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agosto, partía de Lima rumbo a Valparaíso, en el navío de guerra «Aquiles». Lo más granado de la sociedad limeña, cautivada por el espíritu flexible y generoso de aquel pró- cer, se había desplazado hasta el puerto del Callao para manifestarle el duelo por su partida. Guirior no solamente se había mostrado comprensivo en el vidrioso problema de las alhajas y vajilla de oro y de plata, sino que en todo momento había estado dispuesto al diálogo y hasta a escuchar sin censura ciertas hablillas contra el rigorismo del visitador Areche Se le permitió embarcar, pese a que no había dejado la fianza (creo que era de 40.000 pesos) para las resultas del juicio de residencia. Pero como sa lieron fiadores «los sujetos de más caudal y crédito de Lima», ni Areche ni Jáuregui hallaron inconveniente. Por mengua de espacio no insertamos la página y media de firmas con que la aristocracia criolla comprometió sus for- tunas. l En Valparaíso, a 24 de octubre del mismo año, nombra Guirior por su apoderado para dicho juicio de residencia, por todos sus grados e instancias, al Dr. don Francisco Cano, abogado de la R. A. de Lima, marqués de Sotoflori- do, uno de los sindicados por el visitador Areche en la camarilla de murmuradores. Y se embarcó para España. Por real cédula despachada en el Pardo a 30 de marzo de 1781, se nombró a don Fernando Márquez de la Plata, del Consejo de S. M. y alcalde del crimen de la R, A. de Lima, juez de residencia del Excmo. Sr. D. Manuel de Gui- rior, por el tiempo que fue virrey, gobernador y capitán general del Perú y presidente de su real audiencia. Desde Lima comunica el interesado, con fecha 13 de marzo de 1783, la aceptación de aquel cometido, que bien podría resultarle enojoso, como en el caso de Areche. El interrogatorio que formuló el juez de residencia y al que habían de responder los testigos, constaba de 25 pre- guntas concretas y de las que pudiesen ocurrir, según fue- se «pública voz y fama»: celo en obedecer y en registrar las órdenes dimanadas de la Corte; si impuso gabelas sin permiso del rey y si recibió donativos; providencia en las mitas, sin atender intereses particulares; protección e ins- trucción del indio y justicia en la distribución laboral de mi- nas y de chacras; dos preguntas especiales sobre tráfico mercantil del Virrey o de sus subalternos, contra la voluntad en el servicio de Dios, y del soberano y en la observan- cia del Real Patronato, sin dejarse suplantar por los ecle- siásticos en materia de jurisdicción; sobre el ejercicio de la justicia, sin dádivas, cohechos, violencias ni aceptación de personas; vigilancia en los cobros y fomento de la real hacienda; policía y moralidad pública; limosna de Santa Cruzada. Consta el proceso de más de 4.500 folios en ocho inti- tulados «quadernos», que oscilan entre 400 y 1.130 folios. En ellos se contiene el testimonio de más de 500 decla- rantes; los estadillos o extractos de cuenta de gastos he- chos por orden de Guirior; los nombramientos de corregido- res; varias reales cédulas, el protocolo y escatolo del jui- cio de residencia y dos piezas adicionales de otros tantos querellantes, que Márquez de la Plata no juzgó dignas de atención. De este proceso hemos ido espigando lo que dejamos ya desgranado en la biografía peruana de Guirior. Por omi- sión involuntaria dejamos de consignar su meritoria labor en la explotación minera de Guarochiri, Cajatambo, Huama- a PE

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