BCCMAS0001-15-E-1400000000000

Numero 26. RESPUESTA SEGUNDA, Y TERCERA. Efpondo lo fegundo , que lleván- 365 É do yo , comollevo, la quarta fentencia , por mas probable , y ini3s verdadera, y llevando,como llevo; configuientemente, que €n las Religiones donde huviere preceptos de los Prelados , para que no le ufe de la Bala de la Cruzada para elegir Confeflor en orden alos fe= fervados los rales preceptos fon muy jultos : No folo porque fe fandan en opinion, mas coman y mu- cho mas probable , y mas verdadera, fino porque fon muy conformes ála mente, ¿intencion de los Sumos Pontifices : Mevo tambien pot configuien- te, quelos (ubditos de los tales Prelados, eltán obligados á obedecer, y obfervar los dichos pre- ceptos , porque la libertad que alías tenian para elegir la rercera fentencia, fe limita relpidto de ellos por los tales preseptos, como tambien le les limicaria por el juramento, o voto, li los tales (ubditos le huvieffen hecho. 366. Aorá, pues, fi en mi didtamen dichos fubditos eftán obligados . obédecer los rales pre= ceptos, fi en mi dictamen es ¡lícito ados tales (nb- ditos ufar de la tercera fentencia en dicho cafo; como podré yo, eftando ensdicho mi. [entir ,: y diamen , aconfejarleslo que juzgo les esilicico, y pecado de inobediencia , el obrar contra Jos tales preceptos ¿ Poco alcanzará el Reverendo Pa: dre Olmo, fino alcanza elto : Ergo, Sic Ade- más , que el decir yo, q4é m0 aconfejaria, De. nolo dixe porque huviefie efcropulo de pecado, fino por lo que dixe ¡arriba , 4 número 358. ad 3óf. 367 Refpondolo 3. Que las autoridades que alega el R, P. Olmo; del muy Reverendo Padre Cardenas , y de Santo Thomas, lonmuy buenas, pero no del cafo, y afsi las puede guardar para otra ocalion en que vengan bien , que aquí no en- cajan; porque yo no dudo, fino que opio , que la tercera fentencia es pradticamente probable ; pero como llevo por mas probable, y Mas verdadera la quarta fentencia , llevo por configuiente por mas probable , y mas verdadero, quelos fubditos que tuyiéren precepto de fus Ptelidos para no fe- guir in praxi la tal tercera fentencia, queda efta limitada refpedto de ellos por virtud del tal pre- cepto; y por configuientes; fegon mi didtamen mas probable 1es (cra ilícito el ufar de ella. Tam- bien puede guardar para ora ocafion el texto de Ariltoteles, que aqui no biene bien, y lino vea- mos como fu Paternidad Reverendalo explica, y aplica , alcalo. Numero 26. 368 —Profiguiendo el Reverendo Padre Olmo en el num. 26. Pag. 24. dice lo. que fe figue: Lo que no admice duda , que ad minas la elcropuliza mucho, y en ella fupoficion pecará gravemente li Part. VI, 8 la aconfejára, O pradticara , por fer decifion e cap. Per tuas 2. de Simonia , y otros muchos que alegamos,, artis. 6.,y alsi prudencialmente: te ar= regla ¿la grave fentepcia de nueltra Ciemebtina: Exivi, $.Ltem quia, tit. de verb. fignificat. donde dice Clemente V.. Nos itaque attendentes, quod in bis, queranima felusi' refpiciant. , advitandos graves remorfas confcientie,, pars fecurior ef te nenda. (Lo qual es preceptos. no confejo como algunos menos bien difcurren”) luego lu opinion, o fentencia,, no es.evidentemente probable, (mo evidentemente falía. El juicio que hago! en efta contradiccion de doctrina , €s darnos a entender elR. P¿Er. Martiv de Torrecilla , lo que el Phi. lofofo Lacides decia: Nos aliter in Scbolis dife putamas y aliter domi vivimus. Y como tan Ré- ligiofo , aunque eferibe Con laritud”, ( como en otrás muchas colas )praóticalo cierto , y verdal dero:, como tan prudente, y difcrero. Hujffa aqui ála letra dicho Reverendo Padre Olmo, en dicho numero. RESPUESTAS. Efpondo lo primero, que el Reyes reudo Padre Olmo, , me buelve a atribuje,aqui (defpues de tantas ¡innumerables ye- ces ) .quela lentencia que yo lleve en mi confulca 6. foc la tercera, pues dice en la confequencia: Luego fa opinion y O fentencia no es evidentemena te probable, fino. evidentemente falfa. Ello no ties ne remedio , que elie R.P, quiera acabar de en- tender,no fer lo mifmo dár una fentencia por pro- bable, y defender que lo fea , que: el llevar la tal fentencia , cófa que la: entenderá qualquiera que tenga mediañas eoteodederas, veale lo dicho ar- riba, num. 359.y 360. 370. Réfpondo lo fegundo , que llevando yo, comollevo en dicha confultafexta, la quarca len- tencia , llevo por configuiente, que en las Re- ligiones en que huviere precepto para que los fub- dicos no ufen de la Bula de la Cruzada, el tal pre= cepto ño excede la poteltad de los tales Prelados, y que por el fe les limita ¿los cales fubditos la li= bertad, que alias tenian de elegir la tal opinion, por lo dicho arriba , 4 14m. 323. ad 347. y aísi reípecto delos tales, no elcrupulizo , fino/que formúdiétamen mas probable , queno pueden li. citamente feguir la tal fencencia, y POECONÁGLISA= te dixe yo , quede mío , nanca aconfejaria yo, ul me atreveria á aconfejarla: ya porque la comun fentencia , me evfeña cflo; y ya porque aunque 369 pudiera atentas las fentencias contrarias, que ten. go por praéticamente probables , aconfejarlo fin efcropulo de pecado , nome atreveria 2 hacerlo por lo dicho arriba , 4 14m. 355. ad 361. con que aquino viene bien lo de la Clementina, (lea pre- cepto , O.confejo) ni es aplicaUle al cafo : porque yo en lo dicho no procedo por elerupulo , O re- mordimiento de conciencia, fino por ditamen opinativo ,: que tengo porimas probable, y mas 3 H 2 , Ver="

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz