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líes y singularmente en el socavón del cerro de Pasco, «para cuya obra juntó con su respecto varias acciones en- tre muchos interesados, siendo S. E. con su esposa los primeros que ofrecieron cierta parte de caudal propio, para ese utilísimo proyecto». A mayor abundamiento, pidió a Europa «12 hombres de la Hungría, inteligentes en la mi- nería, para que enseñasen el laboreo y propagasen sus enseñanzas en el reyno (del Perú), poniendo escuelas pú- blicas». Don Fernando Márquez de la Plata determina, en 6 de septiembre de 1783, a vista del elogio unánime de tantos declarantes, hacerle por su cuenta algunos cargos: haber descuidado registrar varias reales cédulas que se especifi- can; no haber visitado las tierras de su jurisdicción; haber conferido a sus parientes y palaciegos ciertos cargos, dis- tintos de los 12 que por ley le estaban permitidos; gastos hechos en el palacio virreinal. Esto no obstante —añade—, «Se recomienda el mérito que resulta calificado del expre- sado Excmo. Sr. D. Manuel de Guirior, aplaudido, según se explican los testigos, de las más remotas provincias a que penetró y se extendió el olor de su buen nombre, conducta y gobierno, elogiado por los declarantes». Cuando el abogado de Guirior, Dr, Francisco de Aguirre, le dio satisfacción de los cargos acumulados, declaró Már- quez absueltos al virrey, a sus asesores, secretarios y alle- gados, por no haber hallado en ellos culpa, según se com- probaba por las «sumarias secretas, documentos y pruebas con que se ha instruido este juicio». Y pasó, en su sen- tencia definitiva, a elogiar ampliamente las principales in- tervenciones de Guirior durante su gobierno. Encarece la memoria que dejó en la ciudad de los Reyes del Perú, «con los elogios más distinguidos de su justificación, arre- glo, desinterés, celo de la real hacienda y aumento de ella, y de su amor al Soberano y a estos sus vasallos americanos». Y concluye: que «es digno el servicio y mé- ritos del expresado Excmo. Sr, D. Manuel de Guirior, de que S. M, le honre, premie y distinga con nuevos y mayo- res y más elevados cargos, a que su celo y desempeño le manifiestan acreedor». Pronunció dicha sentencia en la ciu- dad de Lima, a 12 de octubre de 1783, No sólo se absuelve a Guirior de todos los cargos, sino aun de aquellos 11.898 pesos, un real y un cuartillo, que montaron las costas del juicio, sin incluir los gastos de escritorio ni otros, como los 12 pesos que costó el cajón de hojadelata en que había de remitirse a la corte el pro- ceso original, ni los 48 pesos por la encuadernación de los 8 «quadernos», Unicamente parece se cargaron a su cuenta 67 y 1/2 pesos de fletes por los originales y copias. El resto se giró contra las cajas reales de Lima. MARQUES DE GUIRIOR La corte de Madrid no se había mostrado excesivamen- te amable y generosa con el Excmo. Sr, D. Manuel de Guirior durante los años de su gobierno peruano; pues aunque a veces se le diera la razón, como cuando se opuso al visitador Areche en la elección del rector de la univer- e

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