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86 ANSELMO DE LEGARDA a interés, para retraer de ello a todos los demás (f. 1532). Y a conti– nuación se desata en una lluvia de improperios contra los usureros: son unos canallas, en el rostro aparece su maldad, son unos bribones, son unas castas de gentuallas, « unos hipocritones a quienes de ordinario se les encontrará o desde misa primera o desde las Cuarenta Horas ir a cobrar las usuras y los anatacismos », misántropos, « no tienen casi otro deleite que el que les produce la presencia de las graves necesidades ajenas, el vil inhumano deleite de ver que no llueve cuando la tierra lo exige, que una tronada destroza las mieses y que suceden otras semejantes calamidades para que haya quienes vayan a su infernal oficina usuraria... » (f. 1533). La gente de bien teme hacer préstamos a interés, legítimos, para que no los tilden de usureros. Intercala ahora (f. 1535) una cuestión omitida distraídamente en el encabezamiento del artículo: « Sigue la otra pregunta, a saber, la de quién podrá sacar de dicho descrédito a los expresados préstamos a interés hechos legítimamente. A la cual respondo que las legítimas potestades, la Silla apostólica y nuestro Monarca, cada una en lo de su inspección y jurisdicción, unidas ambas del modo dichoso que vemos respecto a todas las cosas reinar entre el Sacerdocio y el Imperio en los países católicos » ... La Silla apostólica adelantó ya muchísimo con la referida encíclica de Benedicto XIV. La autoridad regia podría refrendar e imponer esa doctrina y el Papa pormenorizar los títulos y circunstancias que legitiman los intereses en los préstamos. « Acerca de la última pregunta de las cuatro, cómo es que los prés– tamos a interés hechos legítimamente, siendo hechos legítimamente, estén en descrédito, no hay necesidad de añadir cosa alguna a lo dicho en satisfacción de la pregunta primera» (f. 1536). Por la doctrina de los filósofos y aun de las Escrituras vemos que muchas cosas merecedoras de crédito han estado desacreditadas. Y ejemplifica preguntando allí mismo: « ¿ Quién ignora que el comercio y el ejercicio de sus especula– ciones y operaciones prácticas, nada menos que por muchos siglos, ha sido mirado como cosa de menos valer, ha estado en grande abatimiento y descrédito y la opinión vulgar lo ha mirado como propio solamente de judíos y de gente baja, considerándolo efectivamente incompatible con la nobleza? ». En el folio 1538 comienza el « Artículo IV. Se responde a las obje– ciones hechas por los señores censores o, más bien, se manifiesta que son fuera de propósito las autoridades, doctrinas y consideraciones que se traen, inaplicables enteramente contra mi doctrina ». Suponen los cen– sores « que defiendo nada menos que la tercera clase de las usuras que explicaba Carlos Molineo, es a saber, las usuras moderadas llevaderas no a los mendigos ni a otros necesitados, sino a los ricos y mercaderes que con el dinero prestado quieren aumentar sus caudales ». El autor de los cuadernos no conoce a Molineo ni ha visto obra alguna suya directa– mente. Los censores dormitan o no han querido reconocer los fueros de la verdad y de la razón: los emplaza ante el tribunal de Dios (f. 1545). Y vuelve a la doctrina de Benedicto XIV en la referida encíclica, Vix pervenit (f. 1548).

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