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262 SATURNINO ARA elegida para servir mejor a Cristo, son otros tantos coeficientes precio– sos en este camino· cotidiano.» b) 1. Composición del Capítulo provincial Puede ser distinta, cuando es capítulo de elecciones y cuando es sólo de renovación, aunque no existe nada legislado sobre el particular. Creemos encontrar la razón qe justifica esta composición diversa en la consatw:ión universal de que el capítulo de elecciones es siempre más delicado y expuesto a tensiones. A nuestro juicio, esta constatación y su secuela de una duplicidad de composición es algo que pudiera minar la misma naturaleza del capítulo sea electivo, de renovación, informativo, deliberativo, etc. Hemos podido constatar que respecto a la participación en los capítu– los generales existe un criterio uniforme: los vocales de derecho y los de elección son siempre la misma clase de capitulares. Participan por derecho los que desempeñan un cargo que comporta esta asistencia. Los delegados son nombrados según sistemas y criterios de designación uni– forme tanto para el capítulo electivo como el de renovación. Es muy importante que esté bien determinado en el derecho particular cuanto se refiere a los vocales de derecho y a los designados por elección. Pero no es menos importante que esas normas respondan a una misma concepción teórica en el caso de designación de vocales de derecho que en la elección de delegados para el capítulo general y para el pro– vincial. Hemos escrito en esta misma revista sobre la necesidad de que el capítulo, como asamblea empeñada en un esfuerzo de renovación in– terior y adaptación de la propia legislación, se fundamente en la parti– cipación de los expertos y se sirva de su teoría. Por esta razón se ha visto con buenos ojos la designación de vocales para el capítulo en razón de su especialidad, supuesta la igualdad de condiciones respecto a otras cualidades exigidas para los vocales de un capítulo. Pero nunca se ha– bía escrito o caído en la inconsecuencia de eleminar del esfuerzo reno– vador que supone todo capítulo a los superiores sean mayores o me– nores, ya que al superior se le considera siempre el pi;imer corresponsable de la vida espiritual y apostolado de los Hermanos y de la marcha general del Instituto. Sobre el número de participantes en capítulo, o vocales de derecho y de elección, se pueden tener diversos criterios. Sobre el modo de nom– bramiento de los delegados pueden darse diversos sistemas. No sería acertado el que cada provincia tuviera el propio sistema. Creemos que una sana doctrina jurídica, basada en una experiencia bien dirigida, debería siempre terminar con el mejor sistema. Y respecto a la norma contenida en la constitución 111 que limita la asistencia a capítulo ex– traordinario se podrían hacer ciertas reservas. b) 2. Voz activa y pasiva No nos detenemos en este escrito en el análisis de las disposiciones

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