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procedentes de España también llegan a emparentarse con los de la tierra; y «sin embargo se les dispensa a todos de esta prohibición». Recomienda Castelfuerte a su sucesor, D. Antonio José de Mendoza, marqués de Villagarcía, multiplicar los empeños para que se cumpla la ley 70, tit. 2, lib. 3, por la que se restituyó a los virreyes la facultad de proveer oficios, como el de corregidor, dejada en suspenso. Cuando los nombraban los virreyes para solos dos años, apenas gastaban en equiparse y se contentaban con lo suficiente para la subsistencia. Por lo que los Indlos se sentían mejor tratados. En cambio los corregidores que vienen provistos desde España, pasan de «mercaderes a corregidores, aunque no varía su codicia». Han de resarcirse de los muchos dispendios hechos en la obtención del cargo, en el pasaje y en los anticipos de géneros y efectos que con ese fin se procuran, para venderlos a plazos entre los naturales (el llamado repartimiento), en que no suele respetarse la tarifa señalada; «de que procede la mayor opre- sión de aquellos miserables naturales; y de ésta, las frecuentes inquietudes de las provincias» (Relación). Tumultos hubo en Azángaro, Carabaya, Cochabamba, que culminaron en el asesinato del corregidor. Uno de éstos, Juan Bautista Fandiño, murió a manos de los rebeldes dentro de la misma iglesia de Cotabambas por su imprudencia en reclamar los rezagos durante unas fiestas tribales. El juez ordinario, oidor don Juan de Mendoza y Contreras, delegado por Armendáriz, mandó ahorcar a diez de los culpables y condenó a otros 16 a las minas de Huancavelica. En Oropesa de Cochabamba «trono y zahurda de los mesti- zos», estalló la sedición (nov. 1730) no por otro motivo que el de la revisita o empadronamiento, que había encomendado el vi- rrey a don Manuel Venero Bermejo, hombre de pro, bien cabal. Opinaban los mestizos que empadronarlos significaba incluirlos en la casta de indios. Jefe de los sediciosos, el mestizo platero Alejo de Calatayud. De los 40 españoles americanos (criollos) que con su alcalde, don Juan Matías de Gardoqui y Meceta, hicieron frente a unos 2.000 sublevados (entre indios y mesti- zos), 18 fueron muertos y despedazados. Armendáriz delegó toda su autoridad, por imperativo geográfico, en la audiencia de Chuquisaca. Uno de los alcaldes nombrado por los rebeldes, Francisco Rodríguez Carrasco, tomó la delantera a los magis- trados, y acabó con el tumulto. Arrestó al platero Calatayud, le hizo juicio sumarísimo, le dio garrote; y sobre el cerro, teatro de la sedición, lo hizo descuartizar; colgó el brazo derecho con el bastón de mando de una horca, envió la cabeza a la real audiencia de Charcas y repartió los cuartos por los caminos. Castelfuerte le nombró alcalde a voluntad del rey. Tanto halagó el nombramiento al mestizo Rodríguez que renunció a los 4.000 pesos que le asignaba Armendáriz para continuar el castigo de los rebeldes. Opina el historiador R. Vargas Ugarte, creo que sin fundamento, que se procedió con alguna irregularidad admi- nistrativa en el castigo del cabecilla. MITAYOS No se limitó la solicitud de Armendáriz en defensa de los naturales a vigilar y frenar las demasías de ciertos corregidores. Problema que siempre le tuvo alerta fue el de los indios mitayos. «Es la población —escribe en su Memoria— el origen de las Repúblicas y el Alma de los Reynos; es lo que produce la

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