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110 4 laverdad ¿ni el Pa Remigio dice tal, ni aun lo infiniza. Es verdad clto que V.b. dice,d laverdad? Es elta la legalidad , que V.P. nos ofrece en fu Prologo (del Tratady Moral) en referido tocante á efta celebre difputa , o lo que los Autores dicen á cerca de ella? Yo no secomo le entienda, ni de- “amos entender aquella legalidad 4 que V. P. nos promete alli,pues la excc vcion es a cada paflo,con- * eraria á ella. 0 "636 NiV.P. lenta , ni puede fanear efto con aquello queañade , como confta del tomo que;ci- ra y imprello año de 1672. impre/sion 13. porque Antes bien;efto es otro nuevo defeéto de legalidad; por que preganto : Donde cito y prello año de 1672. imprefsiom 1 P..en mis Obras la tal cita. 637 Aditho Remigio le cito yo en dicha con- fulra 6. pag.116. num.8. de ete modo, y con eftas « palabras. La miíma fentencia tiene Remigio en lu Suma dea folio , imprefsion quarta de el año de 1653. tradt.5.cap.s. $.4. 0M.5. p28.286. Ten la paz. 288, 9.El Padre Leandro dice , Oc. Diganos V.P. aora, en que orra parte de mi tomo le cito yo ¿como V. Pa dice que le cito ? Y fi no putde moftrarlo , como.es ciérto que no puede , porque tal cita no fe hallaráen mi tomo,buelvo a pregun- tar :eflo no €s querer pretextar, O encubrir un de- feGto de legalidad , con otro legundo defedto ejuf- dem fárine? 638 Cierto, que he hecho quantas diligencias he podido por encontrar una impresion de dicho Autor del año de 1672.¿mprefsion 13. y no la he podido defcubrir : porque aunque la he encarga- do 4 Don Pedro de Leon, (por haver fu padre im- preílo varias veces la dicha Suma) que me dice le ha imprello mas de veinte veces el tal Libro, no ' ha podido tampoco dar con ella: y cierto que me holgára encontrarla ; porque por las experiencias ne tengo de femejantes faltas de legalidad en .el Tratado del P; Olmo , me fofpecho , que en ella havia de hallar nuevo fundamento, para apoyo de el tal defedto. 639 Pregunto mas al R.P. Olmo: Si Remigio no huviefíe dado la tal refpuelta , que me:acumula que yo le finjo 54 que fin pudiera yo ordenar efo, 9 que motivo podia yo tener para hacer ella falía fopoficion > Yálo dice clarito el P. Olmo: y que talqueestl? Yálo veremos. en fu tercero dicho; pero primero es menefter, qué veamos el legundo, al qual ya palo. 3. Mucítrenos V. DICHO SEGUNDO, LR.P. Olmo, depues de haver di- cho lo que fe figue; Y refpondien- doáun argumento, dice tl P. Torrecilla en el num.62. Acfe argumento re/ponde el P. Remigio, que Urbano VIII. en dichas clanfalas , wo bablo co- mo Pontifice difiniendo , fino como Doctor, lo qual Jorenta probar , y aprueba mucho. 641 MiR.P.Olmo ,lo que yo digo delpues 640 7 y P 8 A > E A PA EDO E II se Seccion 2: cerca del Articulo 2. o el tal tomo,im=, «de las dichas palabras de Remigio , ts lo quefe f- gue; Y que el Pontifice en dichas clinfulas no ha- ya hablado como Pontifice , fino como Doétor , 0 como Juez , que juzga de faéto fecundam opinio- nemprivatam , parece lo han de decir todos aque- llos, que juzgan que quando el Ponrifice dá algu- na fentencia a cercade las colas hechas, que en tal cafo no fe dice, que la da en quanto Pontifice, fino en quantoes una cfpecial perfona conítiruida Juez delas dichas colas: y para cíto cito a Palad, que dice fer doétrina cierta , apud omnes , Y paz ra lo miímo cito a Suarez , Covarrubias, y Cafe penfe, 642 Mora, pues, pregunto al R.P.Olmo : Es lo miímo decir yo , parece lo ban de decir todos aquellos, Úte, que aprobar yo mucho la dicha opi. nion de Remigio? Aquel parece, con que yo habio, es'aumento de aprobacion , ú diminucion de clla? No creo puede hacer razonable juicio , de que el tal parece es aumentativo de aprobacion , (ino n= tes bien , diminutivo de ella: y £ juzgare, como dá entender que lo juzga, O por mejor decir, co- mo lo exprefía, diciendo , y aprueba mucho , le rei» rán los do“tos de lu diétamen. 643 Y fino, infto aísi al P.Olmo : Quando fu Paternidad profiere una propoficion en el Pulpiro, de aquellas que no fe pueden proferir abloluta- mente , porque ferian dignas de delatarle , dichas ablolutamente , y para eximirla de elle peligro, la dice con la limitacion del parece,es aumentativo de aprobacion, O abres bien, diminutivo de ella? 4 Creo dirá efto ultimo; porque lo contrario tendria mal labor en tal caío , fi la tal propoficion le apros balfe , y le aprobafle mucho. Saquefe , pues , el Pa ¿Olmo la confequencia , y verá, que en lo que yo dixe no apruebo mucho la tal opinion del Padre Remigio, 644 Y fi contralo que yo dixe , de que en las dichas clavfulas , reftriétasa la fentencia de nulidad , que da el Pontifice Urbano VIII. a cer- ca de las cenfefsiones , que fe hicieron defpues de Clemente VIII halla la data de dicho Breve de Urbano, como lo Gente , no folo el dicho Rex, iigio , fino tambien el Padre Olmo , y Lumbier, (aunque yo, á cerca de efto, expreflare lo que juzgo , quando ponga mi fentir) parece-lo han de decir todos aquellos , Ec. tuviere algo que alegar , y le parece no fer defenfable en aque- “los terminos , produzgalo , y le le refpon- detá. DICHO TERCERO, 645 Rofigue el R+P. Olmo, y afsignan= ' do el motivo, que yo pude tener en imponerle(o fngirleJalP.Remigio dicha refpuelta, de la qual dexa dicho: Que el P.Remigio,ni dicetal, vi aundo infinza , dice lo que fe (gue. El tal argumento fe funda en unas claufulas de la Bula de Urbano: I /pecala (de que muchas vetes,y exprofeffo trataremos) con tal fuerza , que le hace "ie

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