BCCCAP00000000000000000001627

DELACIÓN AL SANTO OFICIO POR EL B. DIEGO J. DE CÁDIZ 69 hace « consideraciones sobre que, alegando las referidas palabras: a consuetudine Romanae Ecclesiae, etc., nos trae y alega como disposición o sentencia del canon lo que Graciano pone en la rúbrica del mismo » (f. 716). Brama, en el folio 719, contra maestros y censores que « no se detienen en condenar todo lo que se les antoja y no conforma con sus ideas infundadas e inversas, y se atreven a causar los perjuicios y escánda– los que vemos han sido siempre las consecuencias de los partos de igno– rancia y preocupación tales cual el de la delación y censura ». El otro texto, Bonum est viro, etc., tomado de los trenos o lamenta– ciones, considera Normante que no se roza con su proposición (f. 720), « como lo conocerá hasta el más lego... ». « Por tanto debe concluirse que los pretendidos fundamentos con que el delator quiere notar de impía mi proposición sobre la profesión religiosa, son unos meros encadenamien– tos de errores y malísimas aplicaciones. Fácil es de concluir también que, si el delator piensa seriamente como escribe en el particular y que, si lo es el P. Cádiz, corresponde que se le rebaje muchísimo del concepto de teólogo de suficiencia notoria, y que a ello, por lo que interesa a la Iglesia, contribuya V. S. I. con las providencias oportunas y convenientes al fin de que, con tales abusos de los sagrados textos, no continúe en dar como precisamente teológicas unas doctrinas falsas. Y que, si no piensa verdaderamente así, aunque afecta estar penetrado de tan equivocadas ideas acerca de la inteligencia y uso de los expresados textos de Escritura, para salir de un modo u otro del empeño de la delación, corresponde que se le trate como a impostor en materias sagradas y como calumniador atroz» (f. 722). Antes he sugerido la sospecha de que Normante, al elaborar su res– puesta, tenía a la vista papeles de la Junta especial nombrada por el Supremo Consejo de Castilla. Quien compulse estos últimos folios con los párrafos paralelos de la Junta, casi llegará a la certeza en cuanto a esa fuente de inspiración. Postración del reo A pesar de contar con tan poderosos valedores, Normante, en ese folio 722, pasa de pronto a un tono suplicante: « Vea V. S. I. con su jus– tificación y con sus miras de benignidad y amor hacia los infelices que tenemos la desgracia de que nos obscurezcan con delaciones infundadas la buena y apreciabilísima opinión de católicos. Vea V. S. I. la ligereza, ningún fundamento y conocida injusticia con que se ha venido a este Tribunal a delatar mi proposición sobre la edad de las profesiones de los. institutos regulares, haciéndose cargo también, con su acostumbrada pe– netración, del modo injusto y puede decirse que absurdo con que se han empeñado en sostener al delator los reverendos calificadores. No dudo que V. S. I. lo mirará y reflexionará todo con la mayor circunspección, dispensándome, en su caso, el favor posible en fuerza de su bondad y en virtud de lo que dejó dispuesto el santo Benedicto XIV en su constitu– ción tantas veces citada... ». Vuelve a hacer el recuento de autores, obras

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz