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Número 104.ad 109. de alguna familia tomaba la Bula,debicra hacer di- ligente inquificion del eafo, y hallando culpados a los Prelados por hagerlo prohibido, ( y lo mifmo deberá decir , filo buvieferbecho, por baverles in- timado fer irritas y mulas las confefstones becbas en virtad dela Bula contra fus Conffituciones) prace- der con autoridad Apoftolica contra los rales Pre- lados. Refierelo Diana, part. 1.tr.11.ref.99. Afsi yo ala lesraen el lugar citado. Veamos , pues, a0- ra, que eslo que nos dice'aqui contra lo dicho, y el modo. , 0 términos con que lo dice. 1035, El Reverendiísimo P. Olmo , en los nu- meros 101. y los tres iguientes,pag.45.tranforibe lo que yo dexo dicho , 4 num. 1031. 44 1034. y exordia la tal cranferipcion con los terminos que fe Giguen.E Profigue el doétifsimo P, Torrecilla, y en la pag.54.num.13. dice,con mucha maduréz, y difcrecion, lo que propongo, atiendalo el eurio- fo, por digno de efculpirlo ren. l3minas de brohce. Aísi dicho doctifsimo P. Olmo, Dexo 3 la confide= racion de los prudentes Lectores , la ponderacion del tal ironico exordip. 1036, Defpues de la trafcripcion de dichos mis numeros , profigue dicho Rmo.P. Olmo,num, 105. pag.46.como fe figue: [No duda culparán los doétos , me embargue en refponder lo referí. do5 pues afsi como no era razon ponerld' en pú- blico, menos ferá , para que pueda dar cuidado, sic. ] Afsi dicho P. Olmo. Padre carifsimo , tan bueno es elto como el exordio , lo qual juzgarán los doétos , y cuerdos. Dexe V.P. Reverenda di- chos modosironicos, y baldonicos , y veamos ló* que tiene que inítar contra lo dicho, O lo qué ref. ponde a ello, 1037. En dicho num.s. y en el 6. defpues de otros terminos ejuídem farivz , (pues dice; Que reirán infinito los doctos lo que yo dixe alli ; Que es notable arrojo el mio)pondera mucho los Ellaturos de la Órden de la Oblervancía , alsi los gentrales, como los municipales de las Provincias:y con mu- cha razon, porque eftan hechos por doctiísimos, y gravilsimos Padres , y doétifsimos Theologos , y con fanto zelo de confervar la pureza, y mayor perfeccion del Eltado Serafico, 1038 Todo lo dicho es muy bueno yy afsi lo conozco yo: pero yo no me opongo ( ni Dios lo» permita ) alos dichos Eltatutos ; antes bien fiento fon dignos de toda alabanza por fu buen zelo, dic. Pero nada de elfo fe opone aldo que yo digo 5 por- que eflos Eltatutos, aunque gflan hechos en virtud de los privilegios de Sixto HI Inocencio VUIRAle- xándro VI. Julio 1]. Leon X..PiaV. Clemente VIH. y Urbano VIIL Pero fi defpues de todos el- fos privilegios , por las concefsiones de 14 Bula de la Cruzada hechas por los Pontifices polteriores a Urbano VIH; fe concede generalmente 4.todos los Fieles (mullo excepto) que tomaren la Bula'el privilegio de elegir Covfeflor , que les abínelva de los refervados , cómo coníta de la miíma Bula de Is Cruzada. A cerca de lo qual le vea nueltro Apo- logetico,a pag:5. 4 mum .ad 11. f/0a ad 47. 167. 1039 , Y (itodoslos privilegios de los Póntiña C€s anteriores los revoca con autoridad Apoftolica el Comillario de la Cruzada , durante el año de la « Bula, porque no fe impida fu expedicion: y tur pendidos dichos privilegios, y todas la faculra. des,que obítan al ufo de lá Bula, queda eo ipfa fut pendida la facultád que tenian los Prélidos pot orros Póntifices anteriores , BBmño queda dicho de riba; como han de fer irritas, y nulas las confefsio. nes , que fe hicieren en virtud de la Cruzada, con: cedida por lós Ponrifices polteriores d Uihaño VIIT. v, gr. pós la concedida por IMacencio XL. y por la concedida por Clemente XL. que by govier. na la Iglcñia? i ; 1040 : Y i elto lo: faben los fubdicos de la Sas grada Religion de la Regular Oblervancia ; como tan doétos, y vea, que los Prelados de la Reli gión, no obítantelas tales Conftituciónes , no les impiden el tomar la Bula;que motivo pudieran te. ner para recorrir con quexas pertenecientes al pun- to 4 los Señores Comillarios Generales de la Cruz zada; y no haviendo havido recurfo a ellos,nimo. tivo para poderle hacer; pues por las tales Contbiz tuciones no le les impide el tomar la Bola y la tos man no obltante ellas ; Que mucho, pues que dí= chos feñores Comiffarios nunca hayan embara do , ni embaracen Le lean las tales Conllizuciónes cuas: Í ide ici a no , par cllo fe impide la expedición 1041 Enel nmam.1o7. tranícribe lo que yo dis xe arriba en el num. 1032.contra lo qual dice diz cho referido P.Olmo alsi;Miren,por amor de Dios que centon,y que a mal tiempo. (afsi tu P.linda cof) Y defpues profigue:Que por ef)o pufa con mucho cár. dado las Bulas de los Pontifices,a favor delas Relio gionts Mendicantes , y no Mendicantes., e, 1042 bien; Pero (1 deípues de todas ellas Bus las, los Pontifices polteriores a Urbano VIIL con. ceden la Bula de la Cruzada ¿todos los Fieles que la comaren , que puedan elegir el Confeflor que quifieren de los aprobados por el Ordinario que les pueda ablolver de los refervados , como en ella miíma [e exprella ; y el Comiflario General de 14 Cruzada ,con autoridad Apoftolica, revoca por aquel año todos los privilegios, porque no fe im= pida la expedicion de la Bula:y fi revocados 5 més pendidos los dichos , no pueden los Prelados coh propria autoridad limitar las concefsiones de los Sumos Ponrifices polteriores ¿ Urbaño; y, gr. las concelsiopes hechas por Inocencio XI, y por Cle- mente XL. y que para que lo pudiellen hacer era necelfário , que los miímos Inocencio, y Cleiids te Al. fe la concedicllen ; porque li Ros no hh limitado los privilegios de la Bula de la Cruzad: ni dán facultad a los Prelados Regulares para le mitarlos , no pueden los tales Prelados edo t: f fa , O limite en lo que dichos Dóntifice . , , Qué HE Pes | ces COances ea! Calo , que el Padre Olmo nos ponga con mucho cuidado las Bulasde los Ponti- fices auteriores, a favor de las Religiones? er- go , HC. ' En

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