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Numero 100. Relpondo , que me'doy por citado ; y efpero en Dios veremos , lo mucho que fu Paternidad ade» lanta lo que nos dixo en dicho fu Tratado Moral, y lo inexpugnable , y convincentes , que ferán las initanclas de dicho Padre en dicho Ár£ic. 10. para que me cita. 7 RESPUESTA QUÁ RT A. Ala Autoridad del P.Mendo. Or no dexar fin refpuelta cola al- guna de las que nos alega el Padre Olmo, quiero refponder ¿la dicha Autoridad. 1016. Reípondo , pues, que yo Venero muy mucho la gran autoridad del Reverendiísimo , Y Doétifsimo P. Mendo : pero no veo , porque no pueda decirfe , que la autotidad del Dodtifsimo Bafilio Ponce elte por la cercera fentencia: porque fidicho Bafilio Ponce llevó la tal fentencia antes de la Coníticucion Urbana, como lo teftifica dicho Doctiísimo Mendo; tranfcripco arriba, m4m. 993. y no ha retratado la ral fentencia defpues de la di- cha Conítitucion Urbana,porque murio antes que elta laliciie a luz. Dedonde puede inferirle , que no clte por la tal fentencia: y que fila huviera al- canzado, no le mantendriá ea cl miímo diétamen: pues defpues de la dicha Conltitucion Urbana lle- van abfolutamente la miíma fentencia Acacio de Velaíco-, Araujo , Junipero de Trapana , con ca- torce Calificadores del Santo Oficio , que le fubí- criben, Filgueras tom, 1. de Suma, traéh.8. cap. 9. art.4.y otros muchos , que le refieren en mi Apo- logetico, ¿Pag: 3. d Mm. 2. 44 20. y aqui en elta Seccion 2.4 num. 497- ad 504. fin orros muchos, que la dán por may probable , o a lo menos por probable , y que no fe puede negar que lo (ea, citadosalli, y en otras partes de elta Seccion. De donde, pues , le puede inferir , que dicho Baíilio Ponce , fi viviera , delpues de la Conltitucion Urbana , mudaria de fentencia, y no fe manten- dria en la que tan exprofeílo hávia defendido , y era de lu diétamen? 1017 Y mas diciendo el Doétifsimo M. Pra- do, ton. 1. q4eft. Moral. cap. 6. de Bulla ,quef. s. mum. 28.pag. 275. hablando con dicho Doctil- fimo P. Mendo (y no citando por la dicha lenten- cia , los que yo citaba ex Moya, y por haverlos yo vito los muchos que llevan la tal fentencia ablo- luramente , niotros muchos , de los que la llevan por probable ) lo que fe figue. ; 1018 ,, 1 Hlam opinionem efle improbabilem ypenicos , non audco alferere. Primo propter tot y gravifsimorulm Doctorum authoritatem : quos non video quo jure dicat Mendus , 2. 142. non ,, efe ex celebrioribus in Theologia Moralí. Sed ,, forte non vidit tot , quos nos congefsimus: nec ,, qualitatem corum atrendic. Parum etiam referr, ,, quod dicar plures sion (cripite polt Bullam Ur- ,, bani Oétavi: quía, £ non pauci polt illam [crip- ,, ferunt : 8 in fublitancia idem decreverant alíl ,, Pontifices, 8% pracipue Clemens Otavas, cujus 1015 18 ,, Conftitotionem innovat Urbanus: unde , quo ,, 3d hog', opinio , que illo tempore erat probabis ,, lis,modo eandem retiner probabilitacem, | 4/3, y bien dicho Prado. 1019 De donde el Curfo Salmanticence, tom. 4.1r467.18. caP.4. $.7- num.99.pag.mibi 543. del miímo modo cita por la dicha fentencia , delpues de la dicha Bula Urbana, al Padre Baíilio Ponce, que efcribio antes de ella , que al Macltro Araujo, que efcribió defpues de ella, ibi : Autores pro hac Jentensia funt plures , O gravifsimi. Bam tenent M. Araujo , M. Pontias locis proxime citatis, Teo Y con eíto paflemos 4 otros numeros. A Numero 101. ad 109. 1020 Proliguiendo el R, P. Olmo , delde el mum. 101. halta el 109. 4 pag. 47. refiere algunos fragmentos mios , con los terminos que Veremos, y refponde á ellos lo que tambien veremos : pero porque omite muchas cofas , fe las tranícribire yo ¿la letra, y lo que havia dicho, dicho R.P.Olmo, y el motivo de elto , lobre lo qual apelan dichos fragasentos, para que fe conozca mejor la Religior la contefania de lus terminos, y la eficacia de lus" relpueltas, y es todo como fe ligue. 1031 En mi Tomo de las Propoliciones con- denadas , conf. 6. numer. 29. Pag. 119» dixe yo: Antes bien dice Balilio Ponce , que el fupo , que el Comiffario de la Cruzada reprehendio grave- mente al Prelado de una Religion, porque dixo en Capitulo , que no quería, quela Bula aprove- chale 4 fus Religiofos para elegir Contellor. ( Reficrelo nueltro Murcia, que vio-exprofeflo la explicacion manufcripta de la Bula de la Cru- zada, del dicho Bafilio Ponce , en fus Selectas, pagin, 373.múmer.8.) Y Valero citado por Dia- na , part. 1. tract. 11. refol.14. dice : Lntellexi enim quofdam Pralatos a Commijfario Bulla re- prebenfos fuiJe fuper boc, Te, d 1032 Acerca de lo qual, el Doétifsimo P, Olmo, en lu Tratado Moral , p4g. 47: 04M. 25. dice lo que fe figue: Y en quanto a lo del P. Vale- ro no hace fe en Derecho ,pues depone de oidas. Y alo de la reprehenlion , que no prueban , pre- gunto ¡Es culpa arreglaríe los Preladosa lo dif- puelto por tantos Somos Pontifices , que han de- clarado ex Casbedra, que las confefsiones,E COMA travencion de fas Conttituciones, loo Irritas,y nu- las? Scis veces, el menos, advierten el punto los Prelados Superiores de la Orden de San Eranciíco á lus fubdicos en Comunidad plena,y jamaslo han embarazado los Señores Comillarios Generales de la Santa Cruzada. Mucho ofende lu gran jultifica- cion , y fánto zelo , quien tal dilcurse.. 4/98 dicho P. M.Olmo. Acerca de lo qual dixeyo, lo figuien- te, en refpuefta á dicho Padre en mi Apologetico, 5 Pag. 54. 4 HUM. 206.44 216. 1023 Yenquanto 4 aquello querdice : Que el Padre Valero no bace fe en Derecho, pues depone de vidasidigó, que para conos qué efcribimos in c
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