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Chocó, Barbacoa, Antioquía, Vega de Supía y alguna otra». Y que acomodara sus métodos a las circunstancias espe- ciales de cada región, sin desdeñar aquellos otros tradi- cionales que la experiencia fijó en algunas zonas. «Los dueños de las minas, casi todos personas pudientes, que envían a sus hijos y parientes a los parajes más remotos a educarse en los colegios para abrazar la carrera ecle- siástica o del foro, los destinarán con el mayor gusto e interés al estudio de la mineralogía y la metalurgia y po- drán hacerlo los jóvenes, sin perjuicio de su inclinación y gusto por otras ciencias». LIBERTAD DE COMERCIO Para la fecha en que Mendinueta se hizo cargo del vi- rreinato de Nueva Granada, la mentalidad de la ilustración había amainado no poco en su despotismo. La apertura de algunos puertos por Carlos lil, al comercio americano, fue un primer ensayo. El virrey Mendinueta viene rompiendo plumas, ya que no lanzas, en favor de la iniciativa privada: menos cargas fis- cales en las transacciones y la entrega de los yacimientos mineros y del tráfico de la quina a sociedades o individuos particulares. Que el estado asesore y cobre un canon; pero que no se subrogue como empresario, Análogos principios desearía aplicar al giro comercial. Pero en la corte, pese a las doctrinas económicas de un Je- rónimo de Uztáriz y a los informes de Jorge Juan y Antonio Ulloa en sus «Noticias secretas», prevalecía el dirigismo cen- tralista. Harinas y azúcares podrían constituir en Nueva Gra- nada «fuertes renglones de exportación», si no se hallasen tan intervenidos. En vano había pugnado el conde de Ezpe- leta por una mayor franquicia. Cuando se empeñó en poner ae manifiesto que con aquella política decaería la agricul- tura de Nueva Granada en beneficio de las colonias america- nas extranjeras, se le respondió que S. M. había ordenado continuar el comercio de harinas desde España, porque con ello se fomentaba la navegación, «A la verdad es un dolor —comentaba Mendinueta— que pudiendo estas provincias in- teriores surtir de harina no sólo a todo el reino, sino también a las islas vecinas, estén limitadas sus cosechas a solos los consumos de esta capital y partidos de Tunja, Socorro, Gero y otros adyacentes, al mismo tiempo que la provincia de Cartagena y otras de la costa se proveen de harinas extran- jeras, aunque traídas por cuenta del comercio de la penín- sula». Eso no obstante tuvo que abstenerse este honrado go- bernante de cualquier porfía, desde que a su antecesor se le había impuesto silencio por la real orden de 20 de no- viembre de 1791. No menos que el renglón de las harinas opinaba Men- dinueta que debería enderezarse el de los azúcares. Por ha- llarse excesivamente aforados por antiguos reglamentos y gravados con el derecho que llamaban de puertos, que se pagaba al embarcarlos en la Magdalena, llegaban a la costa sobrepreciados; en tal guisa que no podían competir con los procedentes de La Habana ni menos expenderse a merca- dos exteriores. Continuando la misma política que Ezpeleta, había suplicado a S. M. la desgravación fiscal de dicho pro- A e o dedie AAA AE AAA A A

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