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106 ó por baverlos, yo vifioen s3 mifmos , y sisarlos de mio ,no llevare lo que yo digo, que lleva, o para lo que le cito , mueftrenos lo contrario el Padre Olmo, que no bara y como verémos quando ponga dolo en - alguno. Hac Torrecilla. O, valgame Dios,y que ar- rogancia! Padre Cariísimo,hagame caridad de ca- reaf ella nora, con todo lo que dexo referido en los numeros palíados, y deípues -jultifiqueme:el ly, que mo bara, O*c. y cumpla por Íu vida el como verémos, Oe. que no hará. | 518 Yenelnam. 42. profigue afsi : Es mu digno de notar ,lo que advierte dicho Machado. Queen eos siempos prefenses ceffan las opiniones referidas , a favor de los Regulares, por el motu "proprio de Urbano VI [I,Can que difeurriendo for- malmente, y habiando con propriedad, tiene elta controvería , defpues de la Conftitucion Urbana, muy diltinta planta , y poltura , que antes de ella, Diétamen tambien del Padre Moya, Bardo , Lum. bier , y otros muchos 5 con que no juzgo. deben alegaríe los Doétores Antiguos , que por la con- traria opinion fe citan 3 pues tengo por cierto , les hiciera tal fuerza lo determinado , quele negá- ran ablolutamente fu probabilidad: pues, co. mo, dice el Padre Macítro Palanco, ( aunque á otro intento , muy para aplicado á lo que dif- Curro ) quef. 29. citat. num. 269. Hi enim fi bo. die viverent , prudenter pollumus conjéétare, mutaturos fore fententiam , O ad cafira noftra tranfíturos. Has Palanco. Y de los contrarios de nueítra opinion dice lo mifmo el M. Lum- Diet, pa2.52. 02rf, Y aunque. Afsi dla letra dicho R,P.O/mo,en los m.3 9.40:41.) 42.Pag.27. y 28. SUPOSICION, 519 A Ntes de refponder á lo contenidó en dichos numeros , fupongo, queen aquellas claufulas que el R. P..Olmo refie- re en el nam.40. del Doétor Machado. Finalmen- te/0 ba de advertir , que en efios tiempos prefentes cefJan las opiniones referidas en favor de los Reli. gtofos,afsi Mendicantes,como no Mendicantes ypor= que Urbano VIII, que oy rige la Iglefía', en un mo- tu proprio , Gre, Omitio aquella claufula , que oy! rige la Iglefia: lo qual no fue acaío, fino muy 4 confilio,por lo que delpues diremos: y mas efando la tal claufula en medio de las que refiere , y repi- tiendo el miímo defe*to, en las que pone de letra baltardilla,al principio del MM, 42. COMO le pue- de ver alli, ! $20 Y nocontento dicho R. P. Olmo, con la : Omiísión de (ola la dicha claufula, omitió tambien las claufulas que fe figuen, (que fe continuaban con las que dexa tranícripras) con todo efJo Tru. llene , loc. citat. num. 19.quod etiam fupponere vi. detur.Ludov. 4 Cruce in expofis. Bulle , difp. 1. cap.1.dub. 12. num. 2. juzga, que donde efe mota Proprio de Urbano VI1f.no efiuvie/Je notificado ,e imtimado por los Superiores a Jus fubditos y efos mole bayan residido , y obfervado, 60 ba perdido la Sección 2.4 cercadel Articulo x; probabilidad que tiene la opinion contraria , de que los Religiofos Mendicantes, ó no Mendicantes, pue. dan d fu voluntad, y fin confentimiento de fus Pre. lados, elegir Confeffor por virtud de la Bula. Hec Macbado. Todas las quales clavíulas omitió el Re. verendo Padre Olmo, no ácafo, fino a comfilio,' por alucinar con.la tal omiísion á los Leétores Y dar algun colorido á lo que dicé contra mi, enel: num. 39. donde tambien hay otra alucinación, y confulion, como delpues veremos, 521 Con que al R.P.Olmo,le viene 4 pedir de boca, y le le puede apropriar aquello del capitulo leptimo de S, Marheo , num, 3. ( 4» Quid autem vides feflucam im oculo fratris tui , O trabem im oculo tuo pon vides. Aut quomodo dicis fratri tuo, Jine ejiciam feftucam de oculo tuo,O* eccetrabs ef in oculo tuoíPorque mayor culpa es en:el R.P.Olmo, delinquir fu Paternidad,en aquello que reprehena deen mi: y mas quando la omifsion mia no mez rece, ni es digna de repreheníion , (como de[pues veremos) y la del R.P.Olmo,merece, y es digna de reprchenfon, por lo cauteloía que €s, y por orde. narfe, como fe ordena ala alucivacion dicha, y ¿ dár algun colorido a lo que dice contra mi, y por lo que veremos defpues. 522 /mmo0, con proporcion acommoda, fe le podrá aplicar á dicho Reverendo Padre Olmo, aquello de la Epiítola á los Romanos, cap. 2. ver/, 1. ln quo enim judicas alteruin , te ipfumi condemo Nas , cadem enim agis que judicas. Y mas abaxo, 4 num. 21, Qui ergo alium doses te ipfum non do. ces? Qui predicas non furandum , furaris £ Qué dicis non mecbandum , mecharis ? Qui abominaris idola , facrilegium facis ? Qui in lege gloriaris y per Pravaricationem legis Deum in bonoras ? Pues ten prehende , y quiere cenfurar en mi , lo mifmo en que delinque fu Paternidad Reverenda , Ut ex dic» bís patet : y mas uo fiendo lo dicho reprehentible en mi, (como defpues veremos ) y fiendolo en dicho Reverendo Padre. Y con elto paííemos a las Refpueñas, RESPUESTA PRIMERA. 523 R Egeo lo primero , que en mi ¿Apologetico, refiriendo yo. los Ánutores que defienden ablolutamente , dla dán Por probable , la tercera fentencia , lo que yo di- xe acerca de dicho Machado , pagin. 4 NUM. 10. es ala letra como fe figue, Y la miíma parece tes DEr por probable , con otros de los citados arri. ba. Machado tom. 1, lib. y .Part.2.tral.s. num. 4» para las Religiones donde el dicho Decreto de Urbano VII. no eftuviefte notificado ,e intimado pordos Superiores , a fus lubdiros, y eftos no le huvigren recibido , y oblervado. JEfoesála le- tra lo que yo dixe, en dicha pag. y num. en que me Cita el R,P, Olmo. 524 Vea, pues, zora quaiguiera inteligente, fi dicho Machado parece tener por probable dicha fentencia, enlas claufulas que omitio el R.P¿Ol- DIp, auna
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