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EL RECURSO A LA MESA DEL SEÑOR 31 §2. Sobre la cuestación de limosnas, la Conferencia Episcopal puede dictar normas, que han de observar todos, incluso aquellos que, por institución, se llaman y son mendicantes.» Nuestras constituciones, para recordar la misión tradicional de los herma– nos mendicantes, añade: «En modo tal, sin embargo, mientras piden a los hombres la limosna, den a ellos testimonio de pobreza, de fraternidad y de alegría franciscana» (64, 4). 3.6.3. Para una recta actualización del recurso de la «mesa del Señor» 1) Queda firme el principio franciscano que el trabajo de6'o ser el medio primario para procurarse lo necesario para la vida y para la acción; la mendicación, bajo cualquier forma, solamente nos está permitida cuando el fruto del trabajo no es suficiente. 2) Como verdaderos hermanos menores debemos prestar muchos servi– cios ministeriales y muchos otros a título gratuito; por lo tanto normalmente el fruto del trabajo no bastará. 3) Sería bueno excluir toda forma de mendicidad que sea antisocial o ejercitada en modo poco leal. En muchos países el mendigar «de puerta en puerta» hoy es, cuando menos, anacrónico. 4) Por otra parte la sociedad moderna es más abierta que nunca a enten– der el beneficio que reciben las personas o instituciones que dedican sus vidas a la actividad desinteresada en beneficio de los otros, especialmente de los más necesitados, menores, marginados, drogadictos, etc., y, bajo el aspecto apostó– lico, los sacerdotes que prestan generosamente ministerios no directamente remunerables, como el del confesionario. 5) Bajo el término franciscano de la «mesa del Señor» hoy se puede entender bien sea limosna espontáneamente ofrecida por nuestros bienhecho– res, o de aquellos que reciben el beneficio de nuestro servicio, sea la limosna pedida cuando tenemos necesidad. Pero en este caso debemos exponer con verdad y lealtad cuáles son las necesidades, la finalidad de nuestros proyectos, presupuestar también nuestra capacidad económica, para no dar la impresión que pedimos por sistema. 6) No es necesario decir que la letra de la Regla bulada y del Testamento sobre la prohibición de recibir dinero como limosna está fuera de discusión hoy en día; pero el espíritu, es decir, lo que para el hermano menor debe ser dinero, es hoy más actual que nunca, y se deben tener presentes, a este respecto, criterios expresos en nuestras Constituciones (CC nn. 64 y 65):

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