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Numero 49.) $0. refpondi yo tan eficazmente en los numeros traní- críptos arriba 363.364» Y 365. que no tiene que replicar , ni replica cofa alguna contra la dicha mi fegunda refpocfta, ni la menciona ; que necelsidad tenia yo de bufrar callejuelas? O para que podian Lor las tales callejuelas¿que a fuPatervidad fe le an- tojan > No le ve , que elto que dice dicho P, Olmo es de la miíma calidad (9 fariña) que otras muchas colas que (ucle decirme, folo por hacerme fayor, 0 por lo que lu Paternidad fe fabrá mejor? 419 Dice lo fegando el P. Olmo en dicho s. 49.pag.106. in fine : Que en lu inltancia a parita- fe, no evrra en probabilidades, fino en demonf- trar. que alsi como las Bulas, que yo traygo con. tra duelos, y defafioos, fubíilten , y obligan en EL paña, aunque no fe ba conocido mutacion de coffam- bres; afsi pariformitér ¿aunque le experimenta la núíma inmutabilidad en ellas defpues de la Bula Urbana (reparefe aqui como ya el P. Olmo aprueba la Propoficion , que en el principio del mum. 48. re- fiere de mí, y con lamifma univerfalidad que re. frere la dixe yo , y dixo Jer falfifsima ; pero no fon nuevas en dicho P. Olmo femejantes inconfequen- cias:) no por ello fe puede decir,queno le aceptó, nitobliga en Efpaña. Asi a la letra dicho P. Olmo, menos el parentefis, que vd de baffardilla, 420 - Miren qué bueno ! Y que frelcora de ex- culacion , para no iuftar contra: mí legunda rela, puelta! Cierramene , que concluirá con ello al mas boquirubio; y fi no, remitome al juicio de los pru= dentes Leétores, á quienes luplico- fe firvan de ver el argumento 4 paritate del Padre Olmo, que fot- ma en los numeros 46. y 47. traníeripto arriba, numero 356. y 357- y mirefpuelta fegunda a di- ció argumento , tranfcripta en los mumeros 363. 364-y 365. y conocerá: palpablemente la razon que me aísilte paralo dicho, Y'comefo, pa/femos al num, 50, Que eslaffima,, y perdimiento de tiemo- po detenernos mas en dicho namero ,y en ponderar lo frefcode la tal evajion, ! Numero 50». 421 “Profiguiendo el Reverendo Padre Olmo en el num. $0.Pag. 106. nas repite lo que nos ha- via dicho en fu.Tratado Moral, 4"pa29.93.14m.21. y es á la lecra del tenor (iguiente. ] 422 Y fielno haverle conocido mutación de coftumbres,en quanto al ufo de la Cruzada,ha fido de la praxi de muchos Religiofos ( como dice num, 97.) No oblta , porqué fi conforme 4: fo dodrina, en el citado Tratado del Duelo, num.2 3.debe pre- ferirfe la ley de la Igleña á la aceptacion del Due- lo,por cuya obediencia no fe puede perder la hon- ra : Porque en efaparte (dice) no fe ba de atender á lo que ditenlos malos, fino alo que fienten ¿los buenos, e. Luego quando manda la Iglea , que losRegulares mo le valgan de laCruzada,no le debe atender lo que praétican Jos inobedievtes , y rela» sados, fivo a lo que fienten,y obran los buenos, y rimoratos: Iñego el no haveríe conocido muracion 437 de coftambres en ellos , no es argumento para ja. ferir, que la Bula Urbana no fe admitió (mi acepto por los fubdisos en Efpaña. ) Buen apoyo es por cierto alegar la pradtica dejos no oblervantes,pa- ra probar de infubliltente una. Bula Apoltolica , la mas circunftanciada , que fe ha expedido, quando de los tales fe lamenta Leon X. en fu Conflitucion citada ( y aqui añade ¡o Bula,quz-incipic:Non fine mentis di/plicentia,apud Rodriguez,pa2.671.) que con el pretexto de la Cruzada ufurparan la jorif. diccion de los Prelados: ut dicere pofsrat ( exclama el Santo Pontifice) laguens contritus ef, O nos li. berati fumus. Mucho pudiera redarguirle con la miíma Ley de Jetu-Chrifto R. N. (pues fiendo im. Falible , vemos por nuefiros pecados ninguna mu- tacion de cof umbres en muchos. ) 423. Alsiala letra dicho Padre Olmo en efte VumM. 50. y esrepericion tambien a la lerra del ñum.21. d pag.93. del Tratado Moral ; menos los tres parentelis , que van de lecta baltardilla, que eltos eftán añadidos aqui: A lo qual refpondi yo en mi Apologetico, 4 pag. 137. 4 num. 180, ad 189, a la letra como fe figue. RESPUESTA PRIMERA. 424 Efpondo lo primero: Que loque yo digo con la c omun deDD.en dicho Tratado del Duelo; m2 3.es: Que quando fe toma, O acepta el duelo en defenía del proprio honor, porque no le tengan por un cobarde,0 por un galJi- na, esilicito, y lo prueban aísi: lo vno , porque el honor uo pende de la acepcacion del duelo; pues no puede perderíe honor (lino antes ganar mucha honra) por obedecer ¿la Ley de Dios,y de lg lgle» lia, eflpecialmente fabiendo eflán decreradas tan graves,t infames penas contra los dueladores. 425 Lootro: Porque en efta parte no fe ha de atenderádo que dicen los malos hombres, y muña danos ,finoa lo que fientenlos buenos : Lo otro, porque fin aceptar el duelo, y Gn faltar á la Ley de Dios, y: de la Igleña , puede, demonftrar el defáfia- do,que no lo dexa por timido,ú de cobardia,como veremos defpues: y lo otro,porque elle duelo es el que condeno en terminos la Sancidad de Alexan= dro VIL ubi fupra, enel lupuelto tercero:ergo, 8d, Eftoes loque yo dixe ¿la lerra en dicho num. 23; A que añado aora, que delpues de la dicha conde. nacion de Alexaudro VI. no hay Autor, que diga lo contrario. 426 Pero que fea licito ¿los Religiofos, y Res ligioías ufar del Privilegio de la Bula de la Cruz zada, en orden a la ablolucion delos calos refer. vados en virtud de ella,lo tienen adbuc delpues de la dicha Conftitucion Urbana el feñor 'Obifpo Aravjo,el Infirifsimo Acacio de Velafco, el Padre Junipero de Deprano, con catorce Calificadores del Santo Oficio, y otros muchifsimos Kcligiofos graves, timoratos, y Sapientifsimos Maeítros, qué quedan citados arriba en la Sec.1.$.2.4 1um.2. ad 20.4 pag.3. Pre,
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