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¿Numero 74.769 77: 529 generales de la Bula de laCruzada , hechas por los Sumos Pontifices pofteriores 4 dicho Clemente Vil. adbuc la del miímo Urbano VII. hecha en lu primer quinquenio , que concedian dicha facul- tad , € indulto a los Religiolos , y Religiofas, co- mo el que fe praéticalle lo dicho defpués de la con= cefsion de dicho Urbano , hecha en fu fegundo quinquenio, 723 Puedeinferirfe efto de la mifma claufola Urbana, en las palabras que owitió dicho Padre Maeltro Olmo , y folo las indico con puntilios ,la gual es ala letra como fe ligue. 724 Nibilominus , ficus nobis:Non fine ani- mi noftri molcítia, innotuit, non nulli Ordinis Fra= trumPredicatoram profe/ffores pratextu Bulla ejuf- dem Sanéie Cruciate , de diélorum indultorum Confo/arium bujafmodi , qui eos ut prefersur aba Jolvar , cligere pojJe pratendant ( noteíe lo que le ligue) O for/anseligant ¿etiam ad prefens, poft- quam listera 2ofira fub die 14. Funil 1624. Ponti- ficatus noftri anno primo ,fuper faculrase cifdem Regularibus Confeffarinm ad efeótam bujufmodi eligendi ad quinquenium ,tunc proximum conce//a, emañata ,prideno abanno , O ultra expiraverant (todo celta omitio el Padre Olmo ) ¿n maximum Jfatus , O Obfervantiz Regularis prejudicium, En que (e indica baltantemente lo dicho , ut ex /8 palet. RESPUESTA TERCERA. 735 Cerca de aquello que dice «el Padre ES Oimo en el fin del mum. 30. De moffrembimas el puuto ¿y la no buena inteligencia de la Bulas, y mente Pontificia. 326 Keípondo lo fercero , queme admira mu. cho , que un Leétor General traiga os exema plos que alega en el mumero 31.. para demol. trar contra la prueba del Macitro ¡Prado , la que pretende, pues loo de ral calidad , que qual. quiera Sumulifta te corriera de. pretender inferir contequencia de ¿llos contra la dicha prueba , y ll no vamoslo viendo. 727 Padre mio, la Bula de Pio1V. no fupone “Otra contra Solicitantes , pues Vuelía Paternidad dice que fue la primera que dio la Santa Sede fobre el punto : luego, aquellas palabras. con que comienza la dicha ; Non /ine animi nofri mos leffia , no pueden apelar fobre otra Bula á cerca del punto de Solicitantes ( que eltavicfle , O no elx tuviele recibida en nlo:) pues no havia Otra ante» cedentemente. 728 Y menos puede la dicha infinuar ello de si miíma,en dichas palabras, porque aunque es in- dubitable, que entonces no podia eftár la tal recibi da en ulo,pues aun no eltaba formada, fino que CO menzaba á formaríe con dichas palabrasseltas,em- pero,no apelaban fobre si miíma,ni el fentimieñto era de si propria; id ef ¿de no eltar recibida en uo; at ex fe patet, fino de los crimenes que alli £6 exprellan , y á cuya punicion íe ordenaba, Part. VI, ; 729 Lo mifmo digo ,y por las mifmas razos nes ,de la Bula de Paulo V. pues efa era la pri mera que huvoá cerca de dicho punto , para los Reynos de Portugal ,y de los Algarves ( como aquella lo haviafido para los Reynosde Efpaña ) ni ella mencionaba a aquella , ni aquella a ella, porque eran indeperdentes la una de lá orra, y cada una de ellas fe ordenaba á diveríos Reynós, Que la ótrá , á cerca de lo qual fé vea lo dicho ar- riba num, 312. y 314. (cranícriptos aqui ¿Supra »um.615.y 617.) y cu ellas miímas, a donde alii Me remito, , . 730 Pero al contrario pala en lasBulas de Clemente VUL. Paulo V. y Urbano VIIL We ¡gue hablael muy dodo Padre Macliro Juan Met tán vez de Prado, pues rodas ellas eran generaleas paratodos los Religiofos ,y Religiofas, y todas ellas ( y cadauna ) excluyen á todos los RKegulas res de una miíma. cola ,nenghé , del indulto de la Cruzada , en quanto al articulo de elegir Coufefa for para los relervados. Mas , Urbano VIIL em el primer $. de lu Bula, refiere la dicha excluñon de Clemente VI. y luego inmediatamente , en el $. 3. pone las dichas palabras de fentimiciro, por ver , que aquello no obílante ¿fe practica lo contrario, Veafe arriba la reípuelta fegunda , n4= mer.329.( tranícripta aqui 4 numer. 719. )por toda celia, Quien, pues, havrá, por principiante que [ca en los rudimentos Logicos, que diga pue- de haver ilacion:de aquello d clio, y de las palax bras de Pio 1V. y Paulo V.. en £us Bulas á las de Urbano VIIL. enla fuya , aunque materialmente Ícan. unas miímas? Confidetelo qualquicra , que yo por mi. parte dá quálquiera le elijo por Juez ar- bitro dela tal ilacion :luegó aunque aquellas pas labras de Pio Quarto , y Paulo Quinto ¿quando dicen , cada uno £n fu Bula; Se non fine aními molefiia accepiffe ¿m0 infinuñen no eltar las dichas Bulas en Elpañarecibidas en: ufo 5inlinvajo , em pero , Urbano VÍ. en la (uya , quando dice : Se non fine animi moleffia ¿d audivi/f/e,como bien dis £ho Macítro Prado. | 731 Immo,dicho Macltro Prado ,no inficw relo dicho de dichas palabras [olas , ¡1o de ellasy y delas antecedentes, y fublequentes , en la mis ma Conflitucion Urbana. Mucítrenos, pues,el Pas dre Olmo , otras lemejantes , O equivalentes , que antecedan , y le fubíigan en las Bulas de Pio 1V. y Paulo V. en que infinuen dichos Sumos Pontifices no eltar recibidas en ufo en Efpaña ? Y fi no las mucítra ,como no las puede mofirar + lucgo de aquellas Bulas , ni de aquellas palabras pueltas en ellas , no puede hacer ilacion racional á la Bula de Urbano Odavo, y á las tales palabras pucltas en ella, ¡ 732 Nitampoco el muy dodo Juan Marti- nez de Prado, dice ,que Urbano Oéátavo en las fobredichas palabraas ininde manificligmente no eliar recibidacn ufo lu propria Copíiitucion , en que pone las rales palabras , que eLo fuera ridicus lo ¿d indigno de ua ran grande Varon, y que fax " De E > E YA y PA mara e e Aaron en mo mer a o pm e 5 ida E e A EI > gt ve + a

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