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principales de la dicha tierra, dende la pronunciación de esta nuestra sentencia en adelante, comenzando en San- testeban de Alquerdi, incluyendo en él todas las casas de Alquerdi y la iglesia de Santesteban», dentro de las en- dereceras y mojones que se consignarán en el acta de 1586. se enumeran las cuarenta y dos casas vecinales de Urdax. Con licencia monacal podrán aumentar hasta cin- cuenta y cuatro, dentro de su término redondo. Se les re- conoce el derecho de gozar de las yerbas, pastos y aguas de los comunes del valle de Baztán, con hasta catorce puercos cada una, mas no con ajerizados. Los guardas del valle podrán prendar y carnerear dicho ganado extranjero y el que ex- cediere del propio autorizado, aun dentro del término re- dondo conventual El monasterio no podrá levantar chozas ni bordas dentro de sus seles, ni hacer talas, sin autori- zación de las autoridades baztanesas. Los clérigos arbitradores se adjudicaron por sus «es- pértulas» o diligencias, a sendos pares de guantes de Ocaña; los laicos, a dieciocho ducados cada uno. Tan decisiva se juzgó aquella sentencia arbitral, que al- guien sustrajo los originales. Para recuperarlos no valió la excomunión fulminada, en nombre del nuncio de Su San- tidad, por el vicario general don Dionisio Melgar, con este ritual y estas conminaciones: «Cubierta una cruz de luto, tañendo las campanas, matando candelas» e invocando so- bre los ladrones las maldiciones que cayeron sobre Judas el traidor, sobre Datán y Abirón, sobre Sodoma y Go- morra, pidiendo a Dios que «avispas entren por sus na- rices y no cesen de entrar ni salir, ciegos sean de sus ojos y no vean cielos ni tierra», y si murieren excomulga- dos, no se les entierre en lugar sagrado ni fuera de él, «como a miembro hediondo, segregado del gremio de la Sancta Madre Yglesia» (año 1592). Por fortuna, quedaban copias autorizadas. Y, en todo caso, se había practicado ya la demarcación del término redondo y de los veintisiete seles adjudicados al monaste- rio, si bien parece que seis de ellos no pasaron a su pro- piedad hasta 1746. Llevóse a cabo la fijación de mojones de piedra, con sus testigos de teja, entre los días 8 y Y de octubre de 1586. Se pusieron junto a la ermita de San Esteban, en lo alto de Izamendía, en el camino de Buztingorrieta, entre la tejería del monasterio y el vado de Barreta, en Osim- birvilla, en el «cabezo y castillo de Azcar», en la endere- cera de Arguindurrieta, y cabe la casa de Chirripa, en Alquerdi. Sus dimensiones se calcularon en tres mil va- ras castellanas de largo, dos mil quinientas de ancho, que deben corresponder a los 7,73 kilómetros cuadrados del actual municipio de Urdax. LA MITRA ABACIAL Que el abad de Urdax gozaba de especial preeminencia en los sínodos de la diócesis de Bayona, lo afirma el «Li- bro de Oro» de aque!la catedral. Que era abad mitrado lo declaran las crónicas premonstratenses y algunos de sus abades, como fray Juan Antonio de Echeverz (18 de no- ds
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