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ca A a e NA a plo + — alla llas ll hn rechos, rentas y obvenciones pertenecientes al monasterio. «Y en cuanto a lo demás perteneciente a la jurisdicción civil, fuera de estos casos, revocamos la dicha sentencia y declaramos pertenecer aquélla a su real patrimonio y sus tribunales». En 1662 habían conseguido los vecinos de Urdax la insaculación de los cargos concejiles, aunque se reservaba al abad la designación del candidato de entre los cuatro que para cada cargo (alcalde, jurados y tesorero) fuera propuesto por la suerte. Por real cédula de 29 de enero de 1667 se les confió la jurisdicción civil y criminal, previo servicio al rey de 3.200 ducados. Zugarramurdi había pasado en lo canónico, de vicaría a priorato; en lo predial, de la enfiteusis a la posesión territorial, puesto que envía sus propios observadores a las facerías que Baztán va concertando con los fronteros labortanos. REFORMA DE URDAX En el monumento erigido en Amayur a los «postreros defensores de la independencia patria», encabezaba la lista Juan de Orbara, abad de Urdax. Era canónigo de la ca- tedral de Pamplona cuando renunció en su favor la abadía fray Juan de San Martín, clérigo de la diócesis de Ba- yona (3 de marzo de 1520). Eran estos abades comen- datarios que, sin el hábito ni el voto de los premonstra- tenses, alcanzaban confirmación pontificia de su cargo. Por nepotismo o por enredos políticos, traían arruinado el mo- nasterio, cuyas rentas secuestraban, abandonando las obras de la iglesia, desamparando sus tierras y amendigados sus monjes. Cuando quedó libre del arresto a que le redujera el virrey de Navarra, duque de Nájera, por sospechoso, Juan de Orbara lanzóse a la intriga y al espionaje, en nombre, suponemos, de Enrique de Labrit, y en conniven- cia con el defensor del fortín de Maya, Jaime de Vélaz o Veilaz. Aunque exceptuado por Carlos V del perdón general, pudo acogerse a su indulto de 29 de abril de 1524, y gobernar en paz y sosiego su abadía. Renunció a ella en su sobrino, también clérigo secular, Pedro de Or- bara, quien tomó posesión luego de recibidas las bulas de Paulo lll (10 de enero de 1539), manteniéndose en su cargo hasta el fin de sus días (4 de julio de 1553). Fue el último abad comendatario. Y el que acabó por atufar a los premonstratenses, que recurrieron al empera- dor en busca de reforma. Adriano VI había confiado en 1523 a su patronato regio todos los monasterios consis- toriales de España. La comisión recayó en don Martín de Aguirre, canó- nigo y hospitalero de la catedral de Pamplona. Con auto- ridad apostólica e imperial, ordena en el acta de visita que los rectores de las iglesias y los demás religiosos, aventados por el hambre, se recojan en su convento en término de quince días, so pena de excomunión, y que residan en él viviendo en comunidad. Que el abad provea de rectores competentes y con suficiente salario, a las parroquias que atiende. Que todos los bienes del mo- nasterio y las rentas de las rectorías y de los religiosos AA
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