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Numero 111,112. y 113% Mota! , paz. 47. num, 26. Y 09 fe da por entendi- do de mis refpueltás, Mb las MENCIONA, porqué palmáriamente concluyen: coñtra dicho Reveren- do Qimo, 1051 nuarmente , QUe yo dot*trina mía, que Carifsimo Padre mio, confiello inge- me corriera , repetir alguna Vuela Paternidad Reverenda huvicffe impugnado, fin darme por entendido de fu impughacion , y procurar fatisfacer a ella; y aísi ellraño que V;¿P. renga tan poco amor pro- prio , que ya que repite dicha doétrina , fo pro- cure fatísfacer , O impugnar lo que yo dixe a cerca de ella. | y 1052 Y afsi me perfuado , ( y juzgo le per- fuadifa lo milino qualquiera que lea dicha fu doc» trina , y mi impugnacion ) que Vacía Paternidad Reverenda repirio la dicha doétrina , fin la tal y para qué 2 los Leétores, que la leyeren aqui fola, fin la refuracion, les haga al- guna harmonia lo que Vuella Paternidad refiere del dóftiísimo Padre Martin de San Jofeph. Vea el cutioflo mis refpucitas al tal numero, en mi Apologetico , 4 Pag. 55: d num. 217.,4d 228. y conocerá el fundamento de dicha mi per- fualion. imphgnac ión Numeros 111.112.y 113- 1053 Profiguiendo el Reverendo Padre Ol- moen cl na. 1114 Pag: 47: MOS FSPAEE lo que nos havia dicho en fu Tratado Moral , Pag.459-M.17. y añade algunas colillas , pondre primero a la le- tra, loque allinos havia dicho , (porque lobre ellas recañan mis refpuefias ) y. delpues lo que aña- de aqui, y estodo cono fe ligne. 1054 En dicho Tratado Moral, num.27. pag: 48. dixo dicho Padre Olmo, lo que le ligue : Y en razon de lo que el Padre Torrecilla alega, de la declaracion que dice, hizo el Comillarió de la Cruzada en Porrugal, 4 fiete de Marzo de 1630, (que tanto aprecia ) en que pot Ediéto publico ex- preíso , que todos los Regulares podian tomar la Bula, fin licencia de fus Prelados ," y elegir Con» feflor ¿ para abíolverfe de refervados , con gra- ves centuras, para que nolo prohibieílen a lus fubairos. Refpondo , que causo cila refolucion tan grave efcandalo eo Efpaña , que muy €n breve lle- garon las quexas ¿3 la Santa Silla Apoltolica ,con que inmediatamente (antes de los tres mefes, del- puesde dichoEdito) expidió (u Bula (a inftancias, de las Religiones ) la Sautidad deUrba- como confía , de motu proprio,Ó'c. quitan do a los Cardenales, Audito- res del Sacro Palacio, Legadosa Latere , alos Co- miflarios , y Nuucios la autoridad de poder hacer ralesrefoluciones , ni Interpretar dicha Bula, en contravención de lo ordenado €n ella. Vea fi hace fuerza elle apoyo, y tefolucion. Hafa aqui dicho Padre Olmo d la letra en dicho lugar. 1os5 Y aquiendicho num.1 11. (defpues de alteradas muchas claufulas de las dichas ) añade lo Part. VI. y súplicas no VIIL. tanagravante, Cruzada : Clon, 167 que le gue: Pues fiendo elto aísi, y que la con» trovería fe halla oy en ral poftuta, que los Comif=.. farios Generales , no pueden arbitrar, ni exponer, vi declarar cofaalguna , en contravencion de la * Bula ,á favor de la opinion contraria, á que fin fe produce el Edióto del Comiflario de Portugal? Puede oy publicarfe otro alguno de lu tenor , ni havráa Theologo envel Mundo que tal diga? Cierto es que no: Pues que conduce (BrAlegato , Con tanz ta aprobacion», quando bic.) Ó* nunc , no lufraga cola alguna ,ni para prueba , ni relpuefta de nuef- tro calo?> Afsi dicbo Olmo en dicho num, Pag..47- Pondré primero lo que refpondi al numero del Tratado Moral”, y defpues refpondere delte adi= to, yes codo como le (gue. RESPUESTA. PRIMERA. Efpondo lo primero; Que havicn- do yo dicho en la .relpuelta ter- cera á la Cobredicha objecion, n4m.84. ( pag.126. de las Prepofis. conden.) con Leandro del Sa- cramebro , y Lugo: que Urbano VIIL hizo la dicha Conftitucion , motivado de ladeclaración, que por Edicto publico , hizo! el Cowmillario de la Cruzada en el Révno de Portugal , (junto con la pretenfion de los Religiofos , que le ex- prefla en ella) y que por ello les quitó a los Comillarios de la Cruzada la licencia de inter- pretar , y declarar de Otro modo la Bula de la y de ai formo yo un argumento, contra lo que loscontrarios alegan. No se cier- to, con qué fundamento , el Padre Olmo me atribuye aquel , que anto aprecia y que 110S pO- ne entre parentelis: y fino mucítrenos de que lo infiere? «1057 “Y fiacalo es, porque en el mm. 29. (pag. 119. del dicho Tomo) referi la dicha declara- a. refurando una inftancia de los contrarios? Para efto venia bien alli, y mas precediendo la prueba del mum. 28. y lo que dicen Baíilio Pon- cesuy Valero, y figuiendole deípues un 4fgú- mento eficaz de Caltro Palao': con que no aca” bo de penetrar , de donde , cómo ú por que puéx da iúferir dicho Padre, lo que dice en dicho pas rentelis. 1056 RESPUESTA SEGUNDA. 1058 Poe lo 2. Que dicho Urba- q no , por fu dicha Conftitucion, folo les prohibió a los Comiflarios la licencia de interpretar , y declarar de otro modo fu mente por el tiempo de lu vida : porque Lu intencion fue excluir por el tiempo de lu vida a lós Regulares, del indulto de elegir Confellor,para los relervan dos , como. veremos en el iguicnte parrafo ;con- que muerto eldicho Sumo Pontifice Urbano, y concediendoles los demás Pontifices , [ucceflores, al dicho Comifíario., lin limite alguno , fu facul= tad Apoltolica para revocar todoslos privilegios, que
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