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112 en confirmacion de fa fentencia , por ter los tales eliraños de ellos nusltros Reynos ; pero de la (ufi= ciencia, y literatura de ellos confta claramente por la autoridad del Santo Tribanal de la Ioquilicion, del Reyno de Sicilia,que los ha admitido, y fe vale de cllos pará calificar los dichos , y hechos contra Ya Fe, y mas quando exprellamente elta difpuelto Felte Santo Iribunal de la Suprema en Efpaña, a quien eltá fujero el Tribunal de Sicilia , que los Calificadores, para lerlo, hayan de haver leido Theología doce años, como lo teítifica Machado, tom.2.1ib.4 part. 5. tradi.2.doc. 13.1. 4- y citad Roxas, y ¿Diana , y dice que coníta , ex /peciali conftit. 6. Aprilis 1627. : 566. Y alsi vemos , que el doctifsimo Moya, nofolo cita a dicho Junipero de Trapana , fino tambien ¿los tales catorce Cáificadores, nm. 18. pagin. mibi 341. y lo miímo Diana, part, 11.tr . ¡6urefol, 37.$. Et tandem , pogin. mibi 312.Vi- deillos, 0567 Y fe puede confirmar afsi : porque (la voz , y fama publica induce fcientia , como con Jofeph Ludovico ,Maícardo , Menochio , y Juan Pedro Moneda ¿lo tiene Don Antonio de Dueñas, en lus Axiomas, y lugares comunes de ambos De- rechos, list. S. fub num. 3. por qué no ballará el rteltimonio , OD autoridad del Santo Tribunal de la Ioquificion del Reyno de Sicilia,para que nos per- fuadamos teneflos dichos catorce fugeros baltan- te ciencia, y literarora, para dar probabilidad a fu diétamen,pues les ha admitido al minifterio de cas lificar los dichos,y hechos contra la Fe? ergo,3c, y + Numero 44. 568. Profiguiebdo el Reverendo Padre Olmo, en el mum. 44. pag.229. alega al intento miímo una. autoridad de Juan Oven, lib.2 Epigr. 43.1la ¿qual como del miímo Padre Cardenas (aunque no le cita, fu Parernidad fe labra por que ) cl qual Pa. dre Cardenas,traci. 1. de Probabilitate, difp. 11, sap. 15. articul. 2. mum.z24.dice á la letra lo que fc ligue, - ] 569 .,, Et quidem aurhoritas Theologi non ,, Confiflit in fciencia Precise,nam Auguítini: y» fcientidm ¿moletor , 1d tamen fic. pennitus oc- s» <ulrum, nullam habebir authoritatem ad proba- »» Dilitatem extrinfecam.. Differte iu. Theologum 3» Ícriptir Joannes Ovem Lib. 2:epig 43. fcire taum p 0ibileft , mifi tefcire boc;friat alser. Confiltic y Ttaque partim in ¡pla honidem noticia de pref- » tancia doétrinz cejas. Cum ergo preftantia doc- s» trinz illiusfolum in utbescognica eft, ibi du- »» thoritatem haber ;ubiaurem ¡lla eft incognita, », bi authoriraremino haber, Quando autem ín s»Unicaurbe lolum nora eft dodriva ejus , tune ¿Mon haber amthoricatem publicamáput ubique > POÍSit probabilitatem exeriofecám conferre opi- y» MIODIDus.Qui aurem feripta fuartypis mandant, »doétrinam fuam toro orbi difundunt; Afsi en dicho num, el P. Cardenas : y lo demás que alega A Ya Seccion 2. 2 cerca del Articulo 23 el Padre Olmo en dicho numero ,ex Apologemar Caramuelis , es tambien del dicho Cardenas, (aund* que tampoco le cita) ibidem NUM. 332. 570 Advierte tambien dicho Padre Carde= nas, ibid, num. 226. que para que el hombre docs to pueda feguramente.eftrivar en la doétrina de ctro Do“tor, nobalta qualquiera fama de fu doc= trina , la qual baltaria para cl iodocto : Sed reguins ritur (dice) penitior. motitia propriis experimentis somparata , vel doctifsimorum bominum teffimos nio firmata, 571 . Y en el num. 328. dice : que efta fegúna da parte es manificíta , y la razon , dice , es , por que : Ut Theologi ausboritate fuadent probabilitas tem autbenticam opivionibus y que pofsit defervire ad fecuritatem confcientia aliguibus bominibus, opusefi , quodiftis bominibus nota fit doctrina, O* probitas eorum: y delpues proligue;, que los Theos / logos eltrangeros , qui nibil feriptorum fusram publica laci dederunt , apud naátiones exteras non Junt cogniti ,nec Hifpanis, qui longé ab illis diftag mus comperta ef eorumduétrina: ergo ¡lli mon bas vent fufficientem autboritatem ad conferendam probabilitatem pro fecuritate confcientia hominum exterarum nationum, 572 Delo dicho, pues, confla, que la tal au- toridad del doétiísimo Padre Cardenas,y de Juan Oven ,noes en manera alguna contra lo que*yo dixe en nueltro prefente cato : porque la Jiteratue ra, y probidad delos fapientifsimos Matítros Ana tolinez, Curiel, Vicente de Luva , Kc. es notoria en toda Efpaña , y deponen de ella, y de fu prefe tancia , y diétamen, fugeros dodtitsimos , quales fon Moya ,ambos Leandros , Villalobos , Mena do ,ambos Enriquez, y otros: luego en Efpaña daran fuficiente probabilidad á fu didtamen dis chos Autores , aunque no hayan efcrico uña linea lobre el punto : y ¿cerca de los catorce Califica dores del Santo Tribunal del Reyno de Sicilia, baflará el teftimonio del Santo Tribunal, que los ha admitido para calificar los dichos , y hechos contra la Fé, fegon aquello de dicho dodiísimo Cardenas: Sed reguiritur penitior notitia propriis, experimentiscomparata , vel dodtifsimgrum bomi- num teffimonio firmata, Y aísi vemos, que ad- vertidifsimamente , y con gran reflexion Y citan á los tales , con Junipero de Trapana , los dodtifsi- mos Padres Moya, y Diana, Veafe lo dicho arri- ba, ¿dnum. 563.44 567, Numero 45: 573 Profiguiendo el Reverendo Padre Ol- mo , en el numero 45.pagin, 29. alega contra mí una antoridad del Padre Macítro Palanco 5 pero de eflanos hizo ya merced fu Paternidad Reverens da, en (lu Preludio Fundamental,pag.20, num 3% y aora es fervido de reperirnosla aqui : Vealearri- ba en nuelira feccion 1.num. 220, y veafe'el moti- vo dela tal autoridad,y la refpuelta a ellá púbico 4 num. 232.44 240. Ale-
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