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di dd 434 Subfeccion a cercadel Articulo 32 d diíminuyeffen las fimofnas , que fe fuclen dar por tomar las Bulas.” 1450 Elta relpuefta es del dodtifsimo Padre Leandro: del Santifsimo Sacramento , ¿omo 1. traét. de Penitent.pag.295. (dela imprefsion del año 1654. $. Ad fecundum.)De Fray Chriftoval de Sau Jofeph, tomo 1. Receptarum opinionum , pag. 131. num. 16. Del Padre Maeftro Hoces, fobre las Propoficiones condenadas por Inocencio XI. pag.27. de la fegunda imprefsion , mum, 17. Y la prueban Manuel de la Concepcion, ¿intradi. de * Penitent. difp. 6. queft.7. pag. 346- y Otros: y quéda abundantemente probada, en nueítro Apo- logerico , 4Pag.16. 4 num.73- ad 85. y en nueltro Tomo de las Propoliciones condenadas , 4p3gín. 138. ¿num.66. ad ¡14. y le refpondio á las obje- ciones en contra, deíde la pag.131.4 num.1 15. ad 133. donde fe puede ver. 1451 Refpondo lo fegundo: Que fi de la Bu- Ja de Gregorio XV+ Inferutabili , fuplico la Ma- geftad de Felipe Quarto a Urbano VIII tres años «defpues de la data de dicha Bula, y dosaños def- pues de lu promulgacion ; y eo, in importarle nada al Rey, fegun el P.Olmo: y fin que dicha Conftitucion Gregoriana rocaíle en cofa , que per» tenezca á la Bula de la Cruzada , como confta de lo dicho arriba, nmumer. 1419 Y 1420. y ádon- de alli me remito: y elta fplica, no dira el P. Olmo , que fue agena de la Real confideracion de la Mageftad de Felipe Quarto: 4b/5t hoc dicere: luego pariformitér, O'c. Sila fobredicha anota- ciontercera , es la potifsima del Padre Olmo entre todas las que ha obíervado : y fi elta es de la cali- dad que hemos vifto , que tales ferántodas las demás ? Elo juzguelo qualquier defincereflado, que medianamente lo entienda. Yeon e£o pajfe- mosal num, 136. Numero 186. 1452 Profiguiendo el R. Padre Olmo fus gra- ves anotaciones, en el mumero 186. pagina 94. pone en quarto logar la figuiente : Quarta , ( jamás fe interpone la Real autoridad (+e/ffe Salce- do) en fuplicar , ni fofpender Letras Apoftoli. cas, concernientes al'govierno efpiritual de las almas , 320. Cómo fe difcurre havia de pafar el Rey ¿interponer fu Real fúplica, por cofa tan concerniente al bien comun de las. Religiones, fu mas pura obfervancia , y la falud efpiritua! de las almas , como- pondera la miíma Bula? Efío no dá en ojos, y que lo contrario es difcurío material, y fin fundamento aun aparente? Afii álaletra dicho Padre Olmo en dicho numero. dk Fr art A RESPUESTA. 1453 Efpondo : Que el Reverendo dre Olmo no quiere acabar entender a Don Pedro Gonzalez Salcedo , hay dole yo recopilado todo lo que elle dice en fi bro fegundo , tocante ¿clte punto , 4 pag. 44 ad 510.Pero , pues, no lo ha entendido, quid repetirle parte de ello ( dexandome lo demas, podra ver elcuriolo, 4 pag. 250. 4 num. 66, 108.)y es del tenor figuiente. Add 1454 Defde la pag. 448. 4 num. 24, ad prueba lacilsimamente , que interpuelta la Ml ca, le fufpende licitamente la execución del dato , de las Leyes, y delas Letras Apollo y que la tal fúplica eslicita , haviendo cauía zonable para ello : lo qual dice , y prueba fe forme á todos los Derechos , Canenico , Civil Regio, y comuniísimo de los DD, asi ] como Theologos , que alli refiere. 2 1455 Enlapag. 452.mum. 43.vehere | trina de los DD. que dicen , que aunque [eg do Derecho, es lícita la rerencion delas Apoftolicas , mediante la fúplica al Sumo! ficez pero que clía rerencion no fe ha dee: por los Jueces Seculares, fegun lo difp 25.t it.3. lib.1. Recopilationis. Afsi lo tlé comun de Theologos, que cita,y ligue Diana 1.trad?.2.ref.12. donde concluye, que ello! executar por los Obifpos , Arzobilpos ¿Nun sic. Elto miímo defiende en la part. q. tradh, 26. y en la pars.s.tr.1.ref.12 .citaleel dicho do, y juntamente á Baldelo,y a Don Juan: ej tillo, y en parte lo prueba el miímo Sale num.64. pag.509. ¿ 1456 Lo contrario empero de tamente dicho Salcedo , 2 pag. 451 hablando de los cafos , que Le contiBlene ley 25. y afsilo fiento, y lo defendi roba te en mi Propugnaculo de la Fe, trabk 3. 4numer.61. 4 pag. 393.0 porque pal nen privilegio vueltrosCatholicos Reyes,c0 tifican unos Doátores : O porque por derech tural les competeá los Reyes eo , como dí otros. Vide ¡bt. EAS 1457 Advierte empero dicho1 Pag.460. num.59. y 60. que os Reye cativamente pueden fufpender1os ma cien fialticos, y Apoftolicos , ¡bis Sed aibilominus Y nofcere debent,poffe Principes rabione confervál mis reram pablicaram nou jorifditionalicer ad fi penfionem mandati Ecclefaftidi procedere,adbde, Apofolici fed fupplicarive,ne ex facio illorum e cutio refundatur in peroltlem regimints 1emporg 4 ag: 502. num.29. dice, q duda confifte trim Fadice Laici ext; ps al 25. exprefJos ,Ppofsimt , retinere Literas Apofalicas? Lo qual defiende que no, y en los nú: meros guientes ya proliguiengo dicha dofenla. YY A UE.

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