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462 | fe vean Peyrino , tom. 2. fuorám Privileg.Confit. 10. Urbani VLIL.$.q. num.1. Bonacina,de Glaufu- ra, queft. 2. punct. 12. $. 1, García en fu Politica Regular tom. 1. tradi. 1. diffic. 1. dub. 5. HUM, 6. y diffica. dub.2.num.7. ) 181 Jtem : Tampoco puede el General, por si » folo, fino juntamente con el Capitulo General,de- terminar las caulas juftas para dáralgunos bienes temporales, legut, la Bula de Clemente VIII de lar- itione. A cerca de lo qual fe vean Diana , part. 1. Sas. refol.2. y dicho Garcia, diffic.2.dub. 2.1. 5. Omito otros muchos exemplares, que pudiera re- ferir, por no alargarme.demaliado , y porque pa- rece baltan los referidos. RESPUESTA TERCERA. Efpondo lo tercero, que por lo dicho delde el m. 164. halta el 181. dixe yo:que no eltaba en ulo,cl que losGenerales,por si folos admitan dichasBulas por todas fusReligiones ( y que caío que lo hicielfen debieran dár avifo de haverlo hecho)y porque no he vifto exemplar algu- no de quelos Generales hayan admitido por si fo- los, femejantes Bulas por toda lu Religion.A que fe junta lo que nos enfeña el miímo P.Olmo,que pa- ra que las Leyes Pontificias obliguen,es ¿mplicitér mece/fario y que fe publiquen en cada Obifpado , y Provincia:y que aun no balta eilo, (ino que además de ello que las admita el Pueblo ,-0 Comunidad, A cerca de lo qual (e vea lo dicho arriba,defde el mu. ñero 157. hata el 163. ¿nclufio?. 187 Y aun añade mas dicho P.Olmo,con Sua- rez.fol.129 num.3 1. que fi la ley es dura,y por tal la eftimaífen aquellos contra quien le promuiga , no eftarian obligados ¿aceptarla : y que ( de hecho la mayor parte no la admite, los demásno tienen obligacion 3 camplirla3 pues como (tenten graves DD.para que las Bulas Pontificias obliguen,es ne- cellario que aniverfalmente le admitan: y calo que algunoslas obÍerven) y obedezcan, los demás, que no las admiten,vo pecan:y cita paralo dicho a Ro- driguez,Portel,Navarro,Moare,y á otros, apud ¡p- fos, y concluye dicho numero afsi:Con que en tal ca- fo fe tiene la ley por deningun valor. 184 Derodo lo qualya lo que dice dicho P.Ol- mo, que def<a (aber, digo: Que los Anales, Regi(< tros de lasReligiones,de que yo copie lo dicho;fon los que quedan alegados:y que los Autores,que me fubminiltraron tan buenas efpecies, fon lu P. R. y los demás que dexo citados: y en quanto a aquello que dice: Diganos mas,pór qué medios, 0 conductos fe ban de noticiar, 6 notifipar las Bulas Apoftolicas en las Religiones ? Digo , que el admitir femejantes Bulas(que dela admifsiom es de la que vámos bablan» do) por toda la Religion , roca al Capitulo General de cada una, (0 al Difinitorio General)que es quien reprefenta toda la Religion , como confta de los texemplares alegados,y la notificacion le hace por medio de los Eltatutos, y los Padres Generales , y demás Prelados inferiores (¡def cada Provincial 182 Seccion 4. al Articulo 4. en Lu Provincia,y tds Prelados ¿ada tino eh la Ca munidad ) podrán, y deberán dár aviío de he hecho. 185 Y aora repregunto yo alP.M.Olmo Copli. candole nos diga,de que Anales, O Re giítros de las Religiones copió tan graves noticias de que eflé en ufo,que los Generales admitan por si Solos femejana tes Bulas por todas fus Religiones ? Qué Autores le fubminiftraron tan buenas efpecies? Elto deleo faz ber de fo gran magilterio, y graves noticias, Peon ifho pajfemos a la autoridad del P. Sylucira, RESPUESTA QUARTA. ) La autoridad del P.Sylveira,relpon. do:Que dicho gravilsimo Autor no habla alli del recibir los PP.Generales, por si folos, femejautes Bulas por todas lus Religionessni dice, que elte elo en ufo:ni que de hecho las ayan admi. tido los Generales por todas lus Religiones: y mes nos,que hayan dado aviío de haverlo hecho. 137 Imo,dicho Sylveira,no habla alli de la ad: mifsion de femejantes Bulas , ni dice quien fea el que las ha de admicir por toda la Religionsfino que folo habla de la publicacion requiíica para que obli. guen (ex parte pablicationis ) pues lolo dice,que la Bula Urbana fe publicó en Roma, como es cierto, porque fe publicó in valais Principis ApofPaloram Bafilice,O in acie Campi Flora de urbe,ut moris eh (que es lo que dicho Autor entiende allí poraque- llas clau(ulas:T alía decreta funt pablicata Romaso- ran PP.Generalibus: porque los que fe hallavanen Roma , no pudieron dexar de laber luego la dicha publicacion:)/mmd,da baltantemente á entender en lo que fe (figue , que no baíta la publicacion hecha en Roma:pues dice,que no es facil,guod Provincia- les illa feientes non publicarent , cum máxime ¡lud cederet in corum autboritatem. Sapone, pues, en lo dicho, que no baíta la bli pero ni aun elto baftaria en fentenciade elP.Olmo, fino la admiten los intgreffados , contra quienes le promulga:porque fegon fu P.R.Quod omnes tanglé deber ab omnibas approbari,Bc. SNA 188 Alo que dicho P.Sylveira dice:Que 0085 facil que los Provinciales, que ruvieron noticia de dichas Bulas Clementina, y Urbana(que de ellas há- bla alli) refpondo con la autoridad el dodtifsimo Thomás Hurtado,en fu fegundo Tomo de Refolu- ciones Morales,tradh.9.cap.5. 1674 Pagomibi 157 dice lo que fe figue. GR 139 [ Ex qua doétrina colligitor juxta cam que fupra 5. Anteriori(efho es,en £Xcap.3. num.s7, pag.155.) notavi ex Molina , 3 alíis quod (i tQ ali- qua Religiont five Mendicaotisfive non Mendican- ti,prediéta Bulla Urbana,mon /5t publicata, O intb- mata fubdisis d fuisSmperiorians , et me inquireh- te,in mulcis non ef publicats, Úc. Donde le debe haviendolo inquirido notar aquello que dice,que havie ha hallado , queen muchas Religiones no fe ha pus blicado ladichaBula.Lo miímo dice elP.M Er. Juán Antonio Baco.pagamibi 364.donde hablando de las Bulas de Cleménte, y Urbano VILL dice : Que las 136 sales
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