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Oimo , en lu Tratado Ephimerico , acerca de cierto Decreto de U:bauo VIIL afo!.32.m,3 5. donde dice, fer comun opinion, y Jo prueba con muchos exemplares ) pode yo muy En alegarenceln.16. para mayor abundancia, "y corroboracion de queno obliga en Efpaña re fo- tir lo que Lezana dice ; De que por parte de las Re- ligiones de los Reynos de Epaña,fe fuplico de dicba Confitucion Gregoriana, y que fe obtuvo Breve fajpenfivo de ella de la Santidad de Urbano VIII, porque como alli pruebo, ew los numeros Áiguien- res, la abundancia no daña , fino qué brve de cor- roboracion , aun quando alias elta baltantemente probado lo quefe pretende : y elto , aun quando hay Ávtores en pro, y en contra , que ello no podia fer obltaculo para lo dicho. 1043 — Además: que yo no se que haya Ántor alguno , que politivamente diga , elle recibida en uío en Elpaña : porque aonque Juan Sanchez, y Bafleo , no dicen politivamente el que lo elte ( que fue la cauía de poner yo aquel parente(is) creen , empero , el que todavia no eltaba puelta en exccución. 1044 Laspalabras de Juan Sanchez en dicha dilp. 49. in fine , pag.434. Lon las figuientes : Pof2 bec feripta editum efi Sanciifsimi Domini nofiri Gregorit PP.XV. , Decretum, quo decerni? Confe//a- rios Monialium. non aliter poffe earum confefsio. nes excipere mifi approbati funs ab Epifcopo Dic. Jano: a quo Decrero pro parte Regularium haben. tium Monaferia Monialium fibi Jubjeóta fapplica. tum 8,0" credo acienus non efe executioni manda tum. Aísi el dicho Sanchez. 1045 Y las de Ballco , tom. 1. verb. Confe/fJa- rius 3. numer. 5. delpues de haver referido , Jo que contiene dicha Conftitucion Gregoriana , y la fobredicha fislica , lona la lerra como (ef. guen : Unde credit Sanétivs , 10 Seledtis, dilp. 49. num. 16. Hactenúsnon e/Je execusioni mandatum tale Decretum. a 1046 Y aísi miR.P. Olmo , buelvo a decir,, que yo noalego las palabras de Lezana , para pro. bar fuelle neccflaria la fúplica, y obtencion del di- cho Breve fufpeníivo, para que la tal Conílitucion Gregoriana no obligalle en Efpaña , (en quaoro al fuero interno) fúpuelto el no eltar recibida en nfo,, como yodexaba dicho; y abo.en quanto al fuero exteroo, veale lo que dixe en dicho Apologcrico, numero 150. pag» 134. y lo que aquí queda dicho arriba, en los numeros 940. Y 941» * 1, .% * e * ¿e a at DICHO QUARTO, Y ULTIMO, 1047 D" por ultigio dicho R, P.Olino: en dicho num.151.1l0 gue: En razon de las arado o > la fuerza del argumento, ( que tanto valdona, ! Lo lo DUES al juicio del delapafsionado. y vera ,(1cs todo formal Í a letra dicho P.Olmo. . ON ae 1048 Reipondo : Que yotambien lo remito de muy buena gana al juicio del defapafsionado á quien fuplico te firva de*regiltrar lo dicho en al Apologetico , 3P32.134- 4num. 154.ad 169, vera,de que calidad loo las confequencias, que e cho P, Olmo llama formales , y peremptorias Y fe faplico aísimiílmo, le (irva de ver lo dicho arriba 4 mum.920.4d 941. Y conocerá aun mas claramen. te lo dicho: y tambien le [uplico le firva de ver lo dicho arriba , 4 n4m.942. ad 946. y verá una bien afcétada folapacion de dicho R. P.y con clto país. mos al num. 152, Numero 152. 1049 Profiguiendo el R, P. Olmo, enel ng. mero 152.pag. $6. refiere lo que yo dixe en mi Apologetico , pag. 195. mum. 163. (y es eltranfa cripto arriba , num. 913.) y delpues de algunos chocolios de que me hace merced, quiere dár 4 entender, a los que no huvieren vito midicho nu: mero , y fobrelo que apela, que es fuera del in. tento , y nas repite aquí lo que nos dixo antes, en el num.146. 1056 A cerca de lo qual fuplico al curiolo LeGor , le firva dever dl qee dicho arriba, 4 04m.950. ad 962. y verá lo que dicho Padre. me lupone 3 y que mi reípuefta , no esd cerca de las dos (úplicas, que fe hicieron de la Conflitu. cion Urbana , y Gregoriana , (como mal dice di. cho R.P.) (ino 3 cerca de lz prueba a fimili, con que el dicho Padre prueba fu confequencia legun. da; y verá, (mes del intento ,0no ? Y f pudo dar- le mas formal teípuefta al argomento a fimili de dis cho Padre , quela que yo le di? Y con elto palles mos ¿los 24m. 153, y 154» Numero 153. y 154" 1051 Profiguiendo el R.P.Olmo, en los mam. 153.y 154. 2 pag. 86. nosrepitelo que nos havia dicho en lu Tratado Moral, 4P4%. 95. ad 97.€n los num.23.y 24. y porque delpues iníla lobre mis refpueltas , los referiré a la lerra como alli nos los pufo, (anotando lo que aquí omiriere de ellos) y las refpueltas que yo le di á ellos, para que fobre- falganrmas lus inftancias contra las dichas, y fon del renor figuiente. 1052 Enmuchas parres de (u confulta repite el P..M. que las Bulas alegadas arriba vo fe pro” malgaron en Elpaña , y que la de Urbano no Aa tin él

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