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EMANCIPACION DE PASAJES DE SAN JUAN 287 pecho que ahí nos hallamos ante un texto igual o muy similar al de la portada del impreso al compararlo con las referencias de las licencias de Pamplona que enseguida aparecerán. lMPRESION Aguilar Piñal termina su nota con un dato contundente: «No se concede licencia de impresión». Dato que, sumado al de su real impresión inmediata, incita a hacer cábalas. La villa de Pasajes Y el predicador, al topar con la negativa central, habrían acudido a Pamplona. Se observará luego que la licencia y facultad del Obis– pado de Pamplona se concede a su diocesana, la villa del Pasaje de la banda de Fuenterrabía; las del Real y Supremo Consejo del Reino de Navarra, al P. Fr. Esteban de Tafalla. Avanzando en el terreno de la hipótesis podríamos suponer que la lectura de la oración panegírica impresa sembró resquemo– res entre los litigantes de San Sebastián y Fuenterrabía. A la con– trariedad por el fallo regio podía agregarse el tono de algunos pasajes del sermón. A los de la villa liberada les halagarían· las reiteradas alusiones a la libertad conquistada, mientras los perdi– dosos salían malparados como matenedores hasta entonces de un estado de opresión y esclavitud. Los de Pasajes representaban el papel del pueblo elegido acaudillado por Moisés camino de la libertad; a los de San Sebastián y Fuenterrabía les tocaba hacer de faraones o egipcios tiranizadores y aún anegad.os en las aguas del mar Rojo. Desconozco los motivos de la negativa madrileña, pero, visto desde aquí, parece que el planteamiento del predicador podía rec– tificarse: San Juan Bautista, patrono de la villa liberada, osten– taba un patrocinio tan exclusivista que todos los demás quedaban postergrdos. Surge el recuerdo de Santiago matamoros. Ni lo uno gra,cias que rinde a, Dios la M. N. y Leal Villa de el Passage, en su iglesia parroquial de San Juan Bautista... por haver conseguido del Rey N. S. por In– tercesión de su Patrono S. Juan, en juicio co11tradictorio, jurisdicción ordi– naria en Vara propia 1 de Justicia•. Díxo!a el P. Fray Esteban de Tafalla:, reli– gioso capuchino... (1770)», 16 fols., 19 cm. Madrid, Archivo Histórico Naciana,1, Consejos, leg. 50.664. Considero impertinente,, por ahora, la compulso de los monuscrito,s de Pamplona, y Madrid con el impreso que, en definitiva,, fue· lo que se leyó como fie,I reproducción de la oración panegírico•.

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