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Numero 37.y 33. creto , como defpues de el , hablo yo para el computo de los fefenta) Lon diez y ocho , fin los muchos que dice cita Juan de la:Cruz : y. de los que la llevaron folo prob ablemente , dice en dicho num, 17. que fon Caltro Palao, para las demas Religiones, fue- ra de la Compañia, Manuel Rodrighez, muchos Dodores de Salamanca, y que por la dicha cita Machado ¿4 Candido , y al P. Enriquez. 498 Y defpues del Decreto de Urbano vui. dice dicho doétifsimo Moya , quela llevan,no lo- lo los feis que refiere dicho R.P. Olmo , ino tam- bien catorce Calificadores del Santo Oficio , que confirmaron el fentir de Junipero de Drepano , y fueron del miímo fentir : Las palabras del dicho P. Moya fon las Giguientes : B* ab/folutó fequuntur Remigius, Funiparus a Drepano, de Cafibus refer- vatis , part.3. difput.7.que/.s.cap.3.0' fequena tibus : Ubi ex diverfis Religionibus in confirmatio- nem fue fententiz adducit fubfcriptionem quatuor- decim Qualificatorum Tribunalis Sanéte Inquift- tionis RegniSicilio, : 499 Y tambienfe puede contar entre los que ablolutamentela llevan el R.P. Antonio de la Par- ra 3 porque aunque dicho R. P. Moya , le refiere con limitacion , la tal limitacion, no le opone al llevarla abfoluramente, antes bien confirma lo ab= foluto, y del modo que dicho Padre lo dice, lo de- ben decir tambien todos los que ablolutamente la llevan. Las palabras con que dicho Moya le cita, fon como fe rranfcriben en el figuiente nu- mMcro, soo f Er cum limitatione ampleGtitur ex Cle= ricorum Minorum dodtiísimo Caetu ,R. P. Anto» nius dela Parra Arteaga , tom. de Sacramentis, sract.s. difput.1.quef.2. art. 4. fol. 388. ubi noo obítantibus Clemen. VII. 3 Urbani VIL Confliturionibus , Bulla Cruciatz , quoad abío- lutionem refervatorum Regularibus prodeffe do- cet, nifi Pontifex immediate polt concelsionem Bulla declarer Religiofos , non pofíe uti tali privi- legio Bullz.Sicin editione Matritenfi,anno 1668.) A/fsi dicho Padre Moya.Y en elte fentido todos los que llevan abloluramente la tal fentencia , fupo- nen lo mifmo , O: lo deben fuponer; porque fi fu Santidad quando concede la Bula, declaraile in- mcdiatamente , defpues de la concefsion , que los Religiofos no pueden ufar del tal privilegio dela Bula , nadie dice , ni lo puede decir, que en tal caío les aprovecharia el privilegio dela Bula , ó la conceísion , hecha por el tal Pontilice , que lo de- claralle aísi : luego elta limitacion no es contra lo abíoluto del llevarla, antes las concelsiones de los Pontifices pofteriores a Urbano VIIL. que la con- ceden abíolutamente, fin hacer inmediatamente defpues de la concefsion', la dicha declaracion, we ex fe patetz ergo ,3c. sor Hem ,levan ablolutamente dicha rerce- ra fentencia, defpues de la Conftitucion Urbana, otros cinco hombres muy doctos, con quienes di- cc lo coníultó nueltro. Leaodro de Murcia: lo mif- mo lleva ablolutamente el Autor de un Tratado to7 impreílo , defpues de la Conftitucion Urbana, dde cita Portel : y otro Autor, en un parecer que ci ta el miímo; y quatro Doctores de Coymbra, que aprobaron la dicha opinion , fubfcribiendo al dicho. 502 Item ,la llevan ablolutamente los mu Reverendos Padres Maeltros Fray Juan de Herea día , y Fray Antonio de Herrera: (vea/e nuefiro Tomo de las Propoficiones condenadas ,pagin. 112, num. 37. y otros de la dicha comfulta) Todos los dichos citaba yo , en mi confulta fexta, y en mi Apologetico , aun antes de los que añadi en efte. Y en elte añado , que la lleva el Padre Eray pee Maderuelo , como cierta , y verda era. 503 Aora, pues, fi los que llevan ablolutan mente dicha tercera lentencia (afsi de los que ela Cribicron antes de el Decreto de Urbano VII, cox mo los que elcribieron defpues de el) paffan de Cinquenta y tres: cómo podrá el Reverendo Pa. dre Olmo , rebaxar delos felenta que yo digo, mas de cinquenta, fin faltar 3 la legalidad de los felenta que yo digo, adbic quando fe éuen- ten [olos los que la llevan ablolutamente ? Pues que fi fe cuentan los muchifsimos que llevan día cha tercera , 0 como mas probable , 0.4 lo menos como probable , que todos los cuento yo , y -1os entro en el computo de los felenta Autores:, ( y mas ) que dixe yo la llevaban? Elo juzgueto qual. quiera , por poco inteligente que Íca , y aún de quantos fepan muy poto. RESPUESTA! TERCERA. 504 TDReguntando el R.P.Olmo,fi dice fu P, R. aqui, que los que ablolutamente, y fin limitacion llevan dicha tercera opinion def pues de la Bula Urbana , fon los leñores Araujo, Acacio , March. y los Padres Funipero de Tra- pana , Remigio , y Antonio Baco, cómo viene elto bien con lo que fu Paternidad nos dixo en fu Tratado Moral , pagín. 198. en el fin del 242.5 4» conviene d laber : Con que los treinta, y mas Aba tores , que dice Torrecilla llevan fu opinion de/pues de la Bula Urbana, mo llegan ¿tres fi bien fe atiena ae fu fentir? Como? complicandote en elto, comía, en otras millares de colas. 7 RESPUESTA QUARTA, ' 505 Pe del ». 38.del R.P.Olmo, in prine; Reípondo,que con la mifma diltine cion,y formalidad,con que el R.P. M. Moya ¿cita los AA. que llevan la tercera lentencia , con la mif. ma los cito yo , y con las miímas palabras , y no tolo en mi Apologetico , 4pag. 3.5.2. en que fe refieren (digo en dicho titulo) los Autores que den fengen abfoluramente , (¿lo dán por probablé que en virtud de la Cruzada pueden los ken lares elegir el Confefor que quifieren delos apro bados por el: Ordinario y para que los ab/uclva a?

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