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P. JOSE AGUSTIN MACKENZIE 25 los comisionados colombianos de 1900, la mencionada frontera guajira ha de-, bido ser una recta desde los Mogotes de los Frailes, en las vecindades de Yu– yachí, hasta la extremidad septentrional de la serranía de los Montes de Oca, de acuerdo con la letra del Laudo de la Corona de España. Hace constar, ade– más, que "en la localización de dicha extremidad septentrional deben tenerse en cuenta no solamente las circunstancias hidrográficas sino tambien las oro– gráficas". Con motivo de la anterior divergencia, las Cancillerías respectivas cambia– ron la siguiente correspondencia: Estados Unidos de Venezuela-Ministerio de Relaciones Exteriores– Dirección de la Policía Internacional-Número 201- Caracas, 5 de Febrero de 1931 Señor Ministro: Los últimos estudios practicados en la región de La Guajira han venido a confirmar ciertos datos de los cuales tenía ya conocimiento este Despacho, acerca de la situación topográfica del sitio denominado Alto del Cedro, escogido por la Comisión Mixta de 1900 como punto de enlace de las dos líneas, una arti– ficial, y natural la otra, que forman en conjunto las primeras secciones de la frontera entre Venezuela y Colombia. A juzgar por los referidos datos, el sitio A !to del Cedro no se encontraba situado en la fila de la cordillera de los Montes de Oca, donde debe rematar la línea que parte del hito de La Ensenada, o sea el punto intermedio entre el cerro de La Teta y el mar, para continuar en segui– da el lindero por el divorcio de las aguas que bajan de las faldas de .dicha cor– dillera, hasta su empalme con la Perijá. Si en realidad el Alto del Cedro no se halla en la indicada fila -como lo supuso la Comisión Mixta y lo expresa claramente el acta suscrita por los miembros en el caño de Majuyura- sino en una de las estribaciones de los Montes de Oca, según parece inferirse de los es– tudios a que antes he aludido, no sería posible que el lindero siguiera inmedia– tamente por la divisoria de las aguas y, por consiguiente, habría que alcanzar esta última por medio de otra línea artificial no prevista por los comisionados de 1900, en la sección de La Guajira, que el sitio denominado Alto del Cedro, dad de la frontera común, incompatible con la manifiesta voluntad de las Altas Partes de düerirla y de marcarla dondequiera que no esté formada por los ríos o por los vértices de una cordillera, esto es, por límites arcifinios. En fuerza de las observaciones que anteceden, y con el ánimo de prevenir futuros inconvenientes entre los dos países, el Presidente de la República me ha comunicado instrucciones para dirigirme a Vuestra Excelencia a fin de que se sirva transmitir a su Gobierno cuanto he tenido la honra de exponer arriba, en el deseo único de que se arbitren de mutuo acuerdo los medios de llenar el vacío señalado, aprovechando, al efecto, la presencia en los lugares, de los co– misionados de las Partes. Con la idea de esdarecer más ampliamente el concepto de éstas, si así pa– reciere conveniente al sereno e ilustrado criterio del Gobierno colombiano, po– dría encomendarse a dichos comisionados la exploración previa del terreno para fundar, con vista en los resultados que de ella se obtengan, el dictamen final que el asunto les merezca. P. Itriago Chacín
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