BCCMAS0001-15-E-1400000000000

72 Alo qua! refpondi yo , 4 pag. 24. 4 14m. 47. ad 54. lo que le figue, RESPUESTA PRIMERA. Efpondo lo primero, que ed R.P.Ol- mo Íupone falfo,en decir,que digo yo,que ellas decifsiones: Perpesuum,o perpetuo,no Ñón voces indefivitas: pues lo que yo digo en el a. 68. esilalerralo que le ligue. Ni tampoco obita contrado dicho la ciaufula : Perpetuo declaramus, de quétla dicha Conítitucion Urbana, porque celta diccion perpetuo, (y lo mifmo esin perperuam)au0- que le tome fin prefinicion de tiempo, y de lu na- turaltza le eftienda ¡ninfinitum, e importe lo mil. moque liempre,/2u in omai tempore,cxl. Puré, in Jn. //.de Except.y de otras;con todo ello, algunas veues le toma por la vida del concedente,declaran- tE, ellarnente , O diíponente: y proligo probando €tto,afsi en dicho namero,como en el iguiente, de autoridad de dos Glollas , de otros Doctores , y otros Derechos, 161 Vea, pues, aora qualquiera ,'(i es cto lo miímo , que lo que malamevte me atribuye el P. Olmo , de que digo yo abfolutamente , que en las Bulas Pontificias lon voces indefivitas eftas dic» cÍONes perperumm,o perpetuo,creo, que qualquiera quelea lo uno,y lo otro, conocerá la diferencia y falla fupoficion que me hace:y elto si que es ageno derazon; pero de femejantes defedtos de legalidad en el referir, ela-tan lleno todo íu Tratado , que á cada pallo encontraremos muchos, como veremos en el diícurto de todo ¿l,á que me remito, 160 RESPUESTA SEGUNDA. 163 Efpondo lo fegundo , que del fio á que mira la dicha ley,0 declaracion Urbana: lmmo, y de lus palabras formales, inficro yo lo que digo en efte punto , como le puede ver alli ,am.68.ad 89.y enclta Apologia,$.3. donde fe repite lo mifmo, con que todos los textos que ales ga elP.Olmo aqui, hacen a favor de mi explicacion, y fi tuviere algo que oponer de nuevo contra ella, quando lo oponga fe le refponderá. RESPUESTA TERCERA. 163 Efpondo lo tercero, que íi el P.Ol- mo no entiende mas de confequen- cias , que de inconíequencias , malos dedos lleva para hacernos la demoltración evidente, que nos tiene ofrecida : (y que yo defeo que nas la haga) Porque, pregunto, (yo hañta aora no he dicho cofa que le oponga á la declaracion que alli hago de las dicciones ; Perperuum , O perpesuo: Imino y en parte ninguna digo cola que fe oponga á ella , (y li no muettrela fu Paternidad ) cómo puede haver inconfequencia? Y cómo verifica aquello : Esin. confequencia grande > Puede haver inconfequen- cia eúua Autor, fin haver llevado primero alguna Seccion +. al Preludio. doétrina, y defpues inconfeauértemente decirlo contrario a ella > Creo , que aunque ía Paternidad tenga titulo de Le4or General,no diráral cofa, y cato que lo diga, do dira (in razon, y ln funda- MEnto, 164. Mas:Dado que Martin deS. Jofeph, Paria ho,y Ancarrauo, huvicilen dicho lo contrario á lo que yo digo,(que no dicen ral,ni tocan el punto en la manera que yoletoco:/mó0,Martin de Sy lofeph de ninguna manera le toca, nien dicho 2.1o.nicn todo. el tratado 16.de Sufam,lib,2.cuyo titulo es: De los berederos forzo/os y meceffarios) podria acas lo ¡uterirle de effo,que lo que yo digo es inconfe= quencia,é inconfequencia grandemo me parece, que havra quien diga,o pueda decit tal cola con fund Mento,pues la inconfequencia debe ler,rclpedto de un milmo fegeto,que diga primero una cola, y dela pues inconfequentemente digala opuelta,como de Ínyo es claro, cinegable: ergo, dec. RESPUESTA IV. YY. 165 PF) Efpondo lo quarto , que nada de lo que yo digo acerca de la Contiicua cion Urbana,es ageno de la intencion de dichoSma moPontifice puesanteses tanconforme á luiarena cion expre lada alli en aquellas dicciones: $24 10f= bre intentionis fuiffe, O eff+,O'c.que della ¡ita inficro yo literalmente todo lo que alli digo,como le puede ver alli,y en efta Apologia, $. 3. 166 Keípondo lo quinto , que es verdad que; Quod in jure Jfancitum non Veperitur , non e A im Ventionibus prefamendum ; pero tambica lo es; Que aquello le dice expreflo , quod Jub intellizia burajare, ex leg. Licet Imperator , PF. de Legats E. leg. 1.Cod. de Team. milit. y de otras. Tiraqs in leg. Si u4nquam , verb, Donatione largitaus num, 155.Co04.de Revoc. donat, y lo que necellariamena te le colige de la mente, y conjeruras. Surdo, cumf. 116.m,57. Flores, Variar.quef.21.num.26.Fran- Ciíco Molin, de Risa nupt. lib. 3. quefi. 36.8. 19. y otros muchos: y elto,aunque la expresion le re- Quirielle por forma, y aunque fuelle en materia cf. trecha. Tiraq. ad lez. 16. Commub. glo]. 7.1, 1.49, Surd. decif. 254. num.38, y lo que le ligue ex con» Jequentia verborum. of: ph de Seño Aragó rdecifa 113.2. 170. y lo que le ligue de lo expre fo » Lego Fam bos jure 4. f.de Vulg. O pupil.Sardo, cc 2. 294. 14M. 21. y comuamente los Juriltas : Sed fic ef, que la explicacion que yo doy alli alas dichas dicciones » le figue necefariamente de la n ma conftitucion Urbana, y de la inrencion exprellada alli por el miímo Urbano, ibi:Sed nofre intentio. ' E / re , a, o ; >) > mis fuifJe, O: effe: ergo,Bc.Lo dicho es lo que yo ref- Poma! a dicho num.11.del P. Olmo : Ve 21MOS A0TA, quecs lo que contra dichas refpuetias nos dire aqui lu Paternidad Reverenda? Numero 24. y 2 5. 157 Profiguiendo €l R. P.Olmo fu Apología; ca

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz