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Numero 24. 25.26, 27.28.29.7 30. 139 uéncia demónftrativa de dicho numero , fi todo lo que V.P.dice antecedentemenge en el , es fallo, como confta de las refpueltas á el, 1.2.y 3.4 num, 87. ad 96. (y aquí a num.85.ad 93.) 111 Preguntolo 3. Como puede fer demonf- trativa la confequencia, que adbúc dado, y conce- dido lo antecedente”, es falla, y no le figue legiti- mamente de ello, como coníta de la refpuefta fepti- ma, 4 24m. 107. (y aqui 4 num. 104.) Luego las confequencias , que el P.Olmo llama , y juzga fer demonftrarivas,no folo no tiénen cola de eo, fino que fon omnino fallas , y mal deducidas en buena Logica. Y conclto palemos yaá verlo que nos infla contra dichas refpueltas en los numeros que le figuen. Numeto 24. 25.26. y 27. 112 Pro(iguiendo el R.P,Olmo,en el mum.24. , Pa2.54.tranícribe truncadamente lo que yo dixe en wi primera refpuelta, puelta arriba, 4 num. 85. ad 39. y no otra cola. , 113 Enelnum.25,2adem pag.54. dice alsi: Ya comienza elle Padre con lus acoftumbrados efu- gios , fin darle por entendido de lo que pufe en.mi primera impreísion,que eslo que váenelnam.to , de arriba ; y 20s repite aqui las mifmas claufulas, que en dicho num, 10. y condos terminos que acof- tmmbra, lin otra cola. 114 Sed contra: Porque es falfiísimo , que en fo primera impreísion , nos pulielle aquellas clau- fulas, que pone aquien el am, 10. ordenadas, á que las tales fucllen en nombre de la dignidad , y no de la perlona, á que las ordena aquí , y en el num.Yo. y 1i.no mueltrenos 4 donde las pulo a elle fin , que no hara? Pues (ino eltaban dichas clau (u- las en lu primera imprefsion,(como a la verdad no lo eltaban) cómo havia yo de darme por entendido de elias en mi Apologetico, fi nonos las havia ob- jutado dicho R,P?Y o,Padre mio,en dicho miApo- logetico, relpondi á quanto V.P. objeta ¿numero por numero (fegun lo que pedian los tales nume- ros ) tin dexar cofa que pidic le refpuelta , que no le la relpondiefle, como conita de el :y fino muel. trenos V,P. lo contrario. Cómo , pues, (buelvo a decirdV.P.dice fallamente,que no me di por enten. dido ae ellas * Sino las havia alli al cal intento, como me havia yo de dár por entendido delo que po havia! ' 115 Aora, pues, en efta la Refpuelta Apolo. getica, nos laspone V.P. endicho num.10. y me dice: Quificra que yo le las explicara, para ver co. molas entiendo: y yo condefcendiendo con el de- feo de V.P.R.y por darle ele gulto,fe las explique fupra(lobte el dicho numero)a ».54.4d 6qudonde V.P,.las puede ver; y de camino verá alli, que V P, no ha entendido mi difcurío,ni alo que le ordena, Y vea tambien los iguientes,4 241.65. 68.que todos hacen al cafo, 116 Enel mabieadem pag.54.dice el R.P.que alego yo malen mi favor al Padre Miranda; (in “e sad vertir,que la doctrina deMiranda es peremptoria a favor de dicho P.Olmo. 117 Sedcontra: porque elP. Olmo no ha ena tendido a dicho Miranda; cómo,pues, ferá ja doc. trina de ete peremptoria ¿favor de dicho Padres Cómo? Comootras pereyaptoriedades de que dicho Padre fuele jactaríe. * E 118 Padre cariísimo, por que V.P. enel ».8, me dixo:Que bavia yu leido muy de priffa d Miran., da:rrantcribi ala letra todo lo que Miranda dice en lu fegonda conclufion, (que es la que yo cito á mi favor) y reficro alli las palabras,que V“Padice eñán peremptoriamente, á lu favor: vealo el curiolo ¡/. pra 4n.27.9d 33.(y en el 3 ¿.eltan las dichas palás bras) y verá:lo uno, íi yo Íci muy de prila a dicho Miranda: y lo otro,lu dodtrina es peremptoria 4 favor de dicho P.Olmo?O a favor de lo que yo di- g0),y para lo que yo le cico? 119 Enelnam. 27. esdem pag. nos buelve 4 repetir la claulula de Urbano VIL. del $. 3. Nos pramifsis,O'c. y lo del P. Miranda. A cerca de la dicha clanlula de Urbano, veaí: a num. 39. 4d 44. Y á cerca del P. Miranda, lo dicho arriba,a a. 30. ad 33, queno hemos de reperirá cada palo unas miímas colas, porque el P.Olmo fe le antoje el bas cerlo. Numero 38.29, y 30. 120 . Profiguiendo el R.P, Olmo , en el num, * 28. pag. 55. diceloque fe figue: Dixe , que elte R.P. 2 contradice mil veces en elta lu doátrina, Veamos algo en terminos mas eltrechos. Dice, pues, que quando los Ponrifices Clemente , y Ura bano VIIL en fus Conftituciones delegan fa jurif- diccion a los Confefiores., para que puedan ablol. ver alos que toman la Bula , adhúc delos pecados relervados, y fe la quitan, O coharran celpetto de los Regulares, en orden á ablolver de los relerva- dos por fus Prelados, hablan eñ nombre de la per= lona, y no de la dignidad ; con que la tal poreltad delegada, y ablacion , 0 coharracion de ella , lerá perfonal,y no real, En efto le inculca mucho, deíde la pag.64:4 num.9.ad pag.95.1.240. galtando mua: cho papel,y tiempo. (Videillom, pag.76. nm91; O pag.84. num 151:) 121 Enelnum.29.aísi: Elo fupucito, haciale yo un argumento, en mi pag.64. n4m.20.proban- dole , que Urbano VII. hablo en la Conflirycion como Pontifice, y no como perlona particular(exo travagantia fingular fuya) y eftrechado del tal ar= gumento me relponde en lu Pag.94. num, 228, €0 etia forma: Refpondo,(dice)que ni Remigio,ni Dog» tor alguno dice queUrbanoV I1[.no haya bablado co- moPontifice,yCabeza de la Iglefia,en fu dicbaConf- titucion,en quanto quita la jurifdiccion+losConfef- Jores.para que por virtud de la Bula de la Cruzada, no abfuelvan a losRegulares delos cafos refervados. Ira ¡lles8l eriam,pag.259. M4M-141. Ó pag.44.1, 135.0 m..141- . 122 Y enclnum. 30% como le figue : Et nunc ego A y a d 4 SAGA ab ii ca az e E e ' 2 a y % o ri la E a rodada E > . A A A AAA A A

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