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A numero 114 ad 1194" tra bl) que otra cófa, qué pueda infcriclo dela Bula Ucbana, de lo que dicen Leandro, y Lugo,y otros Autores, y de laíuplica de la Mageltad? Puesantes bien,de ella fe infiere a poferiori lo contrario. 1066 Aclte acrecentar cl Padre Olmo las co- las, que pueden hacer a Ín favor,o confrontan con lu dictamen , y difiienir las que no fcitan con el, no viene mal aquel chile, que fólía referis el doc» tiísimo P. Me Corres, de la:Sagrada Religion de la Compañia sel qual en cierto papel fuyo refiere lo e le gue. | 7 de Dice , pues , que cltando cierta Madre haciendo unas lopas, un hijuelo luyo la dixo: Ms x dre,para guienfon effas fopanzotas? Y refpondicn- do ella, paraárt, hijo mio: boiw 10 €l chicuclo a de- cir; Para mi fon efJas foponcitas? Apliquele,pues, el chifte el P.M. Olmo : bien es verdad , que el chicuelo minoraba llas lopas , que eraná fu favor, y acrecentaba las que juzgaba que eran a favor de otro , y que el P. Oimo lo hace viceverfa; pero tu delireza labra aplicarlo, de modo que venga bien: Afsiyo en mi Apologetico al fobredicho num. del P, Olivo, 4 Pag. 57- 44M. 229.40 241. y 1063 Y ¿loque añade aquí el Ei Olmo,digo: Que los Cámillarios Generales pueden el dia de oy lo miímo ,que podian antes de la. ral Conftiti- cion Urbaña ¿porque la difpoficion de efta fola era para el tiempo desgu vida, como lo tienen mu- chos, y graviísimos Theologos, que cite en dichio: Apologetico¿paz. So, 4n. 12.1. 4d 146. y Le pros bo alli del contexto de dicha Conllitucion y alsi dixoel Huftrifsimo feñor Araujo: Rur/us faves nofire fententie quod Conftitutiones Clementis, O Urbani,ipfis vita functisexpiravere. Y lo mit mo en fubltancia los demás cicados alli ; y, Confta de lo dicho arriba en la feganda relpuelta. Veafe también la tercera que fu dodtrina: le eltiénde a mas, ¿d e/Padbác viviendo el dicho Urbano VI. 1069 Y enquantoalo que pregunta elPadie Olmo,que a que conduce lo que yo dixe , que di= cho Padre llama alegato $ Vea las partes á que me refiero én la refpuelta primera,y Verd con que Oca- fion lo dixe, y lo que dixe : y juntaménte verá alli, fer falío aquello qué fu Paternidad dice , nempe, con tanta aprobacion. 1o70 En los numeros 112. y 113. tranícri- be dicho Reverendo Padre Olmo , lo .que yo dí- xe en la fegunda,, y tercera relpuelta : y en los i= guientes dice , que refponde a ellos. Pallemos, pues ,á ellos, y veamos que eslo que refponde? O por hablar con propriedad. (que dicho Padre no chida de elía, pues á las relpueltas no le tele ponde , fino que fe Infta contra ellas) Veamos,pues,que es lo que ' o illa. A a e FO M7. RAE RAE AE Part, Vis A 17r. v Npymero 114. ad 119. 1071 Profiguiendo el Reverendo Padre Ol Mo, pag. 48. num. 114» dice lo :que.fe Ggue : Pa, ra Telponder con fundamento, y adequacion,fu- povgo , que el año de 1660.07. de Enero, el le- ñor DomPedro Pacheco, Comillario. General de la Santa Cruzada ,efcribid uva carta al doctifsi. mo Padre Mendo ,(la gual pulo en fu Sratera, differt. 14. Appendix ad Bullam Cruciat. queft. 6. $. 4. paz. 436.) y en ella le cóniglta , y pide la parecer , a cerca de el punto: qué ventila- mos , ponderandole la mucha luz, que le ha dade para la inteligencia de las cofas de fu ema plea,el Tomo que dicho Auror dio a la Eltam= pa, de Bulla Craciate , el qual dice, tiene (ica pre alas manos, leyendole con mucho guíto , d¿cs Y entre eltas exprefsionts , pone en dicha carta lo que Íe (gue. : 1072. Enel num. 115: profígue lo dicho ,afsi: En loque toca'al punto de los Religtofos, por haver vi/fo el Breve de Urbano VIII. en que les probibe el fer abfueltos de cafos refervaados , Te. confiejfo aV. P.( aísi lo pone la modeltia delP, Mendo). que bolgaré vér eftendidos los favores , y Privile» gios de la Bula, por lo que pueden utilizar en el fubjidio temporal de fu, Mageftad”, que con tanto zelo lo aplica , y comfume en tan fantos fines, Oc. , , 1073, En el nqm. 116. profígue a/si: Ele es el fráginento., que copie de dicha carta, que le efcribió quince años. delpues de lamuerte de dix cho Sumo Pontifice Urbano VIII. Sentado elto, como verdad , ruego d mi prudente Lector, haga aora cargo de lo referido con la doctrina del R. P. Torrecibla , fobre que difcurre mi infubciencia,en eftaforma. - ! EL 1974 En el num. 117. profígue fu difcurfo afsi: Delpues de quince años , que murió Urbano VIII coníultó lo referido el Cómillario* General dela Crozada con dicho P. Mendo:(quien relpón. dió no fe conformaba, dc.) luego fue, porque ¿difcurria no podia interpretar, y declarar dicha Bula de otto modo, del que exprefso fu mente dicho Sumo Pontífice en ella. Aora digame elle Padre ,que Autores ha viíto , que. expreflamen= te digan ello , que nos refiere en ¿fte punto £De- me no mas que uno. Y de que clauíula de la Conke. ticucion Urbana infiere, que la intencion del Pon- tifice fue-excluir a los Regulares paralos relerva» dos, folo porel tiempo de £u vida ¿Todo lo que dice en elte numera es una evidente cranfgrelsión de la referida Bula. 1075 Enel num.118. profizae afsi: Mas: (1 la Bula Urbana no fg recibia'en Efpaña: (Cómo dice en cltotro namero:) luegono obligabi. La conte- quencia es innegable.en ambos Derechos: luego la dotirina que pone arriba, cs falla; y Ñ íubíitte, lo lerá eltorra del numero figuiente. 1076 . Enel nmm.119: profigue,y concluye afsi, P3 Mas: * a eli a o - Ne o q say E pá A AS 14

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