. y fi penetre bien , O no el fia de fu argumento? Y fi mirefpuelta a dicha lu inftancia , es formal= mente la mifma , fín variar aun las vocés ” con que fu Paternidad la pufo? * 2% E MAD kk At A At * Pe Er Ak x * AX * kk x Ak Pa + $39 RESPUESTA SEGUNDA 817 Efpondo lo fegundo : Que el R. Pi q Olaro , hallandofe convencido de mi re(puefta , Y no teniendo que inflar contra ella. Im0; pareciendole era ridiculo querer inferir dé lós exemplares de Dio 1V. y Paulo V.que allí ale gaba, conlequencia que evacualle el indicio del Macftro Prado ,tomado de la Bula Urbana : Aqui en efta fu Refpueíta Apologerica la alteró en los nám. 76, Y 77-pag. 112. (como lo note arriba en el numer, 715-) y la pulo muy conforme 4 mi refpucfta, (Ga Vatiar aun las voces, dandola otro colorido, para dára entender á los que nohoviellen vilo dichimi refpuelta, y lobre lo que apelaba, que yo vo havia penetrado bien el fin de fu argumento , cómo le dice aquien dicho mum, 85. y para poder decir lo que nos dixo en el principio del nam.83. que toda ello es famofa habilidad de manos (que no le em bidio) y argumento claro de la gran finccridad ton que dicho Padre procede en eta lu Refpuctta Apo- logetica. 818 Mi carifsimo P.M.Olmo, por qué quiere V.P.R. que yole permita aquello que nos dice en el principio de elle mam. 85. en queellámos : Que mo be penetrado bien fu argumento y y que la tel. puelta que yo'di a tuinftancia , es formalmente la mifma , fin variar aun las voces con que V.P. lá pufo? 819 SiV .P.la altera, y la pone aquien ña lu Reípuelta Apologetica; ton otra diver/2 forma: lidad, y con otras voces diverfasde como la púlo en fo Tratado Moral: cómo havia de relponder yo á eila, (í aun no la havia puefto V;P. de efe módo, quando yo la di ? Pues yo di ladicha refpuelta el año de 1699.y V.P. nos pone aqui dicha inflancia (de qua poftea) el año de 1702.como podia yo adi- vinarla,oi refponder 4 ellarNo Té ve eto claro? 820 Y fifonlas mifmas las voces conque yo refpondo alli al 2492;3 1. de lu Tratado Moral, //n variarlas y que las que V.P. nos pone aquien lós numer.76.y77.pag. 112. Preganto , quien las ulurparia de quien? Si aquellas voces las pule yo muchos años antesque V. P. R. nos pulicly ella infancia aquí con las tales voces, feria yo quien las comalle de V.P. O'V. P. quien las tomalle de mi?” Ello de fuyo parece que fe eftá claro? ; «881 Padre mio rmruy amado”, aqui si que fe lé podía aplicar a V.P.R. y le vendria apropriadifsi- mo aquello queV.P.dice contra mi en el principio del ».83.conviene a laber:To iento mutho efe bar. loventear del R. P. Olmo, buyendo el norte de la di. ficultad, pues V.P.R.no teniendo que inflar contra mi refpuelta , antes bien teniendo por ridículo lo que nos havia dicho en el num. 31. de fo Trarado Moral , nos lo altera,y lo vifte aqui de Otros diver- os colores. 822. Y no'vendría mal aquí aqutllo que V. P. dice contra mien el mum.7 3. Pag. 111. por las li. guientes palabras: En fin , queres retcacr al P.Lor- rc- 7
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