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Número 11: fe pone en probar la dicha fiúplica , poniendo en ella toda la fuerza, y de ningana manera en el de- fecto de publicacion en Elpaña , como fe puede ver en el $. antecedente, d num. 8. ad 24.4 pag. ad 113.€rg0 , Cc. F 67 Imó,enla fobredicha Menor , le dá bafe tantemente 4. entender (cltando a elte fegundo modo de defender dicha «tercera fentencia ) que balta la fúplica hecha en Roma para que obligué en Elpaña (quatenas efi ex parte públicationis) alias no le dixera y que la fúplica fufpendia fo valor,co: mo de fuyo parece claro. 68 Y aísi, Padre mio ,' en la dicha Mayor, folo le pretende : Que aunque la tal Bula Urbas na no fe ha publicado en Efpaña, ni intimado álos fubditos, fu Mageltad , dandole por en- tendido de ella , ha fuplicado- de ella antes de la aceptacion: y luego en la Menór , Íe dice, que elta fúplica fulpende el valor de la dicha Conf: ticución : conque en dicho argumento no hay mas que un>Aguiles , y un unico fundamen- to , que esla fuúplica de la fobredicha Conftitu- cion. 69 Dixe arriba en el numero 26. (que aqui es el 60.) Que en toda mi confulta ,ni en los dos mo- dos, Oc. Y en el nomero 33. ( que aquí es el 67.) Eftando a efte fegundo modo , Oc. Porque los Aa tores de dicha tercera fencéncia fuelen defen- derla de otros diverlos modos , y con otros diveríos , y graviísimos fundamentos : y entre ellos es uno, y harto fuerte, el defeto de in- timacion á los Religiofos*,que toman la Bula en las Provincias de Efpaña , los quales fen: ten, que no -balta la publicacion hecha en Ro- ma,á cerca de lo qual fe vea lo dicho en elta Apologia quarta ,/tc. 1. $. 3. 4 N4m. 54. ad 60, inclufive , pago 13 RESPUESTA SEGUNDA. 70 Efpondo lo fegundo : Que dicho Padre Olmo me prohija 4 midi- chos fundamentos , porque fe le antoja , 9 por los fines que dixe arriba: pues claramente digo yo Do fer mios ,fino delos Autores, que defienden dicha tercera fentencia , por elle: fegundo modo, que yo refiero de defenderla ; y (1 no, veante acri- ba en el $. 5. el numero 1. el principio del 2.y el principio del 8. pag. 109. y fe verá claramente leraísi ,en lo que digo , y modo con que pros cedo: Ultra , de que no llevando yo.en dicho To- mo dicha tercera fentencia, fino la quarta , lolo era mi intento referir las razones , que alegan los Patronos de dicha tercera fentencia ,en com- probacion, y defevía de ella, como dixe name. ro 10. pagina 17. Ímmó , adverti alli, que me dexaba muchas , y que folo queria hacer men- cion de dos modos de defenderla dicha opinion, que parece pueden tener alguna probabilidad , O verifimilitud , y hable aísi con efta templanza de Part. VI, la dicha tercera lentencia , por lo que fe dirá en fu lugar , quando el Reverendo Padre Ol. mo nos precife á ello: y ( en ella Apologia he referido todos los fandamentos , que voluntaria mente omiti en la dicha coníulta , es por lo que dexo dicho en la feccion 1. $. 3, num, $. y 88, paz. 18. 71 A lo de las repeticiones, que me: atribu= ye el Réverendo Padre Olmo , fuplico al curiofo eétot le firva de vertodo el $. 5. y verá quan voluntariamente me atribuye «dichas repericio. nes :pues no hallará una , que fea viciola, 0 que le pueda cfcufar ¿pero no bace poco (fegun el comun adagio) quien fu defeéto hecha 4 otro; y quizás dicho Padre usó de la dicha maxima, co» mo de jarave diípolitivo , d efcufatorio , pará las machas repeticiones viciolas ,que en adelana te nos ha de hacer confequente en elfo , ¿las hes chas en lo antecedente. Leon e%o, paffemos al nu Mé7O 7. que aqui ( por baverlos juntado en uno) es tambien el 11. El miímo numero 11. 72 Profiguiendo el Reverendo Padre Olmo el mimo num, 11.4 pag. 97. nos repite lo que nos havia dicho en lu Tratado Moral, a pag. 83. num.7.que esa la lecra como fe (igue: vá tratan. do dicho Padre (¿d ¿4 , Torrecilla ) en la queltion proearial del miímo Tomo , difficult. 3. num. 46. de la Dectecal des Alexandro VIL en que le cona denan aquellas 45. Propoficiones , y dice : Que mirando aun como ley prohibiciva, no neceísitó de publicarlo en Elpaña y para que obligue en ella; porque baltó la que le hizo en Roma para que obligue en-toda la Igleñía , y á todos los fieles Chriftianos: lo qual prueba con quarenta Doc- tores , y bien graves argumentos : El uno es, que el Dicreto de Clemente VII. en que coan= denóla opinion de poder abfolver al aufente, no le promulgo en Elpaña 3 y fin embargo:, del de entonces nadie le ha atrevido á enfeñarla, ni feguirla;, fino que: ha fido obedecida de to= dos, con fola la publicacion , que fe hizo 'en Roua; de fuerte, queningun Theologo de el Mundo fábemos haya imprello coía en contras rio de dicha :condenacion : Hac ille ex Lum= bier. loficro , pues : luego el miímo juicio fe debe hacer de la Coníftitucion prohibitiva de Urbano Oétavo. Alias fuera falía fu dodrina: luego aunque no fe promulgalle em Efpaña, por la publicacion que fe hizo en Roma , obli. gára en ella , como prueba de la Conftitucion referida de Clemente Oétavo : Prucbo la con- fequencia con un Axioma bien vulgar del De- recho : Cafus dao , quando funt aquiparati in ju- re , difpofitam in uno, in alio cenferar difpofitum, Cita por el tal Axioma em lu Tratado Moral tres Gloflas , y muchos Doútores (anque aqui emitió las dos Glofas yy los Doétores , qaizas por= Pp 3 que A ij 10

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