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Comentario inedito de Mateo de Coronata 257 membrorum... (Math. V. 29); Obedire oportet Deo, magis quam homi– nibus (Act. V. 29). La partícula tanquam es, sí, algunas veces tér– mino de comparación: tanquam purgamentum facti sumus... Pero otras veces es una abierta y terminante afirmación. El valor y signi– ficado de la partícula tanquam se desprende claramente del contenido de la frase. Tan claro resulta ser una comparación en tanquam pur– gamentum huius mundi facti sumus, como que es una afirmación en estas otras: ... tanquam Deo exhortante per nos (2 Cor. V. 20). Y tal vez aun más claro en estas otras: Haec omnia sunt a Fratribus tanquam obligatoria servanda. Todas estas cosas han de ser guar– dadas por los Frailes como obligatorias; y si obligatorias, obligatorias sub gravi, porque están puestas entre los preceptos que obligan sub gravi. Además no depende todo de la palabra expedit, como se ase– gura en el escrito de que se trata. La obligación nace de aquellas otras palabras tan graves y terminantes ... ad ea sicut ad aequipollentia praecepta se noverint obligatos. - Expeclit christianis divitibus quod ad eroganclam eleemosynam se noverint obligatos. ¿ Qué fuerza quita aquí al precepto la palabra expedit? 10. Francamente, no comprendo bien lo que quiere decirse al decirse que la no observancia de esos cuatro preceptos no es contra la Regla. A mi parecer, el modo de expresarse N. P. S. Francisco al dictarlos, no significa que no obliguen como los demás, sino una cierta facilidad que han de tener los Superiores para dispensarlos, como vemos realmente lo hacen, bastando para ello una causa me– diocriter gravis. Para mí, pues, Clemente VIII derogó lo declarado por Clemente V, y dispen- [f. 6] só en la Regla cuanto a esos cuatro preceptos; y esa dispensa es para los PP. Observante[s] - Menores-, no para nosotros, pues la Orden Capuchina tiene declarado solemne– mente que no admite dispensas para sí; aunque ciertamente, sí, decla– raciones, como se comprende. 11. Que las reglas de las Ordenes Religiosas no obliguen a pe– cado, y especialmente a pecado mortal sino en los votos religiosos, no se ha puesto nunca en duda; pero también es claro que la Orden Franciscana se ha regido por otro Derecho singular, llámese consue– tudinario o como se quiera, reconocido por la Iglesia, según el cual se han mirado siempre 24 preceptos obligatorios bajo pecado mortal. El P. Coronata ya advierte que todos los expositores, responsables, de la Santa Regla, si se exceptúa el P. Cipriano Crousers (1625) - y aun éste se expresa de modo dubitativo - han admitido y dado Laurentianum - An. XIX 17

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