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CAPITULO PRIMERO ELEMENTOS MATERIALES La Guajira es una península de Colombia situada en la extremidad sep– tentrional de la República. Según datos históricos, en el año de 1499 Alonso de Ojeda fue el primero que pasó por las costas guajiras, pero no logró arribar a ellas. Juan de la Cosa y Américo Vespucio también recorrieron estas costas en 1499 y 1550; pero parece ser que el primer navegante que pisó estas tierras fue Juan de la Cosa, quien llegó al Cabo de la Vela. "Se dice que otro Ojeda, antes que Alonso, logró llegar a las costas guajiras como contrabandista de armas de fuego y licores embriagantes. Este Ojeda no pudo hacer valer sus de– rechos de descubridor porque equivaldría a declararse confeso de sus negocios clandestinos". LIMITES Esta península limita, al Norte, con el Mar de las Antillas; al Sur, con la estrecha faja de la Guajira venezolana; al Este, con el golfo de Venezuela, y al Oeste con el Departamento del Cesar, del cual está separada por el río Calancala o Ranchería. Los primeros límites con el Departamento mencionado los fijó la ley 16 de 1846 cuando dijo: La parte de la Provincia de Riohacha, que está al nordeste de la línea que forma el río Calancala, desde su desembocadura hasta el punto en que se tocan sobre su margen los límites de los distritos parroquiales de Salado y Barrancas; y una línea que, partiendo de este punto con dirección al Sur, vaya a tocar en los términos de la Provincia, será gobernada de una manera especial con arreglo al artículo 167 de la Constitución y llevará el nombre de Territorio de La Guajira. Pero la Constitución de 1858 repartió el territorio nacional entre los 8 Es– tados que formaban la Confederación Granadina y los Territorios volvieron a sus primitivas jurisdicciones. En el año de 1870, la legislación nacional, por medio de la Ley 80 de ese año, exigió la administración de los Territorios, y el de La Guajira le fue cedido por la ley 153 de 1871, del Estado del Magdalena, con los límites siguientes: Desde la desembocadura del río Ranchería en el mar, hasta donde recibe el arroyo de Tabaco, y de allí, aguas arriba de dicho arroyo hasta tocar con la frontera venezolana. A esta sección agregó La Guajira la que un año después le hizo el Estado por medio de la Ley 207 de 1872, que dijo:
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