BCCCAP00000000000000000001732

7) Que se urja a los dueños de haciendas para que sus subordinados aprendan la doctrina (2). 8) Que no se omita hablar al pueblo de los sacramen- tales. 9) Que se expliquen las ceremonias de la Iglesia, impo- sición de la ceniza, etc. 10) Que los curas sean fieles en aplicar la misa Pro- pópulo, en los días indicados. 11) Que todos los domingos se bendiga agua para uso del pueblo. 12) Que en los domingos se anuncien las fiestas de pre- cepto de la semana. 13) Que se entable el uso de las procesiones en los días festivos antes de la misa. : 14) Que cada año, por el mes de julio, se envíe al obispo el padrón de la feligresía. 15) Que se extirpe el abuso de bautizar en casas par- ticulares. 16) Que a los nueve días de nacidos, a más tardar, se les lleve a la iglesia a Bautizar. 17) Que se informe el cura, cuando administre el bau- tismo en privado, si se hizo correctamente. 18) Que en los casos de duda se proceda a rebautizar al infante. 19) Que haya en los pueblos dos o tres personas ins- truidas sobre el modo de aplicar el agua de socorro. 20) Que hecho el bautismo, se asiente la partida en el libro en la forma dispuesta, 21) Que se anote la casta del bautizado, y, si es indio, parcialidad a la que pertenece, 22) Que se instruya a los padrinos sobre el parentesco espiritual contraído y sus obligaciones. 23) Que no se cobre derecho alguno por bautizar, bajo pena de 20 pesos. 24) Que se disponga a los fieles para el cumplimiento pascual, y, si exhortados lo dejaren de hacer, se les comu- nicará públicamente en la misa mayor al tiempo del Ofertorio, y se les amenazará con la privación de sepultura eclesiástica y entredicho de la Iglesia, y si fuere necesario, con la ex- comunión, Esta amonestación por tres veces. 25) Que se instruya bien a los niños en la doctrina cris- tiana. 26) Que a los niños enfermos se les atienda con cuida- do, cuando enfermaren de gravedad, 27) Que al llegar a la edad de la discreción, se vea si saben discernir el pan común del eucarístico, y a éstos se les administre la comunión. 28) Que se vigile si los padres tienen el debido cuidado de sus hijos y evitan que duerman en un mismo lecho los niños y niñas a partir de los cuatro años. Hay otras ordenaciones relativas a los curas para que lleven el hábito clerical, residan en sus parroquias, se dedi- quen más al estudio y asistan a la resolución de casos y conferencias de moral. La parte cultural. Enviada a sus párrocos abraza 18 pre- guntas, redactadas el 2 de abril de 1782, antes de emprender la visita, con vistas a su Historia de Trujillo, 1) «Cual sea el carácter y genio de los naturales de esa Doctrina, y si sepan y hablen la lengua Castellana: si son, (2) Según las Leyes de Indias, los dueños de haciendas debían en- ns Catecismo por sí o por un catequista que recibía sueldo de emp ; e Y]

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz