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ino, y del miímomodo, dice conel dicho Garcia, en el milmo numero, $.[tem, de otra Conftitucion de Sixto V. - 17 Y en elnum. 138. dice con muchos , que aili cita , que la Bola de Clemente V 11. de lar. Zitione munerum probibita Religiofis fub penis, so fe ha recibido 5 y que aísi no' obliga , y no lo prueba con algun inftrumento autentico, que hagafe. ¡8 Yenelnum. 140. dice con otros muchos, que el motu proprio de Pio1V. en quanto a la profeísion de la fe , que obliga a los Prelados Re- gulares, que el tal no fe ha recibido eu ufo en algunas Religiones, y que aísi no obliga en las tales; y no prueba lo dicho con algun iníteumen- to autentico, que haga fe. 19 Yen el namero 141: dice con Fagundez, Porrel, Villadiego , Gamba Curta, Suarez, y Dia- na: Que la Bala de Gregorio XIV. ¿cerca de la jamánidid de las Igleñias , no elta recibida en ulo en Elpaña; y que aísi no le oblerva en ella, y no trac para ello algun inítcumento autentico, que haga fe. 20 Omito otros muchos exemplares , que le pueden ver en dicho Salgado, d4num.131. 4d 173, Weale tambien arriba en el $. antecedente , num, 21. pag. 112. Y de todos ellos , proligo , y Ccon- cluyo elta prueba afsi: De todas las dichas Bulas deponen muchos, y graviísimos Autores ( y de los demas claficos , y recibidos en el Orbe literario) alsi Theologos,, como Canoniltas, y Juriltas, no eltar recibidas en ufo en Efpaña ¿pero no lo prue- bar. con algun inftrumento autentico, que haga fe: luego fegun el Padre Olmo, dichas areltacio- nes lon muy voluntarias , y de ningan pefo: Quien oirá elte afíerto del Padre Olmo Áin eftrañeza: (por ño decir lin carcaxada) ergo,8c. 21 Arguyoaísilo fegundo , contra el miímo allerto : Porque la-prueba con algun inftrumento autentico, que haga fe, folo, y a lo fumo, fe requicre en lasprobanzas en juicio , quando fo- bre cllo fe mueve litigio en algun Tribunal Fo. renfe ; pero no en aquellas probanzas , en que pro- ecden los Doétores por modo de difputa, como con Gofredo , lo tiene el Diccionario de ambos Derechos , verb. Probatio; y coníta de la praxiin- concuía de todos los Autores, que efcriben , y difputan cofas morales : pues nunca (o cali nun- ca ) traen para prueba de lo que difputan , y controvierten , algun teftimonio autentico , que haga fe ( y fino , mueftrenos lo contrario el Padre Olino , que no hara: ) luego rodas fus pruebas (e= rán muy volantarias , y de ningun pefo , en fentit de dicho Leétor General, o cltandoá elte aferro fuyo : miren que aíferto tan lindo, tan curioío , y ran fazonado! ergo, Sc. p 22 Dixe,y á los Sumo, porque adbiwc en los Tribunales del fuero externo hay otros muchos generos de probanza , fuera de la que fe hace , por 1nfirumento autentico : Elto lo probaba yo alli con algunps exemplares , que porque quedan tranfe Numero 7. 3 | criptos (ellos, y otros) arriba en la fubfección ani tecedente, 4 num. 1199. ad 1205. ¿nclafívé , don- de le pueden ver, no los repito aqui. 23 Dedondeproúigo, y concluyo aísi; Los Autores de la tercera lentencia (¿ue ván por ejbe Jegundo modo de defenderla ) procban , que- las dichas Conftituciones Clementina, Paulina, y Ur- bana, no ellán en Efpaña recibidas en vto, con la autoridad de muchos Duétores', con la praxi del Comillario dela Cruzada , y con otrus Vehémen- tes indicios , congeturas, y fundamentos 5 y elta probanza no es para el fuero exteruo , ni en caío de litigio en algun Tribuval, fino para el fuero Interno, y por modo de difputa : luegoipara que no lea muy arbitraria, y de ningan pefo , no han menelter probarlo,con algun infirumento autentia c0,que baga fe,como malamente quiere en lu alléro to el Padre Olmo:ergo,$c. 24 Arguyo lo tercero contra lo miíimo afsi: Porque el Padre Olmo fe deguella con ta proprio aflerto ; porque en todo lo que alega, y dilputa á cerca de la inteligencia de las Conillituciones, Clementina, y Urbana, y de fos clavfulas, no tráe para probarlo , ni lo prucba con alguo iniremen- to autentico, que haga fe; y fi no,muclirenos doa- de trae el tal celtimonio , y por quien cltá autentio cado: luego todo-lo que alega á cerca de la intelin gencia, que pretende de dichas Conflitocionts , y lus claufulas, ferá muy Voluntario, y de niNZUN per fo: ergo,8cc. 25 A quefe añade : Que dichos Autores niez gan por configuiente , que las tales Conltitucio. nes elten recibidas en ulo en Efpaña : luego fi el Padre Olmo pretende; y dice , que eftán recibidas en ufo en Efpaña, deberá probarlo ; y fino, no le hara calo de fu dicho , fegun aquel principio de Derecho , que fu Paternidad nos adminiftra : Pro. bare opportet ', dicere , non fafficie. Prucbelo, pues , y diganos de qué le confta , que las tales Conftitaciones eltán en Efpaña recibidas en ulo? crgo,ócc. : 26 Lodicho , pues ,eslo que yo refpondi al Padre Oimo en mi Apologetico ,al lobredicho la numero, en el lugar citado arriba. Aora fuplico al cuerdo,y inteligente Ledor, le firva confiderar el. ta nueva moda de Apologiar dicho Padre Olmo; repetirnos aqui el mifmo numero, que eltáva rán abundantemente refutado , y no darle por entrena dido de mis re(pueltas, ni replicar contra ellas? Ni relponder á lo que yo le alego , en contra de lo que nos dice en el? 27 Mas: Repetirnos el miímo numero , y truncarle por el medio , quitando todo lo que vá anotado en aquel parentelis, fuprá mum: 7: y elo quizás (y aun lin quizas , porque fe corrió , y con razon , de baverlo pacíto , convencidos ge mi fe- gunda refpuefta:) Mi Reverendo Padre Olmo, qué modo de apologiar eseltez 28 Nonosdice V.P.en el principio de elte fu Tomo, y nos pone por titalo de el el figuiente: ReJpuefa Apologerica duna Apología del Padre Torz a

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