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Numero 82.783. A, mifmopunto:lo qual no pala afsi en las Bulas ex- pedidas tunbra folicitamtes , como de ellas mifmas coblta ¿y alsi la tal liquidacion no es titil , (ino muy conducente para lo dicho : y por tilo le duele tanto al P.Macltro Olmo la dicha liquidacion, 793. Dice el Padre Olmo: Que ficite mucho elle barloventear (termino muy familiar: d' dicho Padre, del qual ufa en el mum. 73» y en btéos mu- chos) huyendo el norte dela dinicúitad; porque el- to y y lo: demás , que acamula , de que la Bila de Pio LV. fe diferencia dela de Pauló V, y deiá de Gregorio XV. en efio, aquello, y- lo otro , (fiendo el motivo,y fin de lu Loítitucion el milino en fubf- rancia , en tas unas y que en la otra ) que'hace en contra de mi argumento? 794 Cierto , que la talioftancia es admirable, y muy parecida a ocrasimachas de dicho Padre: Padre wio , fi el argumento de Jaan Martinez de Prado era , que la milma reiteracion de Conftitu- ciones a cerca del induleo de la Cruzada:, eltárma- nifieltamente ¡olfionando;:que las pritneras no fue- ron recibidas en ulo3 alas fucra-ociófo' nultipli- car tancas Conftituciones 4 cerca de un mílmo punto; luego el liquidar ¿que dichas Bulás de Pio IV. Paulo V. y Gregorio XV. no lon circa idem, fino quelas unas le eltienden a diverlos Reynos , á que no le eltendian las otras, y que las tales difie- ren entre si en muchas colas , que le anotan en di- cho Apologetico , 41m. 317.44 322,cowlos Doc- tores que allirefiero : lozgo ellas diferencias con- ducen para que las tales Bulas no (can ociofas,pues cada una de ellas le ordsna á lo quela primera no fe ordenabazpero en lasBulasClementina, Paúlina, y Urbana, á cerca del indalto de la Cruzada ; rel- peéto de los Regulares para los relervados, pala muy al contrario , como queda dicho en los núm, 791.) 792. ergo, 3c, 795 Que importa, pues, que el morivo , y fin de la inftitucion fea el milo en fabitancia en la de Paulo Y. y Gregorio XV. queen la de Pio 1V, fi aquellas fe eftienden a diverlos Reynos,á que no Íe eltcudia ela, la qual eltenfion hace y que ninguna de ellas lea fuperflua,lo contrario de lo qual palfa- ria en la reiteración de Conftituciónés al éerca de la Cruzada, Sic. li eltuvieran recibidas, como bien dicho Prado: porque ninguna de ellas le eltiende ámas lugetos , niá diverías cuías , figo que todas lon generales, y ¿cerca de un mifino puuto, que es la excluíion de los Regulares ,á cerca del tal in- dulto: ergo,3c. SEGUNDA. RESPUESTA 796 L grave reparo, y afeétada ponde- A racion del Reverendo Pádre'Ol- mo,refpondo:Que en el num. 316.(tranícripro ála letra arriba ,num. 619.) hablando de la Bula de Gregorio XV. dixe yo, que dicho Pontífice en di: cha Bula, defpues de haver infertado alli las letras de Pio 1V. dirigidas al Arzobifpo de Sevilla, In: quiádor- General de Efpaña , en el $. 3. dice de ellas lo que fe figue: Prainfertas litteras O di, ac omnia O fingula in cis Mus... ¿llas non folum in prediétis Hi/paniarmn Regnis ,/td in quibufois Chriffiani Orbi partibus Jfrmitér,O' inviolabilitér obfervari precipimus, (> mandamos, Vesle ; pues , con que verdad puedé* decir el Padre Olmo aquello que me dice: Padpen mio, leala ( pues dá dtntender, que ho la ba viflo?) Mi Padre Olmo,fi yotranícribo ala letra las pala= bras de dicha Bula, todas las que hacen al preleir- te Cato, cómo doy á entender, que 20 la bi vi/I0+CO- mo ?'Como otras inuthas lemejañtes colas , Que lucle decir dicho Padre Olmo; +" 1202 152 797 Mas: En elnam.3 20. (trantefiptó á la les” tra arriba, num. 623 :) dixe, qué'en la Búla de Pio 1V. y Decreto de Clemieñte VILLE Lolo fe comete él. conacimiento de dicho delito al liquifidoí Genes ral delas Elpañas, y 2 los que ete duputare ; pero en la Bula de Gregorio XV. le dometé elfo á los Inquilidores de todoel Orbe Cbriftiano,y'á los Or- dinarios de los Lugares, irmal, vel fepuratim , ca» nro confia de la mitmá Bula,8c. ' 7983 De lo qual fe conoce tambien la cautela fraudulenta con que el Padre Olmo €n el principio del 1.82.dice : Toma entre mavos nueítro P. Fray Martin, pag. 155. 4m.321.0*. porquelos que no huvieren vito mi refpueñta , uo conozcsñ lo que dexo dicho en el numero ¡nmediatanjente antece:? dente, nilo quequeda tranfcripto arriba; 1.619; Que todo ello arguye habilidad de manos; O áfeco tada cautela, cono todos conocerán. 799 Aora,pues ,al grave repáro, y afeétada ponderacion de nttfiro Padre Frayí Juan del Ol- mo , digo: Si yo dexaba dicho en el numero inme» diaro antecedente , que la Bula de Gregorio XV, comctia ello a los Inquiiidores de todo el Urbe Cbriffiano, como conltaba de la mifma'Bola; y G dexaba tranferiptas antes las palabras de dicha ' Bala ,/ed in quibufwis CHRISTIANI Orbi parti» bus 5 que necelsidad havia de bolver a repetir en el numero 321. inmediatamente guiente el nom- bre Chriftiano , para que qualquieta que no afec» te , no quererlo entender , entienda por aquel to» do el Orbe de la Tierra , Todo el Orbe Chrifiia= no de la Tierra? 800 Mas: Queen el mum. 322. (que es el que inmediatamente fe figue al que reficre oueliro Pp. Fr. Juan del Olno)digo yo,que todas las lobredi= chas Bulas , y Decreto las refiere Leandro del Sa- cramento, tom.1. tradi.5. difp.13:q-14y que en la 9.2. con Caftro Palao,y Trullench anotatodas las tales diferencias,que yo dexo anotadas, y lo dese do el Orbe de la Tierra , lo pone de la atMá ma: contenta , Apoftolica* autboritate prefentivm approbamus » O confirma * - nera, que yo le trafcribi á lalerra, como soilla de fos palabras, que lon del renor Gguientts Sor », E Quinto dénique. Queá Bullz Pi 1V. 3, Clementis VIIL e Pauli V. gójez fuerunt lolura ,, pro Hifpaniz, Portugalis;8 Algarbiorum Reg. 3, Dis, At vero Bulla Gregoril XV. Pro toso Orbe y Serrarum.Sié porint Joan. Egid,Trullench lib, 1. Ls in 3 py A a AO ¡ganio Teriii A io TT + MO e os SS a E o EA 0 men e rm A E pe

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