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178 7 Lodichoeslo qué yo dixe en" dicho Tomo de las Propdliciones condenadas , en explicacion de las fobredichas claufulas de la Conftitucion Urbanalen el lugar citado : y elo miímo repeti yo + (y por él miímo motivo , porque lo repito aquí) en mi Apologetico; a paz.59. 4num.1.ad 5.Vea- mos, pues, aora que es lo que el Reverendo Padre Olmo, infla consra la tal explicacion. Numero: 1. y 2. "9 Enelnmam. 1. notraht el Reverendo Pa- dre Olmo , cola que pida, ni neceísite refpuefta, pues folo dice , que entra en efta queftion con no- table gulto , movido de mi explicacion, la qual, "dice ¿le hizo norable diflonancia , y remirea la * diférecion del Leétor , el valoreár unas, y otras razones , para que en villa de ellas forme cabal didtamen: y yo tambien me remito, y ruego al . Lector ,quelas valorce , y hace una fupoficion, , Que no necefsica de Refpuefta. ¿e 9 Enelnum,2.pagin. 49. profigoe aísi,Digo, que el Reverendo Padre Torrecilla le empeña en probar , que dicha Conftitucion de Urbano Oc. tavo, nó es de valor, ni flubiiltencia alguna, muer- to ya dicho Pontífice, y para ello intenta eftable- cer , que aquéllas dicciones : Perpetunm, 0 perpe- 4uo; (de dicha Bula) No tran/cienden la vida de di- ebo Sumo Pontifice, y que habló como Doctor, d per- Joña particular, y mo como Pontifice , ilacion aun mas digna de eftrañeza,que fu interpretacion,pues por formal confequencia,le deduce una total abo- Jicion de los Privilegios perperuos de las Sagradas Religiones, y una nulidad manificita de muchas Bulas, o Conftituciones Apoltolicas , perteneciena tes d nueltra Santa Fe Carholica, y buenas coltum- bres , pues ño por otra razon, las confeflamos por Perpetuamente fubliltentes , y para fiempre valede- ras; y que losconftituentes , o declarantes habla. ron en ellas, como Pontifices de la Igleña, ino por contener las mifimas claufulas , y dicciones en nu. mero, que las que dicho Autor interpreta por tem. porales, y vitalicias, y como de perfona particu= . lar, y no como Pontifice. Vide Rodriguez,tom.1. quef.9.artic.1. mayormente al Eximio Doctor, y Venerable Padre Suarez , tom. 4. de Relig. lib. 2, £a4p.16. num. 5. Olib. 3.cap.4.d8.9. 10 Hafla aqui dicho Reverendo Padre Ol- Ino ¿la letra en dicho numero 2. pagin. 49. que es repeticion de lo que nos havia dicho, en fu Trata. do Moral, á pagin. etiam 49.numer. 1. Arlo qual refpondi yo'en mi Apologetico, (y lo mifmo refpondo 2012) a pag 63.4 n.2.4d 28.Lo que fe ligue. Ho e ELA ete + e Es? Seccion 3. ¿cercadel Articulo q RESPUESTA PRIMERA, 11 ] Reverendo Padre Olmo , mes nos voces diéteriolas., y mas apretar los puños , pues con diáterios no fe hace, ni puede hacer la demonfracion evidente , que Vuella Paternidad nos tiene ofrecida: (y yo deleo) Mas digna de eltrañezas y mas notable dilonana cia me hace a mi la inteligencia del Padre Olmo,4 cerca de lo que yo digo, y 4 lo que yo ordeno la interpretacion de las rales dicciones , como confe tará de las refpueftas á todo lo que fu Parernidad dice en efte numero, y aísi, yo tambien dexo ¿la diícrecion de los Leétores el valorear unas, y OTras razones. 12 Reípondo , pues, lo primero , que es fale lo el que yo diga, que en eftas dicciones , 9 clau. lulas : Perpetuum ,.0 perpetuo , hablo Urbano Octavo comó Doctor, 0 Juez, y mo como Pona tifice : porque el Padre Remigio , (cuya«es la relpuclta , que fallamente me atribuye a mi di- cho Olmo ) no funda en eftas claufulas el que hablo como Doétor, 0 Juez ,y no como Poñ= rifice, fino en aquellas : Lotum minime babuif- Je, nec ullo modo fuffragari potuiffe: En las qua: les , fegun dicho Remigio, Lumbier , y-el mif= mo Olmo , dio fentencia declarativa de nulidad, á cerca de todas las confesiones de los Religio. los , y Religiofas de todos los Reynos de Efe paña , que fe havian hecho en virtud de la Bua la , por efpacio de mas de treinra años , que hás vian pallado deíde la Bula de Clemente OGavo, halta la de Urbano O%tavo. De efta , pues ,fenten. cía , dice el Padre Remigio , que habló como Doétor , % como Juez , y no como Pontifice; y de eftas dixe yo, que parece lo han de decir todos aquellos que juzgan , que quando el Pon- tifice da alguna fentencia á cerca de las colas hechas , que ental cafo no fe dice ,quela dá en quanto Ponrifice, fino en quanto es una efpe» cíal perlona conffituida Juez de las-dichas cofas. A cerca de lo qual fe vea lo que diximos ¿ cerca de lo que dice dicho. Olmo, (en fu Tratado'Moral, (4 que nos remitia entonces, y lo omitió aqui fu Paser- nidad,quien Jabra el por qué) art.2.4 n.6.u/que ad* 13.) /upra (id ell en. dicho Apologetico)/e 4%, 24 So 2.4.133.4d 173. y feconocerá claramente la notable diffonancia,y mas digno de eftrañeza,de la inteligencia de dicho Olmo, RESPUESTA SEGUNDA. 13 Elpondo lo fegundo ,que no es me nos dillónante, timenos digno de eltrañeza,aquello que dice : Que por formal confe» quencia fe deduce una total abolicion de los privile gios perpetuos de las Sagradas Religiones, y una nu- lidad mamifief a de muchas Bulas , 6 Conftituciones Apofolicas pertenecientes á nuefira SansaFó y bue» nas cojrumbres,pues dice,que no por prra fazon las con-

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