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298 JESÚS-LUCAS RODRÍGUEZ GARCÍA bienes de la Iglesia a las clases económicamente fuertes. Es decir, que fue una especie de reforma agraria, pero al revés. pues vino a hacer más mísera la situación del campesinado meridional, cuando, en cambio, una nueva oligarquía - la de los «nuevos ricos». con su castillo roquero en los registros de la propiedad -, llamada a defender por muchas décadas el poder político d E - g? e spana» -. La exclaustración fue un hecho tenible para casi todas las órdenes religiosas de varones en España. Suele fijarse la fecha de la gran exclaustra– ción el año 1835; sin embargo, parece más acertado el fijarla en 1836. En el verano de 1834 tuvieron lugar trágicos sucesos cuyo blanco fueron los religiosos y sus conventos. El anticlericalismo, por desgracia tan propio de España, tuvo una de sus épocas negras a partir de las conocidas «matanzas de frailes». El mes de julio de 1834 es de triste recuerdo para la Iglesia española y de modo especial para las órdenes religiosas. La noticia de que el infante don Carlos estaba en Navarra (acusando a los religiosos de fomentar su causa), las víctimas que el cólera morbo comenzó a causar, fueron tomadas como pretexto para que extremistas llevaran a cabo los planes que tenían tramados. Corrieron la voz los días 15 y 16 de julio de que los estragos causados por la peste se debían al envenenamiento de las aguas de Madrid efectuado por los frailes. Una abigarrada muchedumbre, sin control alguno y capitaneados por los jefes del movimiento revolucionario, se lanzó a la calle el día 17. Asaltó primero el Colegio Imperial de los jesuitas y Juego los conventos de Santo Tomás, de San Francisco el Grande y de La Merced, dándose bárbara muerte a un total de 100 religiosos. Esta tempestad antirreligiosa se expansionará más adelante hacia Barcelona, Zaragoza, Murcia, Valencia 83 . La exclaustración se efectuó de forma escalonada. Primero vino un decreto (25 de julio de 1835), por el que quedaban suprimidos los conventos de menos de doce religiosos fijos. Al margen de este decreto, las autoridades locales o provinciales se incautaron, por su cuenta, otros conventos que no se comprendían en tal decreto. 82 Vicente Cárcel Ortí, «El libernlim10 e11 el poder ( 1833-1868 )» en llistoria de la lg/eJia en Espaiia. La Iglesia e11 la Espaiia co11Iemporlí11ea , Vol V, Madrid 1979, 139, citando a A. Ubierto - J. Reglá - J. M. Jovcr - C. Seco. /111rod11cció11 a la Historia de E.~paria, Barcelona 1970, 556. 83 Cf. Buenaventura de Carrocera, La provi11cia de fraile., menores c{lp11chi110s de Ca11illa, Vol. 11, Madrid 1973, 364-365: citando a Vicente de la Fuente, llwona eclesiártica de Espa,ia, Vol. VI, Madrid 1985, 2!4 ss.

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