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se ) . 7 Y lo tercero : porque la expreísion de aquello quejure ineff8 , no obra cofa alguna, pa cap. Significafii , de Elec. leg. 3. f.de Legat.1. , leg. Que extrinfecas , de Comdis. O" An , porque aunque no fe cxpreitalle, jure fub intellige- batur ¿como de fuyo parece elaro : Sed /íc efh,que - feewn difpoficion del Derecho , los Religiofos , Y Rolicioía, de qualquier Orden que (ean, folamen- te le pueden confellar con los Prelados de fu Relí- gion,0 con losConfeffores que ellos tuvierewapro- bados para que les confiellen , £x c. Si quis, de Per- nitent. O remifs. O ex Clement. Inter cuncias yde Prívileg.luego las dichas Confticuciones, que pre- cedieron , y con muchos años a la concelsion de la Bula de la Cruzada , nada obran en orden á efte puntó, mas que lo que por Derecho les eftaba pro- hibidoá todos los Religiofos , y Religioías : Sed fis efi ¿que el Privilegio de la Bula de la Cruzada, es excepcion,y exempracion del Derecho Comun, como fe dixo en nueítro Apologetico , 4 pag.32. 4 mam. 36.4d 45.4 pagin.190. 4 Num. 109.44 128, y en orras partes :€rgo,ác. ¿ » 914 Y es de advertir aqui, que dicho Reve, rendo P. Olmo , en efta fu Re[puelta Apologetica, ag. 38. mum. 841. nos refiere la Bula , que expidió be IV. elaño de 1560. á inftancias del Reveren.. difsimo Padre Fray Franciíco de Zamora, y nos la pinta muy de diverío modo,que nos la havia puef. to enfu Tratado Moral, reconvenido , y recon. vencido de lo que le dixe fobre ello , gn nueítro Apologerico ,a pag. 366. 4num. 146. ad 153, Viás ibi. . 3 915 Debaxo del mum, 83. 4 pag, 39. dicho Reverendo Padre Olmo nos tranícribe ala lerraá roda la Bula de Urbano VIII la qual nos tranícri- biéron tambien á la letra , primero que dicho Re. verendo Padre , el Padre Fray Martin de San Jo. feph , delpues de la expolicion de la Regla, á pag, mibi 489. Diana en las Adiciones fecundarias, á la primera parte, d pag. mibi 392. Mendo, dif- put. 24. cap. 12. a pag. 228. Tamburino , de Jure Abbatúm , tom. 2. dif. 13. quef. 12. y Geíualdo de Palermo, en íu primer Tomo,a pag. 303. Efolo adverci en mi Apologetico , pagin, 51.20%. 179. porque tuviefle entendido el Re- yereodo Padre Olmo, que podiamos haver viíto la dicha Bula, antes que fu Paternidad Re. verenda nos la tranícri- : biele, , Seccion 2. ¿cerca del Articulo 2. A numero 84. ad 90, 916 Profiguiendo el R. Padre Olmo, ¿mus mer, 84. ad 90. pag. 41. y 42. no trae en ellos cola que merezca , ui pida refpuclta; porque folo pone diéterios , y picones, de los que ¿cola tumbra, 917 En los mameros 86. y 87. refiere lo que queda tranícripto arriba num. 909. y 910. pero no refponde a lo.que alli fe le objera, y le prucba en los numeros tranícriptos 911.912. Y 913. pta ro que puede relponder acllo , fi es cerriísimo, que las Bulas Pontificias , que le expidieron mu. chos años antes , que le huvicTe concedido la Bu= la de la Cruzada, (y que nos las refiere el Reverena do Padre Olmo , folo por hacer bulto de muchas Bulas) no hacen ad rem , de la queltion que [e ven= tila , como alli le probo , y es conflante de fuyo, y Lolo dá por refpuelta á ello algunos picones, y decirme: Mire amis canas, y ami Religiofoc fado, Mi Reverendo Padre Olmo , fi yo no mirára ami Religiofo eftado , fueran de otra calidad las ref. pueltas , fegun los quemazones con que vucila Pas ternidad Reverenda me provoca ácada palo; pero atendiendo a el , he templado, y templo la pluma, quanto me hafido, y es poísible, como lo cono- cerá el que fin pafsion huviere lcido mi Tomo , quarto Apologetico , y leyere elte lexto , pues lo mas que podrá hallar en ellos , es bolverle al Res verendo Padre Maeltro Olmo los miímos termi. nos de que ufa fu Paternidad Reverenda contra mi, y contra otros , para que vea en ellos miímos file fon fabrofos ,0 no? Y pues dicho Reverenda Padre me llama Viejo , (y conficflo que lo Loy) me dice mire amis canas , pudiera fu Paternidad Reverenda atender á ellas, para no provocarme tantas veces con lus diéterios , y picazones ,á que le refponda contra mi genio , (como confta de mis elcritos , quando no elcribo provocado) á refpony derle lo que no quifiera. 918. En elnum, 9o. pagin. 42. no hace mas ' que multiplicar otras voces diéteriofas, porque, dixe yoen lo tranfcripto arriba, num.915. que la Bula Urbana nos la trafcribieron á la letra antes que fu Paternidad Reverenda, Martin de San Jo=' feph , Diana, Mendo, Tamburino, Jefualdo , Ga reparar ,que el unico motivo fue ,-el que dicho Reverendo Padre Olmo , tuviefle entendido, que podiamos haver vilto ladicha Bula, antes que lu Paternidad Reverenda nos la traferibicie. 919 Y para dicho motivo fuy provocado de dicho Reverendo Padre Olmo , no una , lino va. rias veces en lu Tratado Moral : phes lo primero, en la pag. 119. mamero 10. nos dice : Si huvies ran vijio , y regifirado las Bulas , que dexo ale gadas , ballaran , Tc. Y mas abaxo: Si no/2 leen las Bulas, mife ban vito , cómo fe puede affeves rar fucontenido? 920 . Enla pag. 179. mum. 1o. nos dice, ha- blando con los Autores de la tercera fentencias que
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