BCCCAP00000000000000000001623
380 GERMÁN ZAMORA Mientras el primero tiende al muestreo de nombres y datos, el de R. Man– selli es rico en ideas y sugerencias sobre su objeto. Partiendo de una alusión, casi obligada, a la obra de H. Thode 48 y, sin entrar en las discusiones por ella suscitadas y aún vivas, retiene su afirmación del impacto de Francisco y el franciscanismo sobre el arte cristiano occidental en sus mejores épocas. Uno de sus méritos fue el acercarla al pueblo, al que se sintió connaturalmente abocado en cualquiera de sus ramifica– ciones (conventuales, observantes, amadeítas, recoletos, capuchinos, terciarios, etc.). Todas concurrieron en la época de la Contrarreforma, mediante artes tan diversas como la pintura o la música, a probar, frente a los novatores, la autenticidad inmarchita de la tradición católica. El arte inspirado por el franciscanismo no fue ni de museo ni de minorías. Y en ella latió siempre un anhelo apostólico: « Allende las pinturas, esculturas, objetos litúrgicos, formas y manifestaciones devocionales, se debe entrever el alma eterna del franciscanismo genuino que cala en el corazón de la gente por medio de aquellos signos para mantenerla en su fe y vida cristiana» 49. Asunto bastante traído y llevado en los catálogos, y no exclusivo de una sola de las artes, es el de la normativa con que las afrontó el franciscanismo. ¿ Se reguló éste por algún directorio particular ? La respuesta es negativa. No obstante la importancia que para una orden difundida por todas partes podían tener unas directivas generales sobre el modo de construir y decorar las iglesias, conventos y demás edificios bajo su responsabilidad, la franciscana nunca se otorgó un cuerpo de leyes o se preocupó de codificar disposiciones eventuales dadas al respecto. Ello admira tanto cuanto la uniformidad constatable en sus construcciones. ¿ Bastarían para explicarla los condicionamientos espirituales del ser y obrar franciscanos ? Cualquiera sea la respuesta, las únicas ordenaciones emitidas en la materia se encaminaron a la salvaguardia de aquellos condicionamientos - por ejemplo, la pobreza y la utilidad para el pueblo-, y se repitieron periódicamente sin grandes variantes de contenido, al prin– cipio con mucha parsimonia, después con alguna frecuencia. De san Fran– cisco a la época de san Buenaventura apenas se conocen sino las exhortaciones de aquél y los estatutos de Narbona (1260). En su Testa– mento insiste el fundador en que los herederos de su espíritu se abstengan absolutamente de aceptar iglesias, vivienda y « cuanto para ellos se cons– truya», si desentona de la pobreza profesada. Eco del Testamento y a vista, probablemente, de contravenciones conocidas, el capítulo de Narbona estableció que, « por oponerse directamente a la pobreza lo precioso y lo superfluo, se evite enteramente la exquisitez en las pinturas, baldaquinos, ventanas, columnas, etc., y lo excesivo en las tres dimensiones, según la condidón del lugar. Y se castigue con severidad a los transgresores de Continuitii e ripresa del Francescanesimo nella controriforma, en Cat. VI, 17-19. El período se extiende, aproximadamente, de 1560 a 1620. 48 Henry Thode, Franz von Assisi und die Anfiinge der Kunst der Renaissance in ltalien, Berlín 1885. 49 R. Manselli, en Cat. VI, 19.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz