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1 -15- Las faltas leves provienen: 1.-Por irregularidad en el pago de las cuotas. 2.-Por no cumplir extrictamente con los deberes señalados en el artículo IV. Son fa.Itas graves: 1.-Dejar- de pagar las cuotas por espacie;> de un año. 2.-Dejar de concurrir a los "Ultimos Lu– nes" por espacio de seis meses consecuttvos, sin excusa legítima. 3.-Negarse a cumplir alguna resolución que haya sido aprobada por la Sociedad en pleno, o por la Junta Directiva. LAS SANCIONES que imponen los Es- •tatutos están resumidas en leves y graves que corresponden a las faltas nombradas. Sanciones leves. a) Multa de; un bolívar. Sancione~ graves: . a) Multas de tres bolívares. b) Expulsión total del Centro.
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