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nes. Son auténticas «estaciones-servicio» las llama Fichter (16), para sus necesidades religiosas; y hemos oído enjuiciarlas de la de la misma forma también, a profesores nuestros como Casiano Floristán, a las que llama «supermercado-estación-servicio», y, «ayuntamiento de tipo religioso». Otro gran handicap de la parroquia urbana , es que sus pastores han querido controlar a los feligreses de su demarcación geográfica en su práctica y sentimientos religiosos, y éstos no han querido. Creemos que les sobra razón; pues aunque el celo sacerdotal pueda estar acorde, en cierto sentido, con este interés, no obs– tante, es tan íntimo, sagrado y personal el trato de una persona con Dios y sus sentimientos religiosos, y elegir aquella Comuni– dad Eclesial que más le vaya, que creemos no se puede imponer, por ser lo religioso lo más profundo del hombre, en lo que creemos que nadie debe meterse en principio, por lo que opina– mos que está la razón más que de sobra de parte del feligrés. Con la mejor buena voluntad, y muy disimulada esa culpa por la estructura eclesial que aún nos rodea, pero creemos que en no pocas ocasiones se ha violado este derecho a la intimidad y práctica religiosa de aquellos cristianos por parte de aquellos pastores que por una norma jurídica eran puestos, o al menos así se lo han tomado, en veladores u observadores de la práctica religiosa de aquel grupo de cristianos. Creemos que el derecho a la libertad en materia, y más en práctica religiosa de los cristianos, y sobre todo el elegir libremente su Comunidad Ecle– sial, supera a las normas de tipo canónico. En parte, debido a esto, declara Pin, ceterrninados sectores de la población, como los patronos y los obreros, no han acep- (16) CARRIER, PIN, o. c., 313 . Nota 32. -109-

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