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INTRODUCCIÓN ----~-------- ponga a cubierto de la conjura, maledicencia y rabia de los libertinos tu honor, tu persona y lo _que es sobre todo: el ministerio y sus frutos» (DP 632). Cuando fray Diego tiene noticia de la usurpación de su nombre, protesta con energía. He aquí lo que escribe al padre Eusebio de Sevilla, en 1783, tal vez con motivo del librito de padre Pinamonti, S. J. (véanse las ano– tados al número 207), aparecido como recomendado por fray Diego sin éo– nocerlo éste : «A la propuesta del padre Procurador quisiera responder a gusto suyo; pero ¿cómo he de condescender con una mentira? Esos libri– tos, es evidente que jamás los ·he -recomendado, y los que lean ese letrero no pueden pensar otra cosa. Esto puede ocasionarme algún daño, si acaso esos libritos tienen alguna expresión por donde puedan hacérmelo. Me acuerdo de lo 'que Vuestra Caridad sobre esto me tiene aconsejado·, y veo es asunto de mucho peso. Si se quiere decir que lo recomendado por mí es la confe– sión y la oración, es, cosa despreciable, pues mi autoridad es ninguna, com~ parada con la de los Santos Padres y la de Jesucristo, que enseña y manda esas cosas. Si se quiere recomendar la oración y la confesión, dígase, donde ha de ponerse mi nombre, que Jesucristo la encarga, etc. En fuerza de esto, puede Vuestra Caridad decir al Padre que en ninguna manera lo permito, y que suplico se borre .mi nombre de esos 'libros en que se haya puesto, porque, si dan en eso, será preciso recurrir a quien ponga el remedio» (CES 5-6). En el número 132 copiamos un largo párrafo de una carta del Beato al padre Eusebio, de 1790, en la que protesta de haberse anunciado' en la Gaceta un Trisagio Seráfico a nombre suyo, cuando precisamente se trata ~ice él- de una «obra supuesta y falsamente atribuída a mÍn (CES 134). El santo misionero - continúa_: «Después he visto algún otro devocionario impreso con mi nombre, como autor de ellos, y esto· ha acrecentado mi _desazón y cuidado, por las cosas que Vuestra Caridad no ignora. Deseo poner remedio a este mal y pido a Vuestra Caridad consejo para el modo de ata• jarlo, antes de que me vea en algún público sonrojo, con perjuicio de mi mi– nisterio; y espero que, favoreciendome con su dictamen, me diga lo que debo hacer en el particularn (CES 134). Y unas semanas· después añade: «También lo quedo [enterado] en su dictamen sobre los impresos que salen a mi nombre; pero, como no he visto ninguno ni sé dónde están impresos, no puedo escribir al impresor. El modo de pensar de Vuestra Caridad me acomoda mucho, y siquiera · lo extendiese a aconsejarme lo que debo hacer con una infinidad de es– tampas o malos retrato,s míos, con romances, coplas, y algunas expresando milagros apócrifos y ·falsísimos, que venden los ciegos aquí y en todas partes libremente; pues deseo con eficacia el remedio de . este mal» (CES 136)•. XXXVI

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