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78 ANSELMO DE LEGARDA o mala tan sólo respectivamente y en concreto, según sean las circunstan– cias; reprobada algunas veces, sí, en ciertas personas y en ciertos pueblos, pero elogiada y recomendada otras veces, tratándose de otras circunstan– cias en que la suntuosidad extraordinaria sostenida con caudal propio es ciertamente una virtud de las que piden una alma grande e ilustrada » (f. 1055). Pertrechado de varios comentaristas, emprende la búsqueda del sentido auténtico, del sentido propio de los lugares de la Escritura aducidos por los censores (f. 1060), previa exposición de los diversos sentidos y su uso en homilías y sermones. En el folio 1065 comienza el artículo XI. « Se continúa el propósito del artículo inmediato contrayéndose a la objeción que hacen los censores con el capítulo tercero de Isaías ». Echa mano de las obras de Santo Tomás, edición de París de 1660 (f. 1069), y de Héctor Pinto. Con el folio 1073, pliego 340, pasamos al artículo XII. « Prosigue el mismo intento del artículo X concretándose al capítulo VI del profeta Amós citado por los censores ». El artículo XIII (f. 1083) es « continuación de lo mismo, concreta– mente al capítulo sexto de San Lucas y una digresión oportuna sobre no ser incompatible toda suntuosidad con la limosna ». Se apoya en Santo Tomás, Belarmino, Roselli, Rodrigo Arriaga, Muratori y otros. El artículo XIV (f. 1101) « igualmente continúa el propósito del artí– culo X, atendiendo determinadamente a la cita que los censores hacen del capítulo dieciséis del evangelio de San Lucas ». Cita a Cornelio a Lápide, a Cayetano, San Alberto Magno, Calmet, Fleuri, Lamy, San Gre– gario Magno, edición de los Padres de la Congregación de San Mauro, y a Santo Tomás. El artículo XV (f. 1125) versa sobre « lo mismo, concretándonos al capítulo tercero de la carta primera de San Pedro, que citan también los censores». Y se funda en la mismas autoridades para su defensa. En el artículo XVI (f. 1129) prosigue lo mismo « concretándonos a la otra cita que hacen con el capítulo segundo de la carta primera de San Pablo a Timotéo ». Se arrima a Duhamel, sin olvidar a los otros. En el folio 1133 llegamos al artículo XVII, donde hallamos « también lo mismo, contrayéndonos a las autoridades que indican de San Clemente Alejandrino, de San Gregario Nacianceno, de San Juan Crisóstomo y de San Agustín ». Para el recto uso de los Santos Padres se ilustra el profesor con la doctrina de Melchor Cano, de Bernardo Lamy, de Francisco Xavier Mannhart, del P. Annato y de Gotti. En el folio 1139 reprueba « las citas vagas que me hacen los censores, pues no señalan las expresiones a que se refieren ni formalizan de modo alguno su pretendido argumento. ¿Así se arguye cuando se trata de calificar una doctrina? ¿De este modo tan vago? ¿Tan inconcretamente? ¿Tan a bulto y como si se hablase en disertación de pasatiempo? Formalicen el argumento los censores, oblígueseles a ello: pon– gan terminantemente por una de sus premisas la sentencia puntual de cada una de las autoridades, refiriendo o señalando las palabras de cada Santo Padre y haciéndose cargo del verdadero sentido de ellas. Hagan la otra pre– misa con lo que haya en mi cuaderno o que les parezca opuesto a la sentencia

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