BCCMAS0001-15-E-1400000000000
Numero 62.63.y 64: 1143 mis refpneltas ¿ Í qué elto es muy ordinario endi- cho R. P. Leétor General ) no debio de tener que inftar contra ellas, á lo menos nos da fundamento para que lo prelumamos afsi. Veafe lo dicho en nucltro Apologttico,4 pag-45.4 1.142. 4d 146. y 12.47.1350» 151.) 152. A 3 e Añado ce que el P.Remigio , figuien- do fu didtamen, podrá decir : que Urbano VIH. en as dichas dos clanfulas, en que fegun Lumbier, el PadreOlmo,y Remigio declaro nulas las confefsio- nes hechas defde Clemente Vil. Non edidit Decre- tum pro univerfali Eccleffa: pues no hablo en ellas con los Seglares de la Iglea: /mmo,ni con los Cle- rigos.Seculares de la Igleña : [mmó ,ni con todos los Religiofos, y Religiofas de toda la Igleñia; pues no habla con los Religiofos, y Religiofas de Eran- cia, Alemania, Polonia, Venecia, Saboya, Genova, Roma, y otras muchas partes en que no hay la con- cefsion de la Bula de la Cruzada ; [mmo, adbuc en aquellas partes enque hay el tal Privilegio de la Cruzadasno habla con todos los Religiolos, y Re= ligiofas de dichas partes; fino folo con aquellos, que en ellas hicieron confefsiones en virtud de la tal Bula en dicho tiempo. 827 Y en mi fentir no hablo tampoco con los Religiofos, y Religiofas de dichas partes ,que ha- vian hecho confeísiones en virtud de la Bula de la Cruzada defde el tiempo de Clemente VUL fino folo con los que havian hecho confefsiones en vir» tud de la dicha Bula , en aquel año del fegundo quinquenio de Urbano VIII. ú de la fegunda con- ce(sion Urbana de lá ral Bula de la Cruzada y; que ferian muy pocos , y quizás ninguno : luego mal £c podrá decir , que en las dichas dos claufulas dió Decreto prounimerfali Ecclefía ; pues habla con muy pocos , y que quizás no havrá alguno com- prehendido en ellas, Véafe lo dicho arriba, a 24m. 65.44 772. : 328 Añado tambien aoralo 2. Que aquella claulula: /n maximum Patas , O" regularis ob/er- vantie prejudiciam,cta en la narrativa de la Conf- tirucion Urbana, $. 2. ¿in fime y y no on palabras del Pontifice , fino de aquel ,u de aquellos que le informaron , ibi: Nibilominas , Jftewt mobis , non fine animi moleítia innotuit , nonnulli ordinis, Oc, Profigo, y concluyo ; Sed ficteff , queno fe ha de atender a las claufulas , que eftan en la narrativa, lino folo-4 las que le ponen en la difpofitiva , co- , mo fe dixo arriba, num.776. y fe probo difulla- mente en mi Apologetico, 4 pag. 181,4 num. 41. ad 47. Veale tambien, ibidem, a Pag.21 1,4 name. ro131.4d 135. y pagin. 215. nm. 157. Y 158. ergo, Bic. 829. Enel nam.64. pag-34. nos buelve ¿repe- tir elR.P,¿Olmo, lo que nos havia dicho en los num, 51.y 52, pag.3 1. conviene a laber, el efirañar ma- cho, que yo no buviefJe ballado la imprefsion 13. de Remigio , y que efefe retrato : (que en cíto de re- peticiones, tiene gran facilidad fu P. R.) Pero a cerca de effo, veafe lo dicho arriba,4 num. 654.44 678. Y veale tambien el 942.723. Po 830. Y enel fin dedicho m.64.añade dicho R. P. Olmo, una de las arrogancias que acoltumbra,y quee fon ran familiares; pues dice: Que mo podré evadirme(con el pretexto de Remigio)de los fobredi= chos ineluctables argumentos, que quedan referidos; Miren,por amor de Dios,los inteligentes, es bata ro la tal arrogancia? Y pouderen jultamente,lo ine- luétable de los tales argumentos! Eltraño modo de hablar! Y masrecayendo,como recae , lobre argu- mentos emnino futiles,como qualquiera conocerá! Y con elto paflemos al num.65. y 66. Numero 65.y 66. 831 Profiguiendo el R.P.Olmo,en el num.65. 4 pag. 34. nos repite lo que nos havia dicho en lu Tratado Moral, pag.32.um . 10. que á la letra es como fe figue. 832 Intenta reforzar fo doétrina el R.P. Tor- recilla,(la deRemigio debiera decir, fi procediera con la legalidad que es razon) y en el n.63. dice: Y que el Pontifice haya hablado,no como Pontifice, fino como Doátor,o Juez, parece lo han de decir todos los que juzgan, que quando el Pontifice dá alguna lentencia,a cerca de las colas hechas,que en tal can lo no fe dice,que la dá en quanto Ponrifice,fino en quanto es una perfona particular. Afsilo tieneCal- tro Palao,$o0m.1.trad.4.difp.1.punch.s.$.3.M.1. y dice ler doétrina comun , y cierta , apud “omnes. Ha: Torrecilla. Pero (falva pace) no juzgó del ca- lo la inflancia ; porque el P. Palao dice muy bien, mas es diverío el alumpro; ló que dice es; Certam ef apud omnes, Pontificem ex malitia,vel iguoran- tía errare poffe,in fententia aliqua ferenda circa res gefas;potefi enim innocentem condemnare,O' reum ab/olvere; neque enim tunc dicitur Pontifex,quate- más talis errare , fed quatenús ef quedam Jpecialis perfona. Hec Palao. 833 Aísi ala letra el R, P. Olmo en los luga- res citados; y en elmum.66 pag.35. de elta lurel pueíta Apologetica , refiere parte de mi refuracion alo dicho: (que dicho R.P.llama refpuefta,confun- diendo lo uno con lo otro, haviendo , como hay, fuma diferencia entre: refutar una doétrina,'0 propoficion, y relponder a ella,como todos laben) Pero para que le vea mi refutacion , y Campee mas lo que defpues dixere contra ella dicho R¿P, quie- ro tranícribicla á la letra,y fue del tenor figuiente, Refutafe dicha evafion. A 834 Ice el P.Olmo, que dicha mi inftan. D cia noes del cafo; pero no prueba por donde no fea del cafo , fiendo aísi ¿que (u Pa- ternidad nos dice en la pag.82.1um, 5. que no balta decirfe,fino fe prueba,y alega para ello un texto de el Derecho Canonico, y á una Glofía, otro del Ci- yil,y ¿Felino, Jaflon,Parifño,y Menochio . Pero ya que lu Parernidad no prueba por donde mi inftan- cía no fea del cafo,quiero yo probarle que lo es , y muy mucho. Con,
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz