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Comentario inedito de Mateo de Coronata 259 de conciencia, venir a parar en que después de todo toda ley es de conciencia? Muy bien se expresa Suárez al hacer esa advertencia; pero esa doctrina no servirá para resolver casos de derecho sin[o] de ascética y perfección. 13. Me parece que la cuestión de poder usar coche, ferrocarril, automovil etc. es otra muy distinta de la de los cuatro famosos pre– ceptos. No es preciso tocarla; está ella enteramente resuelta. [f. 8] 14. Si los Frailes pu[e]den usar en conciencia del rescripto de Clemente VIII. Desde luego pueden usar de él aquellos para quienes se dió, esto es, los hoy denominados Menores. Cuanto a los Capuchi– nos, si el rescripto es una mera declaración de la Regla, no hay duda de que podemos usar de él. Si no es una mera declaración, sino que lleva en sí algo de dispensación o relajación, es claro como la luz del día, que no podemos usar de él, mientras no se pida y obtenga su extensión a nosotros. El P. Coronata parece admirarse de que los expositores de la Regla no hayan hablado nunca de ese rescripto de Clemente VIII - y han corrido afios desde 1603 -. El lo atri– buye a desconocimiento de su existencia. No es creible que así sea, porque en la Orden ha habido siempre individuos muy estudiosos, muy rebuscadores de documentos, ratones de biblioteca... Tal vez ese silencio de los expositores, especialmente de nuestra Orden Capuchina, haya obedecido, no a desconocimiento del rescripto, sino al temor del estrago, que podía causar en muchos Religiosos su conocimiento. Si su valor para nosotros fuera cierto e indubitable, no importaría su propagación, porque la verdad no hace nunca mal, veritas liberabit vos. Pero no siendo su valor para nosotros absolutamente cierto, no se ve causa bastante en su propagación para los estragos, que puede pro– ducir, y que ha producido ya desgraciadamente, aunque no se haya publicado en letras de imprenta sino en escritos de mano y ma– quinilla. 15. La cuestión, teórica, de por qué obligan sub gravi los 24 pre– ceptos de nuestra Santa Regla, no es facil de resolver. No consta, que sepamos, haber declarado nunca taxativamente N. P. S. Francisco que su Regla, aparte de los votos, obligaba a pecado mortal. El que en la Regla se diga mando firmemente ..., estén obligados los Frailes... y otras frases por el estilo, no resuelve la cuestión; pues todas las reglas de Ordenes Religiosas contienen poco más o menos las mis– mas o pare- [f. 9] cidas frases, y sin embargo es cosa cierta que no

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