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-241- Se le contestó que, a pesar de su apariencia democrática, pudiera ocurrir no ser un método rigurosamente científico. Porque puede pasar, y hasta casi es normal, que muchas provincias - sobre todo muchos provinciales - no estén abiertos a los nuevos tiempos sino marcados por las formas tradicionales; en cambio a los miembros de la Comisión se les supone profundamente compenetrados con el espíritu (texto y contexto) del Concilio y al tanto de los signos e interrogantes de las "cambiantes condiciones" de los tiempos y atentos a ellos. Lo científieo hubiera sido, entonces, que la Comisión hubiese tomado una actitud equilibrada entre las "respuestas" y su propio criterio, supuestamente bien formado. 5) En cuanto a la orde111ación de la materia, la Asamblea de Quito señaló múltiples reparos. La explicación es simple. El Esquema sigue paso a paso el ordenamiento de la Regla porque a la Comisión se le dijo que las Constituciones deben ser un comentario espiritual de la Regla. Bien sabemos que Francisco lleva en la Regla una lógica no temá– tica sino vital (cfr. K. Ess.er, "La regla definitiva de los Hermanos Me– nores a la luz de las recientes investigaciones"). Francisco "acompaña con su mente" al hermano menor desde que es candidato, y después a lo largo de las alternativas de la vida. Por eso en la Regla no encontra– mos una secuencia lógica de temas bien trabados. Pero este cierto de– sordenamiento, en la Regla, queda subsanado por una línea vital que la atraviesa de parte a parte; cosa que no ocurre en el Esquema porque, debido a su longitud, nos choca la mezcla confusa de temas en que dis– tintos elementos andan dispersos por aquí y por allí. Podríamos citar numerosos ejemplos en este sentido. La Asamblea, para subsanar esta deficiencia, aprobó las proposi– ciones 1, 2 y 3, que podrán leer en sus conclusiones. 6) En general, en el estilo, hay momentos de verdaderos aciertos, aunque en otros momentos se echa de menos la presencia del Concilio con su fuerza teológica y pastoral. La Asamblea acusó la excesiva cai'ga jurídica. Efectivamente, el Esquema se enreda muchas veces en una montonera de sutilezas y ju– ridismos, restando vigor y concisión, sobre todo en los capítulos cuarto y sexto, precisamente cuando se necesitaba "hincar el diente" en la pobre– za, ''nuestra herencia'', "munus" o razón de ser de la Orden. Da pena leer ese montón de artículos llenos de ''letra" y palabras, con ausencia to– tal de fuerza evangélica. Así mismo ocurre cuando se habla del régimen de la Orden" (ca– pítulo VII) o cuando se trata de la "obediencia" (capítulo X), elementos vivos y vivificantes de la Fraternidad, que aquí aparecen "secos" y es– tériles. El esquema está redactado en un estilo pietista que, ciertamente, recuerda el estilo de la Primera Regla de 1221. Para explicarnos este es– tilo "devoto" del Esquema tendríamos que remontarnos hasta las Consti– tuciones de Albacina de 1529. Hubo asambleístas a quienes agradó este estilo. Otros deseaban un estilo conciso, con vigor teológico. (cfr. proposición n9. 4). Hay repeticiones innecesarias. En general se hubiese deseado un documento más breve.

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