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Numero 61.63.64; dente ( y lo miímo a cérga de los fignientes ) le fu- plico haga memoria de aquella autoridad de Plan- to , que V.D.R. pag. 57. num. 36. nos adminiltro con tanto Magilterio:Quí quod vault dicit,quod non wult audit. Si V.P. impuguára con cortelania,co- mo le debe , le le refpondiera con ella , como le acoltumbro á quien efcribe con ella. Vea, pues, V, P.R. la grau cortefania con que elcribe el dodtiísi- mo P.Noboa,de fu Sagrada Familia,que harto hay que aprender en dicho dodtiísimo Efcritor : Y con elto, palemos ¿los numeros 63. y 64. Numero 63.) 64. 649 Profiguiendo el R. P. Olmo, en el a. 63. pag. 109. dice ala letra lo que fe ligue: Dice( fe- gunda vez ) el R. P. Torrecilla, mam. 274. que íi la Bula Clementina cltuviera recibida en Efpaña, fuera foperfiua la de Urbano (y dá la razon) porque efa fo efiiende á mas, ni probibe cofa » Que no ejftu- vie/ffe prohibida por la de Clemente Oc. Efto es lo que prucba Torrecilla, para apoyar el difcurto de el P. Prado. Pues oyga 20ra el diícreto lo contra- dicion. En la pag. 45. num. 138. intenta reforzar aquel didtamen referido del Padre Remigio,de que el Papa Urbano hablo como Doétor en aquellas dos claufulas de fu Bula: Locum mínime habuife, Ce, (queriendo el mantener lo que Remigio retra- tÓ ) y para ello dice alsi: Aunque la Bula de Urba- no conviene con la de Clemente VIII. en las claufu- las ,en que da , 0 quita jurifdiccion 5 pero fe dife- rencia de ella en que Clemente VIII. no da fenten- cia de nulidad, á cerca de cojas paffadss, como la de Urbano VIII. en orden a todas las confe/siones ,: be» chas defde el tiempo de Clemente VIII. diciendo,qué Fueron invalidas,y nulas. Itaille, Luego es fallo lo que acaba de decir , que las Bulas de Clemente , y Urbano , no contienen mas la una que laotra; y en el numero figuiente , dice : Que fe balla mas en la Bula de Urbano , que en la de Clemente VIIL: Pues en aquella bay dos efpeciales claufulas y las quales no bay en la de Clemente VIII. Elte es el difcur- lo de Torrecilla. Í Y en el num. 64. ead. pag. profigue dicho R. P, Oimo tambien ¿la letra, comofe figue : Pruebo aora fu evidente contradiccion : Luego+s fallo lo que dexa dicho ; que la Bula Urbana mo fe efiende á mas, ni probibe cofa , que no efuvie/ff: probibida por la de Clemente VIII, Luego tambien es falío el principio en que fe funda , para probar con el,que la Bula Clementina no eltaba recibida en ufoen Efpaña ; y en confequencia , que:es fuperflua la Conftitucion Urbana : y aísies falíifsimo el decir, que la miíma reiteracion de Conftituciones eltá manifieltamente indicando , que las primeras no fueron recibidas en Efpaña. Afsi a la letra dicho Padre Olmo en dichos dos NUMEIFOS. e *y¿* e Ey Ae La e | sis SUPOSICIONES. AS de refponder al argumento del R. Pp. Olmo , y contradicion , que fu Paternidad Reverenda quiere idearíe , 9 £e le antoja , quiero hacer algunas fupoficiones : y en ellas tambien tocaremos lo de la retraccion de Remigio, que tambien le le antoja a dicho Padre. SUPOSICION PRIMERA. Groneo lo primero :- Que el Padre Remigio en lu Suma de á folio ,en fu quarta edicion añadida por €l mifmo , imprefa en Madrid el año de 1653. (que es la que yo cito del dicho) enel tr.54 cap. 5. 4 pag. 286. entre otras que alega en favor de la tercera lentencia , que es lu opinion , dice lo que (e ligue. »» (Y no vale decir , que efta Opinion fe ha he. 3» Cho improbable per las clautulas del Bulero de »» Urbano,que parece la condenan;porque el Pon. »» tifice no habló como Cabeza ,difiviendo , fino Como Dodtor; cuya autoridad, aunque confirma »» Mucho la opinion del Autor (habla del que le ima »» Pugna) dexa en lu probabilidad la contraria y CO» » Mo [e xolige en muchas; y graves queftiones; 3» Que porque el Pontifice las haya apoyado,toda. » Via le vencilan en las Efcuelas. ] 629 1, Que el Pontifice no haya hablado y CO. 3» Mo Cabeza, difiviendo., es notorio. 2» Que habió en las clauíulas del Buleto como Doctor, fe colige de las que dicen que las con» »»felsiones hechas delde el tiempo de Clemente » Vil. fueron invalidas , y nulas: Concefsionem y dance Cruciate quantum: ad prediétum artix » Colum eligendi Confeffarium , Oc. Cám Pra. y tribos., (2: Monialibus predictis , locum mix 13 Mime babaifJ? , mec ullo modo Jufragari potmifa 1/e, Po. ] Alsiála letra dicho Remigio en el lua gar citado... ,.:: ¿1630 Y que dicho Urbano VIIL en las dichas claufulas declaralíe haver fido nulas todas las con= felsiones hechas de(de Clemente VIIL lo tienen rambien Lumbicr, t07,3. num. 1696. pag. 1074. y.el P. Olmo en muchas partes, SUPOSICION: SEGUNDA, 631 Upongo lo fegundo:Que haviendo yo dicho en mi Tomo de las Propofi. ciones condenadas, con/.6.num.62. pag. 123. (02 breuna objecion del doctifsimo Padre Macltro Moya , lo que le figue: (A elte argumento, relpone de Remigio ,que Urbano VIIL. en dichas clauíu- las no habló como Pontificedifiniendo, fino como Doctor.) ' 632 El Reverendo Padre Olmo en lu Tratado Moral, pag. 29. num. 5. reficiendo lo dicho, dice, 3» (Pero ala verdad, ni el Padre Remigio dice cal y ni aun lo infinúa , como coníta del Tomo , QUe 3, Cita,

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