BCCCAP00000000000000000001632

DOCUMENTACIÓN DEL ARCHIVO GENERAL SOBRE LA REFORMA 427 reforma en el seno de la Observancia; en cada provincia se debían asignar cuatro o cinco conventos para los reformados, que aspiraban a la observancia pura y plena de la Regla según su letra y las declaraciones de Nicolás III y Clemente V. La ejecución de esta bula, que por su contenido eliminaba cualquier motivo para pasar a la reforma capuchina y casi privaba a ésta de la razón para seguir existiendo, fue seguidamente suspendida hasta el próximo capítulo general de 1535. Esta demora disgustó a los observantes partidarios de la reforma 60 , originándose una desbandada general hacia los capuchinos. Entre los fugados en 1533 o principio de 1534, destacan figuras tan prestigiosas como Juan de Fano - el antiguo enemigo acérrimo de la reforma capuchina -, Bemardino de Astí, Francisco de Iesi, Bernardino Ochino de Siena y Bernardino de Colpetrazzo. Para frenar estas fugas el procurador general de la Observancia y confesor de Clemente VII, Honorio Caiani, logró de su penitente el breve Pastoralis offici cura del 15 de abril de 1534 (BA 220, n. 249a: copia moderna), el más duro y perentorio de todos los documentos pontificios. En él se echaba en cara a los capuchinos la pretensión de querer observar la Regla de S. Francisco « ad unguem », según su sentido literal y no según las declaraciones pontificias; se afirmaba además que los capuchinos « vitam admodum austeram et rigidam ac fere non humanam ducunt », lo cual creaba en la mayoría de los observantes angustia de conciencia, perturbación y grave escándalo, como si ellos no cumplieran debidamente con la Regla. Se ordenaba, por tanto, a los observantes pasados a los capuchinos, en virtud de santa obediencia y bajo pena de excomunión « latae sententiae », regresar a los conventos de la Observancia dentro de 15 días a partir de la notificación de hacerse a cada uno de ellos. Era la supresión virtual, si no expresa, de la reforma capuchina, com– puesta en su inmensa mayoría de los venidos de la Observancia. Ante la juiciosa observación del auditor (futuro cardenal) Jerónimo Ghinucci, al dorso de la primera minuta del breve, que no era decente obligar a un religioso a una vida más relajada y que por tanto no debía el Santo Padre ordenar directamente tal medida, en una segunda redacción (la definitiva) el breve fue dirigido al cardenal protector de la Orden franciscana Andrés della Valle 61. Fue en virtud de este breve que los capuchinos de Roma se dispusieron a salir de la ciudad en solemne procesión el 25 de abril, día de las rogativas de S. Marcos. Más que procesión de obediencia, hoy la llamaría- 1579, sin duda a petición de Mario de Mercato Saraceno; del trasunto de Roma-Ancona se hizo un tercero en Roma el 31 de agosto de 1608, solicitado por el P. Miguel de Valladolid, custodio de la provincia de Cataluña, y es el publicado en Boverio, Annales Cap. I, 988-993. 60 Véase por ejemplo, la carta de fray Juan de Fano del 17 de diciembre de 1533 al procurador general de la Observancia Honorio Caiani, en J. Meseguer Femández, Una carta del P. Juan de Fano y los cronistas Bernardino de S. Maria Nova y Tomás de Montefortino, en Col!. Franc. 29 (1959) 101s. ,1 El texto de ambas redacciones, según los originales vaticanos, en De primordiis, 116s; el texto del breve definitivo ha sido reproducido en Wadding, Annales Min. XVI, Addenda, 794-796.

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz